Real Decreto 1080/1991, de 5 de julio, por el que se determinan los países o territorios a que se refieren los artículos 2, apartado 3, número 4, de la Ley 17/1991, de 27 de mayo, de medidas fiscales urgentes, y 62 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991

Ficha:
  • ÓrganoMINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA
  • Publicado en BOE de 13 de Julio de 1991
  • Vigencia desde 14 de Julio de 1991. Revisión vigente desde 02 de Febrero de 2003
Versiones/revisiones: