Ley 4/2004, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2005.
- Órgano PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID
- Publicado en BOCM núm. 310 de 30 de Diciembre de 2004 y BOE núm. 42 de 18 de Febrero de 2005
- Vigencia desde 01 de Enero de 2005
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- PREÁMBULO
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TÍTULO I.
De los créditos presupuestarios
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CAPÍTULO I.
De los créditos y su financiación
- Artículo 1 Ámbito de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid
- Artículo 2 De los créditos iniciales y financiación de los mismos
- Artículo 3 De los Presupuestos de Empresas Públicas y resto de Entes Públicos
- Artículo 4 Transferencias internas entre entes del sector público de la Comunidad de Madrid
- Artículo 5 Aplicación de remanentes de Tesorería
- Artículo 6 Beneficios fiscales
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CAPÍTULO II.
Normas sobre modificación de los créditos presupuestarios
- Artículo 7 Vinculación de los créditos
- Artículo 8 Disponibilidad de los créditos
- Artículo 9 Planes Especiales de Actuaciones e Inversiones
- Artículo 10 Régimen jurídico aplicable a las modificaciones presupuestarias
- Artículo 11 Transferencias de crédito
- Artículo 12 Limitación de transferencias de crédito
- Artículo 13 Competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias
- Artículo 14 Subconceptos de gastos asociados a ingresos
- Artículo 15 Programa Regional de Inversiones y Servicios de Madrid (PRISMA 2001-2005)
- Artículo 16 Información y control
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CAPÍTULO I.
De los créditos y su financiación
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TÍTULO II.
De los gastos de personal
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CAPÍTULO I.
De los gastos de personal al servicio del sector público de la Comunidad de Madrid
- Artículo 17 De las retribuciones
- Artículo 18 Oferta de Empleo Público
- Artículo 19 Personal del sector público de la Comunidad de Madrid sometido a régimen administrativo y estatutario
- Artículo 20 Personal laboral del sector público de la Comunidad de Madrid
- Artículo 21 Retribuciones de los Altos Cargos de la Comunidad de Madrid
- Artículo 22 Retribuciones de los funcionarios de la Comunidad de Madrid para los que el Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado las relaciones de puestos de trabajo
- Artículo 23 Retribuciones del personal estatutario de los servicios de salud
- Artículo 24 Retribuciones de los funcionarios para los que el Gobierno de la Comunidad de Madrid no ha aprobado las relaciones de puestos de trabajo
- Artículo 25 Retribuciones del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia
- Artículo 26 Otras retribuciones: Personal eventual, funcionarios interinos y funcionarios en prácticas
- Artículo 27 De los costes de personal incluidos en los Presupuestos de las Universidades Públicas
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CAPÍTULO II.
Otras disposiciones en materia de personal
- Artículo 28 Requisitos para la determinación o modificación de retribuciones del personal laboral y no funcionario
- Artículo 29 Contratos de alta dirección
- Artículo 30 Prohibición de ingresos atípicos
- Artículo 31 Prohibición de cláusulas indemnizatorias
- Artículo 32 Contratación de personal laboral con cargo a los créditos para inversiones
- Artículo 33 Formalización de contratos, adscripción o nombramiento de personal
- Artículo 34 Deducción de retribuciones por incumplimiento de jornada de trabajo
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CAPÍTULO I.
De los gastos de personal al servicio del sector público de la Comunidad de Madrid
- TÍTULO III. De las operaciones financieras
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TÍTULO IV.
Procedimientos de gestión presupuestaria
- CAPÍTULO I. Autorización de gastos
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CAPÍTULO II.
De los centros de educación preescolar y enseñanza escolar
- Artículo 43 Autorización de cupos de efectivos en centros públicos
- Artículo 44 Módulo económico para financiación de centros docentes privados sostenidos con fondos públicos
- Artículo 45 Autorización de nuevas unidades escolares en centros privados sostenidos con fondos públicos para el curso escolar 2005-2006
- Artículo 46 Planificación educativa
- CAPÍTULO III. Universidades Públicas
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CAPÍTULO IV.
Régimen de gestión económica y presupuestaria del Instituto Madrileño de la Salud
- Artículo 49 Gestión económica y presupuestaria
- Artículo 50 Vinculación de los créditos
- Artículo 51 Modificaciones de los créditos
- Artículo 52 Gestión presupuestaria
- Artículo 53 Gestión contractual
- Artículo 54 Retribuciones del Personal Directivo de Centros Hospitalarios, Áreas de Atención Primaria y Servicio de Urgencias Médicas de Madrid SUMMA 112 adscritos al Instituto Madrileño de la Salud
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CAPÍTULO V.
Otras normas de gestión presupuestaria
- Artículo 55 Planes y programas de actuación
- Artículo 56 Retención y compensación
- Artículo 57 Disposición de créditos financiados con transferencias finalistas
- Artículo 58 Especialidades en el ejercicio de la función interventora
- Artículo 59 Especialidades en el pago de determinadas subvenciones
- Artículo 60 Importe de la prestación de la Renta Mínima de Inserción para 2005
- TÍTULO V. Disposiciones sobre el sector público de la Comunidad de Madrid
- TÍTULO VI. De las tasas
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DISPOSICIONES ADICIONALES
- Primera Informe de disposiciones normativas y convenios con repercusión en los estados de gastos e ingresos
- Segunda Previsión de armonización de incrementos salariales con las disposiciones del Estado
- Tercera Suspensión de determinados artículos de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid
- Cuarta Empresas de Trabajo Temporal
- Quinta Personal transferido
- Sexta Adaptaciones técnicas del Presupuesto
- Séptima Gestión de la Formación Profesional y políticas activas de empleo
- Octava Financiación del Patrimonio Histórico
- Novena Contratación de publicidad, promoción, divulgación y anuncios
- Décima Aportación de capital a ARPROMA, S. A
- Undécima Gestión del canon de explotación de la Plaza de Toros de las Ventas de Madrid
- DISPOSICIONES FINALES
- ANEXO I . ADSCRIPCIÓN DE PROGRAMAS POR SECCIONES
- ANEXO II . PLAN DE ACTUACIONES E INVERSIONES EN VILLAVERDE Y USERA
- ANEXO III . PLAN DE ACTUACIONES E INVERSIONES EN PUENTE DE VALLECAS Y VILLA DE VALLECAS
- ANEXO IV . SUBCONCEPTOS DE GASTOS ASOCIADOS A INGRESOS
- ANEXO V . MÓDULOS ECONÓMICOS PARA LA FINANCIACIÓN DE CENTROS DOCENTES PRIVADOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS
- PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID 2005
La Presidenta de la Comunidad de Madrid.
Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la siguiente Ley, que yo, en nombre del Rey, promulgo.
PREÁMBULO
Los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2005 trasladan a los madrileños la seguridad y la confianza en la gestión eficiente de los recursos públicos, al mismo tiempo que garantizan la sostenibilidad de las cuentas públicas sin necesidad de un mayor esfuerzo fiscal y cumpliendo los objetivos marcados en los escenarios de consolidación y estabilidad presupuestaria. De forma simultánea, se mantiene la configuración de la Comunidad de Madrid como una Administración cuya actividad fundamental es la prestación eficiente de servicios con un marcado carácter social.
La estabilidad presupuestaria, junto a la consecución de mayores niveles de calidad en la gestión de los servicios públicos, contribuyen a la consecución del objetivo de crecimiento económico socialmente equilibrado, sostenible y con alta capacidad de generación de empleo. Esto se consigue gracias a una política presupuestaria que combina la disciplina y el rigor presupuestario con el esfuerzo en inversión pública y gasto social, apostando, además, por una gestión austera y eficiente. Todo ello permite acometer importantes políticas de gasto orientadas al progreso, el bienestar y el desarrollo equilibrado y homogéneo de la región.
El Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de junio de 2004, aprobado por los Plenos del Congreso y del Senado, establece el objetivo de estabilidad presupuestaria del conjunto de las Comunidades Autónomas para el período 2005-2007, una vez informado por el Consejo de Política Fiscal y Financiera en su reunión del pasado 20 de mayo de 2004. Dicho objetivo fue repartido en el Pleno del Consejo de Política Fiscal y Financiera celebrado el 23 de junio de 2004, fijando el correspondiente a cada una de ellas. Para la Comunidad de Madrid se establece el objetivo de estabilidad presupuestaria para el trienio 2005-2007 en el 0 por 100 del PIB en términos de Contabilidad Nacional.
De la estructura económica de la región de Madrid se derivan los rasgos fundamentales que definen el Presupuesto de Ingresos, esto es, la solidez y la buena evolución de los recursos que lo componen. Estos rasgos permiten acometer la prestación de los servicios públicos y las inversiones que el nivel de nuestra región demanda. A estas características hay que añadir que el presupuesto de ingresos se sustenta, fundamentalmente, sobre los impuestos recaudados entre los madrileños.
La buena evolución de las fuentes financieras es consecuencia de tres factores. En primer lugar, la política económica que han llevado a cabo tanto el Gobierno de la Nación como el de la Comunidad de Madrid durante, al menos, los últimos ocho años, que han logrado altas tasas de creación de empleo y riqueza. En segundo lugar, el desarrollo de una política fiscal consistente en una rebaja selectiva de impuestos y el mantenimiento del rigor en las cuentas públicas, que han trasladado un mensaje de solidez y confianza a los mercados. Y, en tercer lugar, ha sido muy importante la labor llevada a cabo por la Administración Tributaria Regional que ha centrado su quehacer en facilitar al contribuyente el cumplimiento voluntario de sus obligaciones fiscales y en avanzar de forma importante en la lucha contra el fraude fiscal.
El texto articulado de la Ley continúa avanzando en la implantación de medidas concretas de disciplina presupuestaria que sentarán las bases de la futura normativa de gestión presupuestaria. Al mismo tiempo, la nueva clasificación económica de los créditos consignados en el Estado de Gastos, ofrecen una mayor claridad en la definición de la naturaleza económica de las inversiones que aborda la Comunidad.
La configuración del presupuesto durante la fase de elaboración ha dado prioridad a la dotación de créditos para la cobertura de los compromisos del Programa de Gobierno, caracterizándose por el incremento del peso del gasto social, de las inversiones en infraestructuras, de la calidad en la prestación de los servicios públicos y por la contención de los gastos de funcionamiento ordinario, así como el de aquellas áreas cuyo gasto se concentra principalmente en servicios generales de apoyo burocrático y logístico.
Los objetivos fundamentales que han orientado la confección del presupuesto son los siguientes: Una apuesta firme por el desarrollo personal y familiar, la construcción de infraestructuras para vertebrar y desarrollar la región, la generación de confianza en la sociedad y la modernización en la administración de los recursos y servicios. Con ello se incide en la creación de las condiciones óptimas para el desarrollo personal de los madrileños, posibilitando, por un lado, una estructura económica dinámica, diversificada y eficiente que garantice un crecimiento económico equilibrado de la región y, por otro, la atención adecuada a las condiciones personales, familiares, educativas, sanitarias o culturales.
El fuerte impulso al dinamismo social es una de las ideas rectoras del Presupuesto, pues se constituye en la condición básica para avanzar en el progreso y en el bienestar individual. Esto se traduce en un compromiso por el desarrollo personal y familiar a través de importantes políticas de gasto destinadas a potenciar la sanidad y la educación, así como las políticas activas de empleo, con especial énfasis en la plena integración de la mujer, de los jóvenes y los discapacitados.
El crecimiento económico se basará tanto en la confianza generada por la estabilidad y solvencia presupuestaria y la contención fiscal, garantes del equilibrio de las cuentas públicas, como en el fomento de la innovación tecnológica que incrementen la productividad y competitividad exterior de nuestras empresas, apoyando especialmente los sectores productivos estratégicos clave como el comercio o el turismo. Con la finalidad de optimizar el funcionamiento y la transparencia de los mercados, se crea el Tribunal de Defensa de la Competencia de la Comunidad de Madrid. Por otro lado, la mujer y su plena integración en la sociedad, junto con la lucha contra la accidentalidad laboral se convertirán en los ejes de la actuación de la Comunidad en el área de Empleo y Mujer.
La igualdad de oportunidades de nuestros menores y la conciliación de la vida laboral y familiar están en el origen de la puesta en marcha de 20 nuevas Casas de Niños y Escuelas Infantiles, del incremento de un 50 por 100 de las ayudas para la atención educativa y asistencial a la primera infancia en la Educación Preescolar, así como del incremento en el mismo porcentaje de la dotación de las ayudas para adquisición de libros de texto. Se pondrá en funcionamiento el Plan de construcción, mejora, equipamiento y conservación de infraestructuras educativas, que en el ejercicio 2005 supondrán la construcción y ampliación de 1.159 aulas, 36 comedores escolares, 34 nuevos gimnasios y 2 centros integrados de Formación Profesional, equipamiento para 850 aulas y actuaciones en 515 centros docentes. Asimismo, se continuará con la importante inversión que se viene realizando en el área de las nuevas tecnologías, se ampliará la implantación de la enseñanza bilingüe de 26 a 76 colegios y se incrementará significativamente la financiación de la enseñanza universitaria.
El cuidado de los mayores, discapacitados y excluidos socialmente se verá potenciado en 2005 de modo muy significativo. En el ámbito de los mayores y discapacitados destacan las políticas que les permiten continuar viviendo en su entorno, con un apoyo decidido a sus familias. La dotación para Renta Mínima de Inserción se incrementará en más del 12 por 100 y la Cooperación al Desarrollo contará con un 25 por 100 más de recursos.
La mejora del Sistema Sanitario de la Comunidad de Madrid exige que se realicen importantes esfuerzos presupuestarios en diversas direcciones: Reducción de las listas de espera quirúrgicas, construcción de nuevas infraestructuras, ejecución del Plan de Calidad Integral de los Servicios Sanitarios de la Comunidad y especial atención a las urgencias y emergencias sanitarias.
En materia de Justicia, se potenciarán los medios humanos con que cuenta, la construcción y disponibilidad de nuevas sedes y la definición del Proyecto Civitas. Se crea la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor para la ejecución de las penas privativas de libertad de los menores, así como para prestar una atención especializada para favorecer su reinserción.
En 2005, el Proyecto de Seguridad de la Comunidad de Madrid se implantará en nuevos municipios madrileños, financiando la incorporación de 940 efectivos policiales.
El reequilibrio territorial y social dentro de la Comunidad y la dinamización económica de la región contarán con las importantes ampliaciones de sus redes de transporte, tanto de carreteras como de ferrocarriles.
Por último, el desarrollo personal de los madrileños tendrá un especial impulso en el ámbito cultural, deportivo y artístico, adquiriendo en este ejercicio un especial protagonismo la conmemoración del IV Centenario de la primera edición de «El Quijote».