Resolución de 1 de marzo de 2006, de la Dirección General de Emigración, por la que se establece para Cuba un plazo especial para la presentación de la fe de vida y declaración de ingresos por los beneficiarios de pensiones asistenciales

Ficha:
  • Órgano MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
  • Publicado en BOE núm. 56 de
  • Vigencia desde 27 de Marzo de 2006. Revisión vigente desde 27 de Marzo de 2006
Versiones/revisiones: