Orden ITC/1723/2009, de 26 de junio, por la que se revisan los peajes de acceso a partir de 1 de julio de 2009 y las tarifas y primas de determinadas instalaciones de régimen especial.

Ficha:
  • Órgano MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
  • Publicado en BOE núm. 156 de
  • Vigencia desde 01 de Julio de 2009
Versiones/revisiones:
(1)

A estas tarifas no les es de aplicación ningún complemento por discriminación horaria.

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(2)

A estas tarifas se procederá en la facturación de la forma siguiente:

La energía correspondiente al consumo de hasta 12,5 kWh en un mes o en su caso su promedio diario equivalente quedará exenta de facturar el término básico de energía.

Cuando la energía consumida por encima del consumo promedio diario sea superior al equivalente a 500 kWh en un mes, a la energía consumida por encima de dicha cuantía se le aplicará un recargo de 0,02839 €/kWh en exceso consumido.

Para ello, la facturación debe corresponder a lecturas reales del contador.

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