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Durante la vigencia del estado de alarma se suspende el plazo de caducidad de los asientos registrales

18 de marzo de 2020 El sector legal PLAZOS

Los trámites como recursos gubernativos, notificaciones de defectos, notificaciones del art 199 LH, etc., quedan suspendidos por tratarse de trámites administrativos. Lo mismo procede decir respecto de los trámites referidos al Registro Mercantil y de Bienes Muebles, si bien en el Decreto se ocupan de algunos de ellos referidos a la vida societaria. Los asientos registrales que se suspenden son aquellos que se pueden cancelar por el transcurso del tiempo. El cómputo de los plazos se reanudará cuando finalice el estado de alarma.  

El Gobierno decreta el estado de alarma por el coronavirus y confina a los españoles en sus casas

16 de marzo de 2020 Noticias ESTADO DE ALARMA

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, permite desplazarse únicamente a la compra, al médico, a la farmacia, al trabajo y al banco. Ordena el cierre de museos, monumentos, espectáculos públicos, actividades deportivas y buena parte de comercios, entre ellos bares y restaurantes. Suspende las clases, restringe el transporte y autoriza la intervención de empresas o servicios y la ocupación transitoria de industrias y fábricas, así como la movilización de las Fuerzas Armadas para asegurar el abastecimiento alimentario.

El Supremo califica de delito de falsedad en documento oficial la manipulación de los tacógrafos anticontroles

22 de enero de 2020 Jurisprudencia PENAL

El Alto Tribunal afirma que las mediciones de estos aparatos deben ser considerados documentos oficiales a efectos jurídico-penales. La Sala condena a seis meses de prisión a un camionero que colocó un imán en la parte metálica del sensor de movimiento del tacógrafo, que generaba registros de inactividad cuando en realidad estaba en funcionamiento.

El TS valida como prueba la grabación de las cámaras de vigilancia durante el atraco a una joyería

16 de enero de 2020 Jurisprudencia VIDEOVIGILANCIA

El tribunal considera que la existencia de cámaras de videovigilancia instaladas en el entorno seguro de comercios o establecimientos que den a la vía pública y capten imágenes de un hecho que es delito –como ocurrió en este caso- no suponen una vulneración del derecho a la intimidad y a la propia imagen, en contra de lo que alega el recurrente en su recurso.