Real Decreto 1095/1989, de 8 de septiembre. Se declaran las especies objeto de caza y pesca en desarrollo de lo establecido en el art. 33.1 de la L 4/1989, y se establecen normas para su protección.

Ficha:
  • Órgano MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION
  • Publicado en BOE núm. 218 de
  • Vigencia desde 13 de Septiembre de 1989. Esta revisión vigente desde 22 de Diciembre de 2013
Versiones/revisiones: