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Resolución de 30 de septiembre de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica las tablas salariales definitivas de 2008 y las tablas salariales provisionales del 2009 del III Convenio colectivo estatal de las industrias de captación, elevación, conducción, tratamiento, distribución, saneamiento y depuración de aguas potables y residuales.


Visto el texto de las tablas salariales definitivas del año 2008 y las tablas salariales provisionales correspondientes al año 2009 del III Convenio colectivo estatal de las Industrias de Captación, Elevación, Conducción, Tratamiento, Distribución, Saneamiento y Depuración de Aguas Potables y Residuales, publicado en el BOE de 24-8-2007 (Código de Convenio n.º 9914365), que fue suscrito con fecha 10 de septiembre de 2009, de una parte por la Asociación de Empresas Gestoras de los Servicios de Agua a Poblaciones (AGA) en representación de las empresas del sector, y de otra por las Organizaciones Sindicales FIA-UGT y FSAP-CC.OO en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 30 de septiembre de 2009.

 

El Director General de Trabajo,
José Luis Villar Rodríguez.

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA PARA ACORDAR LA REVISIÓN DE LAS TABLAS SALARIALES DEFINITIVAS DEL AÑO 2008 Y LAS TABLAS SALARIALES PROVISIONALES DEL AÑO 2009 DEL III CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE LAS INDUSTRIAS DE CAPTACIÓN, ELEVACIÓN, CONDUCCIÓN, TRATAMIENTO, DISTRIBUCIÓN, SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS POTABLES Y RESIDUALES PARA LOS AÑOS 2007, 2008, 2009 Y 2010 (BOE DE 24 AGOSTO DE 2007)

Por la representación de AGA (Asociación de Empresas Gestoras de los Servicios de Agua a Poblaciones):

Por los Sindicatos:

En Madrid, a las 10:00 horas del día 10 de septiembre de 2009, en la oficina de AGA (Asociación de Empresas Gestoras de los Servicios de Agua a Poblaciones), se reúnen las partes arriba señaladas, miembros de la Comisión Paritaria del III Convenio Colectivo Estatal de las Industrias de Captación, Elevación, Conducción, Tratamiento, Distribución, Saneamiento y Depuración de Aguas Potables y Residuales para los años 2007, 2008, 2009 y 2010, publicado en el BOE de 24 de agosto de 2007, reconociéndose capacidad y legitimidad suficiente para acordar la revisión de las tablas salariales definitivas del año 2008 y las tablas salariales provisionales para el año 2009, y acuerdan:

1. Se constituye la comisión paritaria para la revisión de las tablas salariales definitivas del año 2008 y de las tablas salariales provisionales del año 2009 del III Convenio Colectivo Estatal de las Industrias de Captación, Elevación, Conducción, Tratamiento, Distribución, Saneamiento y Depuración de Aguas Potables y Residuales para los años 2007, 2008, 2009 y 2010, formada por los representantes arriba reseñados que suscriben la presente acta.

2. Aprobar el texto de la presente acta, así como las tablas salariales definitivas correspondientes al año 2008 (regularizadas en función del IPC estatal real del año 2008 publicado que ha sido el 1,4% más el 0,5%) y las tablas salariales provisionales del año 2009 (con el IPC previsto para el año 2009 -2%más el 0,6%) del III Convenio Colectivo Estatal de las Industrias de Captación, Elevación, Conducción, Tratamiento, Distribución, Saneamiento y Depuración de Aguas Potables y Residuales para los años 2007, 2008, 2009 y 2010, que se adjuntan a la presente acta.

3. Los representantes de la Asociación de Empresas Gestoras de los Servicios de Agua a Poblaciones (AGA) quedan encargados de realizar las gestiones necesarias para el registro, depósito y publicación de las referidas tablas en el Boletín Oficial del Estado.

4. Las partes se comprometen a desistir del procedimiento iniciado ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional y que se tramita con el número de Autos 81/09, y que está en fase de interposición del Recurso de Casación ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.

Y, en prueba de conformidad, las partes firman la presente acta en el lugar y fecha indicados.

III CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE LAS INDUSTRIAS DE CAPTACIÓN, ELEVACIÓN, CONDUCCIÓN, TRATAMIENTO, DISTRIBUCIÓN, SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DEAGUAS POTABLES Y RESIDUALES

(B.O.E. 24 agosto 2007)

TABLAS SALARIALES PROVISIONALES DE CONFORMIDAD CON APARTADO 2 DEL ACTA DE 10 DE SEPTIEMBRE DE 2009

AÑO 2009

GRUPO
PROFESIONAL
SALARIO
BASE
PLUS
CONVENIO
COMPLEMENTO
PUESTO DE
TRABAJO
TOTAL
MES
GRATIFICACIÓN
EXTRAORDINARIA
DE VERANO
GRATIFICACIÓN
EXTRAORDINARIA
DE NAVIDAD
TOTAL
ANUAL
2009
G.P. I791,81 €170,34 €135,91 €1.098,06 €791,81 €791,81 €14.760,34 €
G.P. 2 - Nivel B800,76 €170,34 €156,82 €1.127,92 €800,76 €800,76 €15.136,56 €
G.P. 2 - Nivel A817,94 €170,34 €167,28 €1.155,56 €817,94 €817,94 €15.502,60 €
G.P. 3 - Nivel B838,85 €170,34 €177,73 €1.186,92 €838,85 €838,85 €15.920,74 €
G.P. 3 - Nivel A863,49 €170,34 €188,19 €1.222,02 €863,49 €863,49 €16.391,22 €
G.P. 4891,87 €170,34 €198,64 €1.260,85 €891,87 €891,87 €16.913,94 €
G.P. 5920,25 €170,34 €209,10 €1.299,69 €920,25 €920,25 €17.436,78 €
G.P. 6948,63 €170,34 €219,55 €1.338,52 €948,63 €948,63 €17.959,50 €

Artículo 31Antigüedad53,00 € anuales
Artículo 35Plus de nocturnidad1,35 € por hora trabajada entre las 22:00 horas de la noche y las 06:00 horas de la mañana
Artículo 36Plus de turnicidad3,00 € por cada día efectivo en sistema de turnos de 24 horas al día los 365 días del año
Artículo 37Plus por guardia5,23 € por cada hora efectiva trabajada de guardia más una hora de descanso
 Plus por guardia5,23 € por cada hora efectiva trabajada de guardia más 10,45 euros por hora cuando sea imposible el descanso
 Retén7,00 € diarios por cada día efectivo prestando el servcio de retén
Artículo 38Kilometraje0,19 € por kilómetro recorrido utilizando vehículo propio
Artículo 57Seguro colectivo24.000,00 €
Notas:
Véase Resolución de 27 de octubre de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se corrige error en las tablas salariales definitivas de 2008 y las tablas salariales provisionales de 2009 del III Convenio colectivo estatal de las industrias de captación, elevación, conducción, tratamiento, distribución, saneamiento y depuración de aguas potables y residuales.


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