Convención de las Naciones Unidas de lucha contra la desertificación en los países afectados por sequía grave o desertificación, en particular en Africa, hecha en París el 17 de junio de 1994

Ficha:
  • ÓrganoJefatura del Estado
  • Publicado en BOE núm. 36 de 11 de Febrero de 1997
  • Vigencia desde 26 de Diciembre de 1996
Versiones/revisiones:
(1)

Reserva/declaración. Países Bajos: El Reino de los Países Bajos declara, de acuerdo con el párrafo 2 del artículo 28 de la «Convención de las Naciones Unidas de lucha contra la desertificación en los países afectados por sequía grave o desertificación. en particular en Africa», que reconoce como obligatorios, en relación con cualquier Parte que acepta la misma obligación, uno o los dos medios para el arreglo de controversias citados en párrafo mencionado.

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(2)

Por el Reino en Europa

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(3)

Incluye Islas Vírgenes Británicas, Santa Elena e Isla Ascensión.

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