Orden de 6 de septiembre de 1999, por la que se dispone la publicación de las determinaciones de contenido normativo del Plan Hidrológico de Cuenca del Sur, aprobado por el Real Decreto 1664/1998, de 24 de julio.

Ficha:
  • Órgano MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
  • Publicado en BOE núm. 223 de
  • Vigencia desde 17 de Septiembre de 1999
Versiones/revisiones:
(1)

Manantial salino.

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(2)

Salinidad natural.

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(3)

En la actualidad se pueden utilizar para laminación de avenidas, en tanto no seterminen las obras previstas de protección frente a avenidas, pero, una vez terminadaséstas, deberán recuperar la función estricta para la que fueron construidosoriginalmente estos embalses.

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(4)

En la actualidad existen otras 580 ha -ya transformadas pero no puestas en riego- que seconsideran, a efectos de demanda, a partir del horizonte de 10 años.

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(5)

Positivo si el sistema importa agua, negativo si exporta.

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(6)

Los incrementos de recurso originados por explotación conjunta se han asignado, aefectos de balance, a los recursos superficiales.

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(7)

A efectos del balance se adoptan para el regadio zonas infradotadas, las dotacionesobjetivo definidas en el epígrafe II.2.1

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(8)

El P.H.N. prevé la exportación de 72 hm³/año a la curnca del Guadalete-Barbate.

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(9)

Volumen previsto en el P.H.N. en este horizonte. Otros 21 hm³ del trasvase se derivan ala cuenca del Segura (Pulpi, Sierra de Enmedio y Zona Costera de Cuevas).

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