Orden ITC/3128/2011, de 17 de noviembre, por la que se regulan determinados aspectos relacionados con el acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas

Ficha:
  • ÓrganoMINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
  • Publicado en BOE núm. 278 de 18 de Noviembre de 2011
  • Vigencia desde 19 de Noviembre de 2011. Revisión vigente desde 01 de Enero de 2017
Versiones/revisiones:
(1)

Se aplica sólo a los equipos que determinan la capacidad nominal, es decir, se excluyen los equipos de reserva, de la instalación independientemente de si se tratan de Unidades de Inversión de «Vaporizadores de Agua de Mar» o «Vaporizadores de Combustión Sumergida».

Ver Texto