La mala praxis del abogado en la dirección de un asunto puede provocar perjuicios cuantificables a su cliente. En estos casos, los clientes pueden ejercitar frente a su abogado acción de resarcimiento de daños y perjuicios por su actuación profesional negligente.
En este supuesto que llegó a la Audiencia Provincial de Madrid, el letrado encargado del caso, entregó junto con la demanda una fotocopia de un documento clave para la prueba, lo que determinó la desestimación de la pretensión de reclamación de cantidad que defendía, provocando un perjuicio claro a los intereses de su cliente.
El Juzgado de 1ª Instancia número 69 de Madrid, sentencia de 9 de julio de 2015, condenó al letrado a indemnizar con la cantidad de 524,490,05 euros al cliente perjudicado.
La Audiencia Provincial Madrid, Sentencia 78/2017, de 1 de marzo Recurso 813/2015, confirma en su sentencia la declaración de responsabilidad del abogado demandado por negligencia profesional en su intervención en la defensa jurídica de los derechos e intereses del demandante. Rectifica la sentencia de instancia respecto de la imposición de costas a la abogada, simple colaboradora en el despacho, al haber sido estimada su falta de legitimación pasiva.
Una fotocopia que provocó la invalidez de la prueba
Al presentar la demanda, el letrado no acompañó el documento original que recogía el acuerdo firmado por las partes litigantes en aquel proceso, sino una fotocopia del mismo pese a ser el título en el que se fundamentaban las pretensiones de su cliente. Se trataba de un documento en el que constaba la existencia de un negocio fiduciario sobre la propiedad, nuda propiedad y usufructo de una vivienda, y que la demandada había incumplido.
La parte demandada no reconoció la firma que figuraba en el mismo. La prueba pericial realizada para determinar su autenticidad se realizó sobre el documento original que el letrado facilitó a la perito extraprocesalmente, por lo que el tribunal estimó que dicha prueba no podía tenerse por válida. Y no confirmada la autenticidad del documento en el que la parte actora fundamentaba sus pretensiones, éstas fueron desestimadas.
El referido documento privado era esencial y fundamental para la estimación de la reclamación formulada por lo que debió presentarse en original o mediante copia autenticada por el fedatario público competente, dado que siempre se dispuso del mismo.
El letrado no trató de aportar en ningún momento el original, pretendiendo su incorporación a las actuaciones como diligencia final, tras declararse los autos conclusos para sentencia, celebrado el acto del juicio.
Como profesional del derecho tenía que saber cómo actuar
El tribunal subraya que, como profesional del derecho, debía y tenía que saber que la aportación del documento no podía hacerse a través de una copia del mismo, al estar en posesión del original, no existiendo causa o motivo que justifique su no aportación como demuestra que lo pusiera a disposición de la perito cuando le fue requerido para realizar la pericia. Y si no se lo había entregado su cliente debió requerir su entrega antes de presentar la demanda para acompañarlo con la misma.
La no aportación del documento original constituye una negligencia por su parte que se califica como de mala praxis profesional, en tanto que era un documento esencial y trascendental para las pretensiones de su cliente.
Igualmente le es imputable la falta de validez de la prueba pericial por haberse practicado sobre un documento original no unido a las actuaciones sino facilitado extraprocesalmente. Debía conocer el alcance de una defectuosa práctica de la pericia por lo que no debió facilitarle al perito dicho documento.
Por todo ello, es procedente la declaración de responsabilidad del abogado demandado al existir una relación de causalidad entre su conducta negligente y el daño causado a su cliente por la pérdida de oportunidad que le ha supuesto la no obtención de una resolución favorable a sus intereses.