El Juzgado de Primera Instancia de Vigo ha declarado la nulidad, por abusiva, de una cláusula suelo impuesta en un préstamo hipotecario suscrito en 2005 con Unicaja Banco, S.A.. El tribunal considera que carecía de transparencia y no fue informada ni negociada adecuadamente, lo que vulnera la normativa de protección al usuario financiero.
La sentencia condena a la entidad a reintegrar al demandante todas las cantidades cobradas de forma indebida como consecuencia de la cláusula anulada, junto con los intereses legales devengados desde cada pago. En total, el importe que recuperará el afectado ronda los 28.000 euros, correspondientes a los intereses abonados en exceso durante años. Además, el fallo impone a Unicaja Banco el pago de las costas procesales, lo que implica que el cliente no deberá asumir gastos por abogado ni procurador.
Falta de transparencia
El fallo subraya que la cláusula no aparece de forma clara en la escritura y que no existe prueba de una adecuada información al prestatario. La resolución se apoya en la doctrina del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que califican este tipo de cláusulas como abusivas cuando existe un desequilibrio contractual que perjudica al consumidor y contraviene el principio de buena fe contractual. En su fundamentación jurídica, el juez cita varias sentencias relevantes del Alto Tribunal, como las 367/2017, 585/2020, 596/2020 y 149/2021.
El procedimiento ha sido dirigido por el despacho Oulego Abogados y Consultores. Su socio director, José Ramón Oulego, ha valorado la sentencia como un avance en la protección de los derechos de los consumidores frente a prácticas bancarias poco transparentes: "La justicia ha vuelto a dar la razón a los consumidores. Este fallo confirma que las cláusulas suelo son nulas y que quienes han sido perjudicados pueden recuperar su dinero", señaló.









