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25/07/2011 06:17:00 Consejo de Ministros PROCEDIMIENTO PENAL 2 minutos

Informe sobre los cambios en el proceso penal

Entre otras cuestiones, se incorpora plenamente el derecho a la segunda instancia penal, se pone fin a la investigación indefinida, también conocida como "pena de banquillo" y se regulan derechos y garantías constitucionales tan importantes para los ciudadanos como los de la persona detenida, el control judicial de las medidas que limitan la libertad, la interceptación de las comunicaciones, la entrada y registro o el derecho a no ser perseguido dos veces por los mismos hechos.

El Consejo de Ministros ha recibido sendos informes del ministro de Justicia sobre dos Anteproyectos de Ley de máxima trascendencia: uno de carácter orgánico, Desarrollo de los Derechos Fundamentales Vinculados al Proceso Penal, para dar cumplimiento a los artículos 81.1 y 55.2 de la Constitución; y otro, de carácter ordinario, que se concreta en la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal, que regula las condiciones de ejercicio de esos derechos, así como todos los elementos procedimentales que integran el citado proceso. Con ambos Anteproyectos, que son complementarios, se establece un tratamiento jurídico unitario y una regulación actualizada de todas las instituciones procesales penales.

Esta iniciativa de cambio del proceso penal, que el ministro de Justicia comprometió tras su toma de posesión, en febrero de 2009, es la primera que se formaliza desde la entrada en vigor de la Constitución. La necesidad de esta nueva norma, reclamada también por todos los sectores jurídicos, se fundamenta en el hecho de que en la vigente Ley de Enjuiciamiento Criminal, que data de 1882, conviven normas redactadas a lo largo de tres siglos, que han de ser reinterpretadas constantemente por los jueces, lo que lógicamente genera inseguridad jurídica. Este Anteproyecto, con el que el Gobierno también cumple sus compromisos internacionales en materia de derechos humanos, representa un paso muy significativo en el proceso de modernización de la Justicia. De hecho, el orden penal acumula en torno al 70 por 100 de la litigiosidad en España.

El Anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal (789 artículos) determina, entre otros muchos asuntos innovadores, que el Ministerio Fiscal asuma la dirección de la investigación, como ocurre en la práctica totalidad de los países democráticos, pero siempre bajo un control judicial imparcial, pues el juez, al no dirigir la investigación, puede resolver los conflictos sin estar contaminado de ningún posible prejuicio. En definitiva, investigará el fiscal, pero habrá "más juez" en el proceso penal.

Por su parte, el Anteproyecto de Ley Orgánica de Desarrollo de los Derechos Fundamentales Vinculados al Proceso Penal regula derechos tan importantes para los ciudadanos como los derechos de la persona detenida, el control judicial de las medidas limitativas de la libertad, así como todas aquellas con incidencia en la integridad física o la intimidad de las personas. Este Anteproyecto contempla la legislación de protección de datos personales y eleva a rango orgánico aspectos vinculados con el ejercicio del derecho de defensa y el secreto profesional.

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