Real Decreto 1472/1989, de 1 de diciembre, por el que se regulan las gamas de cantidades nominales y capacidades nominales para determinados productos envasados

Ficha:
  • rgano MINISTERIO DE RELACIONES CON LAS CORTES Y DE LA SECR. DEL GOB.
  • Publicado en BOE nm. 297 de
  • Vigencia desde 13 de Diciembre de 1989. Revisin vigente desde 11 de Enero de 2004
Versiones/revisiones:
(1)

Valor no admitido para los copos y harinas de avena.

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(2)

Exclusivamente para arroz inflado.

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(3)

Quedan excluidas de este nmero las hortalizas deshidratadas y patatas.

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(4)

Slo para achicoria y sucedneos de caf; esta gama se revisar en un plazo mximo de cinco aos a partir de la entrada en vigor de esta reglamentacin.

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(5)

Productos cuyo contenido en agua sea inferior al 14 por 100.

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(6)

Estas capacidades se revisarn en un plazo mximo de cinco aos a partir de la entrada en vigor de este RD.

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