Recomendación 2021/C 24/01 del Consejo, relativa a un marco común para el uso y la validación de las pruebas rápidas de antígenos y el reconocimiento mutuo de los resultados de las pruebas diagnósticas de la COVID-19 en la UE

Ficha:
  • ÓrganoCONSEJO DE LA UNION EUROPEA
  • Publicado en DOUEC núm. 24 de 22 de Enero de 2021
  • Vigencia desde 21 de Enero de 2021
Versiones/revisiones:
(1)

DO C 122 I de 15.4.2020, p. 1.

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(2)

COM(2020) 318 final.

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(3)

DO L 360 de 30.10.2020, p. 43.

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(4)

DO L 392 de 23.11.2020, p. 63.

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(5)

DO L 331 de 7.12.1998, p. 1.

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(6)

DO L 117 de 5.5.2017, p. 176. Dicho Reglamento establece un período transitorio a partir de la fecha de su entrada en vigor (mayo de 2017), durante el cual la conformidad de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro puede evaluarse tanto con arreglo al Reglamento como a la Directiva 98/79/CE.

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(7)

DO L 337 de 14.10.2020, p. 3.

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(8)

Por ejemplo: RT-LAMP (amplificación isotérmica mediada por bucles con retrotranscripción), TMA (amplificación mediada por transcripción) o CRISPR (repeticiones palindrómicas cortas agrupadas y regularmente interespaciadas).

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(9)

Base de datos de la Comisión: productos de diagnóstico in vitro y métodos de prueba para la COVID-19 del JRC

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(10)

ECDC: Options for the use of rapid antigen tests for COVID-19 in the EU/EEA and the UK [«Opciones para el uso de pruebas rápidas de antígenos para el diagnóstico de la COVID-19 en la UE/EEE y el Reino Unido», documento en inglés], Estocolmo, 19 de noviembre de 2020.

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