Voluntad

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El pacto entre los ex cónyuges de extinguir la compensatoria por nuevo matrimonio no incluye la convivencia marital

11 de septiembre de 2017 Noticias PENSIÓN COMPENSATORIA

La Audiencia Provincial de Las Palmas considera que es un pacto válido adoptado dentro de los límites de la libre autonomía de la voluntad (artículo 1255 CC). En este caso, en el que se otorga carácter vitalicio a la renta y se concreta la causa de extinción, el tribunal considera que no se puede deducir que también lo sea la convivencia marital.

La nueva regulación de la herencia digital en Cataluña y en el proyecto de LOPD

04 de julio de 2017 Noticias VOLUNTADES DIGITALES

Cataluña ha publicado recientemente su ley de voluntades digitales para regular la vida digital de las personas fallecidas o incapacitadas. Analizamos las novedades de la Ley 10/2017, de 27 de junio, y las previsiones sobre herencia digital contenidas en el Anteproyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos, presentada por el Ministerio y que está en fase de consulta pública.  

El notario y las nuevas competencias matrimoniales tras la aprobación de la ley 15/2015, de 2 de julio, de la jurisdicción voluntaria: un paso más hacia la autonomía de la voluntad

Una de las novedades incorporadas por la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, ha sido la ampliación del abanico de funcionarios competentes para tramitar el expediente matrimonial, la celebración del matrimonio, y la separación o divorcio. Entre estos cobran especial importancia los Notarios, quienes sumando estas nuevas competencias a las que ya tenían antes de la publicación de la norma mencionada, se colocan en una posición de protagonismo. Ello ha supuesto un nuevo avance en cuanto a la autonomía de la voluntad en el matrimonio, si bien limitada a las cuestiones que, o pueden ser consideradas de jurisdicción voluntaria, o comparten su principal premisa: la ausencia de conflicto. Este trabajo obtuvo un Accésit en el Primer Premio Noticias Jurídicas para Trabajos de Fin de Grado de estudiantes de Derecho.

A efectos de la extinción de la pensión compensatoria, ha estarse a la voluntad de los cónyuges reflejada en el convenio regulador, siempre que no sea contraria a la ley

23 de diciembre de 2015 Jurisprudencia Pensión compensatoria

El TS fija como doctrina que  a los efectos de la extinción de la pensión compensatoria, habrán de tenerse en cuenta los acuerdos contenidos en el convenio regulador, con absoluto respeto a la autonomía de la voluntad de ambos cónyuges, siempre que no sea contraria a la Ley, la moral y el orden público. De esta manera, confirma la obligación de un hombre de pagar durante diez años una pensión mensual a su exmujer, prevista en el convenio regulador firmado con ocasión de su separación, pese que ésta convivía ya con otro hombre, del que estaba embarazada.

A efectos de la protección frente al despido, el periodo de tratamiento por fecundación in vitro es equiparable a la situación de embarazo

17 de diciembre de 2015 Jurisprudencia Despido discriminatorio

El TSJC ha sentenciado que el mismo grado de protección frente al despido se tiene que otorgar en caso de que, pese a no existir embarazo, exista un "indicio razonable" que sustente que la motivación principal del despido ha sido la voluntad de la trabajadora de quedarse embarazada mediante un tratamiento de fertilización.

A efectos del cálculo de la indemnización por despido debe computarse el tiempo de tramitación del recurso de suplicación que confirma la improcedencia del cese

Según el TS,  la indemnización por despido ha de calcularse computando como periodo de servicios el tiempo que media entre el inicio declarado de la relación laboral y la fecha de la sentencia que declaró la improcedencia del despido. Por tanto, la antigüedad computable para la indemnización por despido incluye desde el momento del cese al de la sentencia de instancia que decreta la improcedencia del despido, pero no comprende el periodo de tiempo posterior a la sentencia de instancia, por no mediar servicios ni salarios por voluntad exclusiva del trabajador.

La investigación mediante ADN: derecho a la intimidad y derecho de defensa

25 de septiembre de 2015 Artículos doctrinales Prueba de ADN

En los años 80 del pasado siglo XX con la posibilidad del cotejo del perfil genético como medio de identificación las técnicas de investigación policial experimentaron una revolución tan radical como cuando, a finales del siglo XIX se abrió paso el uso forense de la lofoscopia. Desde entonces la comparación de los restos biológicos que el autor desconocido ha abandonado en el lugar del crimen con el perfil genético del sospechoso ha servido para resolver graves casos de violación o asesinatos hasta entonces archivados por falta de autor conocido, pero también ha tenido la virtualidad de exculpar a quienes estaban cumpliendo condena por delitos ajenos. La toma de muestra de ADN al detenido y su inclusión en el registro policial requiere el consentimiento de éste o, en su defecto, resolución judicial motivada. Se discute la obligatoriedad para la validez de la prueba de que la manifestación de voluntad del detenido sea un consentimiento, además de informado, prestado con el previo asesoramiento y la asistencia de un abogado.

La prueba de la verdad o P-300 debe ser considerada jurídicamente como una declaración y, por tanto, sólo puede llevarse a cabo con la voluntad del sujeto

22 de julio de 2015 Jurisprudencia Test de la verdad

Por primera vez un tribunal, La Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Aragón, se ha pronunciado sobre la validez de la práctica de la llamada “prueba de la verdad”, concluyendo que debe ser considerada jurídicamente como una declaración y no como una prueba de intervención corporal, y por tanto solo puede efectuarse con la voluntad del sujeto.

Maternidad por subrogación. Su reconocimiento en España

La gestación por sustitución o maternidad subrogada es un acuerdo de voluntades en virtud del que una mujer acepta portar en su vientre un niño por encargo de otra persona o de una pareja, con el compromiso de que, una vez llevado a término el embarazo, entregará a aquélla o a aquéllos/as el recién nacido, renunciando a la filiación que pudiera corresponderle sobre el hijo así gestado. En nuestro país, el art. 10 de la Ley sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida señala que será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero. Pero el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos dictó sentencia el 26 de junio de 2014 en los asuntos 65192/11 (Mennesson c/ Francia) y 65941/11 (Labassee c/ Francia), en las que declara que se viola el art. 8 del Convenio Europeo de los Derechos Humanos el no reconocer la relación de filiación entre los niños nacidos mediante vientre de alquiler y los progenitores que han acudido a este método reproductivo, apelando al interés superior del menor. Esto ha creado precedente para toda la Unión Europea, por lo que el Ministerio de Justicia ordenó en el mes de julio de 2014 a los Consulados españoles que efectuaran la inscripción de los niños nacidos de gestación por sustitución.

La separación de hecho solo excluye la sociedad de gananciales cuando existe una voluntad efectiva e inequívoca de romper la relación conyugal a estos efectos

02 de julio de 2015 Noticias Sociedad de gananciales

Matizando su anterior jurisprudencia que establece que la separación de hecho excluye la pervivencia de la sociedad de gananciales, el TS considera injustificada su aplicación "en aquellos supuestos en que pese a existir una separación de hecho, no obstante, no hay o no se constata, una voluntad efectiva e inequívoca de romper la relación conyugal a estos efectos, bien por razones de índole económica, o bien por razones afectivas."

La doctrina de los actos propios: aplicación y exclusión

Que nadie vaya en contra de sus propios actos es, no ya un aforismo o principio normativo, sino una filosofía que ha de dirigir nuestra vida. En esta época en la que nos tienen acostumbrados a decir una cosa y la contraria, este trabajo quiere traer a reflexión lo que nunca debiera haberse olvidado en nuestro quehacer diario –profesional y personal–: la palabra y los gestos realizados con conocimiento y voluntad, nos vinculan, más que nos pesen.Que nadie vaya en contra de sus propios actos es, no ya un aforismo o principio normativo, sino una filosofía que ha de dirigir nuestra vida. En esta época en la que nos tienen acostumbrados a decir una cosa y la contraria, este trabajo quiere traer a reflexión lo que nunca debiera haberse olvidado en nuestro quehacer diario –profesional y personal–: la palabra y los gestos realizados con conocimiento y voluntad, nos vinculan, más que nos pesen.

El TS confirma el mantenimiento de la vigencia de un convenio colectivo ya denunciado, al haberse previsto así expresamente en el mismo, hasta la entrada en vigor del que le sustituyera

La previsión de que "denunciado el convenio y finalizado el periodo de vigencia restante o de cualquiera de las prórrogas, permanecerán vigentes las cláusulas normativas del convenio hasta tanto se produzca la entrada en vigor del convenio que haya de sustituir al presente", expresa la clara voluntad de las partes de que el convenio no perdiera su vigencia tras su denuncia.

El TS condena al dueño de un bar a cuatro años de cárcel, por los ruidos generados por su terraza de verano

El TS señala que hasta a la más burda de las sensibilidades se le alcanzan las graves consecuencias que la emisión de ruido, en las condiciones que lo hacía el acusado y que derivan en grave desasosiego para quienes la padecen, añadiendo que el acusado actuó con voluntad de persistir en su comportamiento, con grosero olvido de los derechos de los demás, sacrificados a su puro egoísmo.

Herencia de Camilo J. Cela: Vulneración de los derechos del heredero legitimario por una donación realizada en vida del testador

07 de octubre de 2014 Jurisprudencia Legítima

El TS señala que en nuestro derecho, la sucesión no concede al "de cuius" una absoluta libertad en cuanto a la disposición de sus bienes por vía de testamento. Por ello, el artículo 815 CC, entre otros, permite ejercer la acción de complemento de legítima en los casos en que el testador no ha respetado con su disposición los derechos de los legitimarios, como ha sucedido en el caso. Por ello carece de sentido invocar el respeto de la voluntad del causante cuando la misma no ha sido respetuosa con la ley aplicable.