Decreto 51/2002, de 4 de octubre, por el que se regulan las condiciones mínimas de habitabilidad que deben reunir las viviendas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como la concesión y control de las cédulas de habitabilidad

Ficha:
  • Órgano CONSEJERIA DE OBRAS PUBLICAS, TRANSPORTES, URBANISMO Y VIVIENDA
  • Publicado en BOLR núm. 132 de
  • Vigencia desde 01 de Noviembre de 2002. Revisión vigente desde 01 de Noviembre de 2002
Versiones/revisiones: