Procedimiento

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La «Directiva retorno» se opone a una normativa nacional que impone una pena de prisión a un nacional de un tercer país en situación irregular en el curso del procedimiento de retorno

09 de diciembre de 2011 Jurisprudencia DIRECTIVA RETORNO

Dicha Directiva no se opone a que se impongan sanciones penales, con arreglo a las normas nacionales y respetando los derechos fundamentales, a nacionales de terceros países a los que se aplique dicho procedimiento y que se encuentren en situación irregular sin que exista un motivo justificado para el no retorno.

El TC tarda cuatro años en reconocer que un justiciable sufrió dilaciones indebidas en un proceso judicial

El Tribunal Constitucional ha tardado cuatro años en pronunciarse sobre el recurso de amparo presentado por un ciudadano extranjero que denunciaba dilaciones indebidas en el proceso judicial en el que estaba inmerso: había recurrido una orden de expulsión y la vista se había fijado para tres años después. Le da la razón, pero cuando la vista y el procedimiento han terminado.

Condenado por falso testimonio el testigo que afirmó conducir el coche causante de un accidente en lugar de la acusada

20 de junio de 2014 Jurisprudencia Falso testimonio

El acusado fue llamado como testigo a un juicio rápido que se celebraba por un delito contra la seguridad vial y en la misma manifestó ser él mismo el conductor del vehículo cuando en realidad quien conducía era la acusada en dicho procedimiento. Por estos hechos, se le condena por un delito de falso testimonio y se le impone la pena de seis meses de presión y el pago de tres meses de multa.

La sobrecarga de trabajo en los tribunales no excluye la aplicación de la atenuante de dilaciones excesivas en el procedimiento

El TS establece que la existencia de un volumen de trabajo en la administración de justicia alejado de lo que podrían considerarse los estándares deseables, no puede operar como elemento de exclusión de la atenuante prevista en el art. 21.6 del CP. . Entenderlo de otra manera conduciría a admitir que forman parte de la rutina de la instrucción penal interrupciones absolutamente inexplicables.

El TS modifica su doctrina legal sobre el plazo de notificación de una resolución administrativa ex art. 58.4 de la Ley 30/1992

A los efectos del artículo 58.4 de la Ley 30/1992, el intento de notificación queda culminado en la fecha en que se llevó a cabo. Por tanto, si dicho intento de notificación se lleva a cabo en una fecha comprendida dentro del plazo máximo de duración del procedimiento, quede debidamente acreditado y se haya practicado respetando las exigencias normativas a que esté sujeto, producirá el concreto efecto que dispone ese artículo 58.4 de la Ley 30/1992 , con independencia o aunque su acreditación acceda al expediente cuando ya venció ese plazo.

Anulada una disposición de la Seguridad Social que incluía el número de altas médicas concedidas como criterio para la paga de productividad

La AN considera inadmisible que el índice general de productividad quede determinado por las altas médicas y por la iniciación de oficio del procedimiento de valoración de la incapacidad permanente, pues el único criterio que debe regir la actuación del funcionario es el estado de salud del trabajador.

Caso 'Colegio de Médicos de Toledo vs. consejería de salud de la Junta' relativo a la objeción de conciencia ante la interrupción voluntaria de embarazo

El Colegio Oficial de Médicos de Toledo solicitaba la nulidad de la Orden de 21/06/2010 de la Consejería de Salud y Bienestar Social (establecía el procedimiento de objeción de conciencia a realizar la interrupción voluntaria del embarazo, concretamente en el artículo 3.1. se establecía que “Los profesionales sanitarios del Sescam directamente implicados en una intervención de interrupción voluntaria del embarazo que por razones de conciencia no puedan realizar dicha intervención deberán presentar una declaración de objeción de conciencia, para lo que utilizarán el modelo que figura como Anexo a la presente Orden.” (...)

Un ministerio puede denegar el acceso del público a informaciones medioambientales siempre y cuando éstas estén comprendidas en un procedimiento legislativo en el que participe ese ministerio

La Directiva 2003/4/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2003, relativa al acceso del público a la información medioambiental aplica el Convenio de Aarhus en el Derecho de la Unión. Pretende garantizar un derecho de acceso a la información medioambiental que obre en poder de las autoridades públicas a los ciudadanos y a las empresas sin que éstos estén obligados a declarar un interés.

La «Directiva retorno» se opone a una normativa nacional que impone una pena de prisión a un nacional de un tercer país en situación irregular en el curso del procedimiento de retorno

09 de diciembre de 2011 Jurisprudencia DIRECTIVA RETORNO

Dicha Directiva no se opone a que se impongan sanciones penales, con arreglo a las normas nacionales y respetando los derechos fundamentales, a nacionales de terceros países a los que se aplique dicho procedimiento y que se encuentren en situación irregular sin que exista un motivo justificado para el no retorno.

El TC tarda cuatro años en reconocer que un justiciable sufrió dilaciones indebidas en un proceso judicial

El Tribunal Constitucional ha tardado cuatro años en pronunciarse sobre el recurso de amparo presentado por un ciudadano extranjero que denunciaba dilaciones indebidas en el proceso judicial en el que estaba inmerso: había recurrido una orden de expulsión y la vista se había fijado para tres años después. Le da la razón, pero cuando la vista y el procedimiento han terminado.