Acuerdo GOV/99/2010, de 25 de mayo, por el que se aprueban las Normas de organización y funcionamiento de la Universidad Ramon Llull.
- Órgano DEPARTAMENTO DE INNOVACION, UNIVERSIDADES Y EMPRESA
- Publicado en DOGC núm. 5644 de 07 de Junio de 2010
- Vigencia desde 07 de Junio de 2010. Esta revisión vigente desde 26 de Febrero de 2014
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
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ANEXO
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Normas de organización y funcionamiento de la Universidad Ramon LlullAprobadas por el Patronato de la Universidad Ramon Llull Fundació Privada en su sesión de 15 de julio de 2009
- Preámbulo
- TÍTULO PRELIMINAR. Naturaleza y finalidad de la Universidad
- TÍTULO PRIMERO. Estructura y organización de la Universidad
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TÍTULO SEGUNDO.
Gobierno de la Universidad
- CAPÍTULO PRIMERO. La Fundación
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CAPÍTULO SEGUNDO.
Órganos de gobierno general de la Universidad
- Artículo 17 Órganos de gobierno
- Artículo 18 El rector o rectora
- Artículo 19 Competencias del rector o rectora
- Artículo 20 Los vicerrectores o vicerrectoras
- Artículo 21 El secretario o secretaria general
- Artículo 22 Competencias del secretario o secretaria general
- Artículo 23 El Consejo Ejecutivo
- Artículo 24 Competencias del Consejo Ejecutivo
- Artículo 25 El Consejo Académico
- Artículo 26 Competencias del Consejo Académico
- Artículo 27 La Junta de Gobierno
- Artículo 28 Competencias de la Junta de Gobierno
- TÍTULO TERCERO. La Sindicatura de Agravios de la Universidad
- TÍTULO CUARTO. Funciones de la Universidad la docencia, la investigación y la transferencia de conocimiento
-
TÍTULO QUINTO.
Personal académico profesorado y personal investigador
- Artículo 37 Relación jurídico-laboral
- Artículo 38 Reconocimiento de categorías académicas
- Artículo 39 Derechos y deberes del personal académico
- Artículo 40 Categorías académicas
- Artículo 41 Definición de categorías académicas
- Artículo 42 Acceso a la categoría de profesor catedrático o profesora catedrática
- Artículo 43 Acceso a la categoría de profesor o profesora titular
- Artículo 44 Requisitos de los profesores contratados doctores o profesoras contratadas doctoras
- Artículo 45 Requisitos de los profesores ayudantes doctores o profesores ayudantes doctores
- Artículo 46 Acceso a otras categorías
- Artículo 47 Profesor emérito o profesora emérita
- Artículo 48 Estructura docente
- Artículo 49 Otros aspectos reglamentarios
- TÍTULO SEXTO. Estudiantes
- TÍTULO SÉPTIMO. Medios instrumentales y de extensión universitaria
- TÍTULO OCTAVO. Servicios comunes de la universidad
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TÍTULO NOVENO.
Régimen económico y administrativo
- CAPÍTULO PRIMERO. Patrimonio de la Universidad
- CAPÍTULO SEGUNDO. Gestión económica
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CAPÍTULO TERCERO.
Régimen presupuestario
- Artículo 75 Régimen presupuestario global de la Universidad
- Artículo 76 Elaboración de los presupuestos globales de la Universidad
- Artículo 77 Elaboración de los presupuestos de los Servicios Generales del Rectorado
- Artículo 78 Seguimiento de los presupuestos globales de la Universidad
- Artículo 79 Memoria económica global
- TÍTULO DÉCIMO. La reforma de las presentes normas
- DISPOSICIÓN TRANSITORIA
- DISPOSICIONES FINALES (APROBADAS EL 16 DE JUNIO DE 1994)
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Normas de organización y funcionamiento de la Universidad Ramon LlullAprobadas por el Patronato de la Universidad Ramon Llull Fundació Privada en su sesión de 15 de julio de 2009
- Norma afectada por
-
- 26/2/2014
El artículo 172.1, letra c), del Estatuto de autonomía de Cataluña establece que corresponde a la Generalidad en materia de enseñanza universitaria, sin perjuicio de la autonomía universitaria, la competencia exclusiva sobre la aprobación de los estatutos de las universidades públicas y de las normas de organización y funcionamiento de las universidades privadas.
Las universidades privadas elaboran y aprueban sus normas de organización y funcionamiento, en virtud de su autonomía universitaria, las cuales son aprobadas por el Gobierno de la Generalidad, previo su control de legalidad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 103.2 de la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de universidades de Cataluña (DOGC núm. 3826, de 20.02.2003).
En cumplimiento de la disposición adicional novena de la Ley orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades (BOE núm. 307, de 24.12. 2001), el Patronato de la Universidad Ramon Llull, en fecha 15 de julio de 2009, ha aprobado las Normas de organización y funcionamiento de la Universidad Ramon Llull, con el fin de adaptarlas al nuevo marco jurídico vigente.
Por todo ello, una vez analizada la adecuación a la legalidad vigente de las Normas de organización y funcionamiento de la Universidad Ramon Llull, y según lo establecido en la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la Presidencia de la Generalidad y del Gobierno (DOGC núm. 5256, de 12.11.2008), a propuesta del consejero de Innovación, Universidades y Empresa, el Gobierno
Acuerda:
1 Aprobar las Normas de organización y funcionamiento de la Universidad Ramon Llull, que figuran al anexo de este Acuerdo.
2 Estas Normas sustituyen las que se aprobaron mediante el Decreto 424/2004, de 2 de noviembre (DOGC núm. 4253, de 4.11.2004), por el que se aprueba la adaptación de las Normas de organización y funcionamiento de la Universidad Ramon Llull, que quedan derogadas.
3 De conformidad con el artículo 6.2 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, modificada por la Ley orgánica 4/2007, de 12 de abril, las Normas de organización y funcionamiento de la Universidad Ramon Llull entran en vigor el mismo día de su publicación en el DOGC.
4 Disponer la publicación de este Acuerdo en el DOGC.
Barcelona, 25 de mayo de 2010
Laia Bonet Rull
Secretaria del Gobierno