Decreto 43/1996, de 26 de marzo, por el que se regula el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional.
- Órgano CONSEJERIA DE PRESIDENCIA Y TRABAJO
- Publicado en DOE núm. 37 de 30 de Marzo de 1996
- Vigencia desde 31 de Marzo de 1996. Esta revisión vigente desde 02 de Julio de 2013
Sumario
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- INTRODUCCION
- Artículo único.
- DISPOSICIONES DEROGATORIAS
- DISPOSICIONES FINALES
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Reglamento General de provisión de puestos de Trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura
- TITULO PRELIMINAR. Objeto y ámbito de aplicación
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TITULO I.
Provisión de puestos de trabajo
- CAPITULO I. Disposiciones generales
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CAPITULO II.
Provisión de puestos de trabajo mediante concurso
- Artículo 5 Convocatorias de concursos
- Artículo. 5 bis Concurso permanente y abierto de puestos no singularizados
- Artículo 6 Requisitos y condiciones de participación
- Artículo 7 Presentación de solicitudes de participación
- Artículo 8 Discapacidades
- Artículo 9 Méritos generales
- Artículo 10 Méritos específicos
- Artículo 11 Comisión de valoración
- Artículo 12 Resolución
- Artículo 13 Toma de posesión
- Artículo 14 Destinos
- Artículo 15 Remoción del puesto de trabajo
- CAPITULO III. Provisión de puestos de trabajo por libre designación
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CAPITULO IV.
Otras formas de provisión
- Artículo 24 Redistribución de efectivos
- Artículo 25 Reasignación de efectivos
- Artículo 26 Movilidad por cambio de adscripción de puestos de trabajo
- Artículo 27 Reingreso al servicio activo
- Artículo 28 Comisiones de servicio
- Artículo 29 Misiones de cooperación internacional
- Artículo 30 Atribución temporal defunciones
- CAPITULO V. Provisión de puestos de trabajo en otras Administraciones Públicas
- TITULO II. Carrera profesional
- TITULO III. Promoción interna
- DISPOSICIONES ADICIONALES
- DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- Norma afectada por
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- 2/7/2013
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D 107/2013, de 25 Jun., CA Extremadura (modificación del D 43/1996, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Regl. general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios)
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Capítulo II del Título I redactado por el apartado 1.º del artículo único del D [EXTREMADURA] 107/2013, 25 junio, por el que se modifica el D. 43/1996, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura («D.O.E.» 1 julio).
Artículo 27 redactado por el apartado 2.º del artículo único del D [EXTREMADURA] 107/2013, 25 junio, por el que se modifica el Decreto 43/1996, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura («D.O.E.» 1 julio).
Artículo 28 redactado por el apartado 3.º del artículo único del D [EXTREMADURA] 107/2013, 25 junio, por el que se modifica el Decreto 43/1996, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura («D.O.E.» 1 julio).
- 27/4/1999
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D 44/1999 de 20 Abr. CA Extremadura (normas de gestión de personal. Adaptación al acuerdo de ordenación y homologación de retribuciones de funcionarios de la junta de Extremadura)
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Artículo 34 redactado por el Artículo 1 del D [EXTREMADURA] 44/1999, 20 abril, por el que se procede a la adaptación de diversas normas de gestión de personal a los contenidos del acuerdo de ordenación y homologación de retribuciones de personal funcionario de la Junta de Extremadura («D.O.E.» 27 abril).
Por Decreto 37/1987, de 12 de mayo, publicado en el «Diario Oficial de Extremadura» núm. 39, de 19 de mayo, se aprobó el Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración.
Además de que el tiempo transcurrido ya hacía aconsejable abordar una modificación de la referida norma con el objeto de adecuarla a las nuevas necesidades de ordenación de recursos humanos, la Ley 5/1995, de 20 de abril, que modifica la Ley de la Función Pública de Extremadura, ha introducido cambios importantes dirigidos a mejorar la Función Pública y la organización a la que sirve.
Se han creado en la referida Ley instrumentos de planificación e instituciones jurídicas que habrán de posibilitar una gestión de personal más eficaz y racional, en permanente adaptación a las cambiantes demandas sociales.
Por todo lo expuesto, procede aprobar un nuevo Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional donde se recojan las novedades introducidas en materias de provisión de puestos y donde se desarrollen de forma coherente las disposiciones legalmente previstas.
En consecuencia, el presente Reglamento establece todos los sistemas de provisión de puestos procurando, de forma equitativa, cohesionar el derecho a la promoción profesional que asiste a todos los funcionarios con una prestación de servicios al ciudadano lo más eficiente posible.
Se regulan también otras formas de provisión como la reasignación de efectivos, derivada de la puesta en marcha de instrumentos globales de planificación.
Finalmente se establecen los cauces para hacer efectiva la carrera profesional y la promoción interna de los funcionarios públicos.
En su virtud, a propuesta de la Consejería de Presidencia y Trabajo, una vez negociado en la Mesa de Negociación de los empleados públicos y previa deliberación del Consejo de Gobierno del día 26 de marzo de 1996, dispongo:
Artículo único
Se aprueba el Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
DISPOSICION DEROGATORIA
Queda derogado el Reglamento General de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración aprobado por Decreto 37/1987, de 12 de mayo.
DISPOSICION FINAL
El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Diario Oficial de Extremadura».