Ley Foral 1/2008, de 24 de enero, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio del año 2008.
- Órgano PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE NAVARRA
- Publicado en BON núm. 12 de 26 de Enero de 2008 y BOE núm. 49 de 26 de Febrero de 2008
- Vigencia desde 27 de Enero de 2008. Esta revisión vigente desde 18 de Noviembre de 2008
TITULO I
De los créditos y sus modificaciones
CAPITULO I
Créditos iniciales y su financiación
Artículo 1 Ámbito de los Presupuestos Generales de Navarra
Se aprueban los Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio 2008 integrados por:
- 1. El Presupuesto del Parlamento, de la Cámara de Comptos y de la Institución del Defensor del Pueblo.
- 2. El Presupuesto de la Administración de la Comunidad Foral y de sus organismos autónomos.
- 3. El Presupuesto del Consejo de Navarra y del Consejo Audiovisual de Navarra.
- 4. Los presupuestos de las fundaciones públicas de la Comunidad Foral.
- 5. Los programas de actuación, inversiones y financiación, así como los estados financieros de las sociedades públicas de la Comunidad Foral.
Artículo 2 Cuantía de los créditos y de los derechos económicos
1. Para la ejecución de los programas integrados en los estados de gastos de los Presupuestos mencionados en el artículo anterior, se aprueban créditos por un importe consolidado de 4.287.328.089 euros.
2. En los estados de ingresos de los Presupuestos referidos en el artículo anterior se contienen las estimaciones de los derechos económicos que se prevén liquidar durante el ejercicio presupuestario, por un importe consolidado de 4.287.328.089 euros.
CAPITULO II
Modificación de los créditos presupuestarios
Artículo 3 Modificación de créditos presupuestarios
Las modificaciones de los créditos presupuestarios se ajustarán a los preceptos de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, en cuanto no resulten modificados por la presente Ley Foral.
No obstante lo anterior, no tendrán la consideración de modificaciones presupuestarias, los movimientos de fondos entre partidas en las que figuran créditos destinados a una misma finalidad y que sólo se diferencian por exigencias de la Unión Europea para el mejor control del destino de los gastos al estar, en parte, cofinanciados por aquélla.
Artículo 4 Ampliaciones de crédito
Además de los créditos referidos en las letras a) a g) del artículo 47 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, tendrán la consideración de ampliables para el ejercicio 2008, todas las partidas existentes o que fuera necesario crear durante el ejercicio, para la concesión de subvenciones y préstamos que pudieran aprobarse como consecuencia de atentados terroristas.
Además de lo anterior, se considerarán ampliables:
1. Las siguientes partidas del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior:
- a) 010004-01100-2263-921700, denominada «Gastos jurídico-contenciosos».
- b) 010007-01400-2275-924100, denominada «Procesos electorales». A esta partida podrán aplicarse los gastos de cualquier naturaleza relacionados con los trabajos e inversiones necesarios para su celebración.
- c) 020002-04100-1001-921400, denominada «Prestaciones a ex-presidentes, ex-consejeros y otros altos cargos del Gobierno de Navarra».
- d) 020002-04100-1239-921400, denominada «Ayuda familiar, nuevos complementos, reingresos de excedencias y otros del personal funcionario».
- e) 020002-04100-1309-921400, denominada «Indemnizaciones por finalización de contratos temporales».
- f) 020002-04100-1309-921402, denominada «Ayuda familiar, nuevos complementos, reingresos de excedencias y otros del personal laboral».
- g) 020002-04100-1600-921402, denominada, «Regularización convenio Seguridad Social».
- h) 020002-04300-1620-231800, denominada «Asistencia sanitaria uso especial».
- i) 020002-04100-1620-231802, denominada «Pago por subsidio ILT por accidentes de trabajo».
- j) 020002-04100-1620-921400, denominada «Fondo para la aplicación del convenio vigente de personal».
- k) 020002-04100-1700-921400, denominada «Indemnización por traslado forzoso con cambio de residencia».
- l) 020002-04100-1709-921400, denominada «Previsión del convenio con la Seguridad Social para reconocimiento de servicios».
- m) 020002-04100-1709-921403, denominada «Indemnizaciones por accidentes laborales».
- n) 020002-04100-8318-921400, denominada «Anticipos de sueldo para el personal fijo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos».
- ñ) 020002-04300-1614-211100, denominada «Indemnizaciones por jubilaciones anticipadas».
- o) 051000-02100-2274-132102, denominada «Servicios de seguridad para protección contra la violencia de género».
- p) 051000-02100-6054-132102, denominada «Elementos de seguridad».
2. Las siguientes partidas del Departamento de Economía y Hacienda:
- a) 100000-10100-4709-923900, denominada «AUDENASA. Política comercial».
- b) 110000-11000-4819-923400, denominada «Transferencias al Consejo Económico y Social para su funcionamiento».
- c) 112001-11410-9500-929100, denominada «Crédito global. Artículo 42 de la Ley Foral 13/2007».
- d) 114002-11300-2020-923100, denominada «Arrendamientos de bienes inmuebles».
- e) 114002-11300-3509-923100, denominada «Gastos de la cuenta de Fondo de Carbono».
- f) 114002-11300-6002-923100, denominada «Terrenos y bienes naturales».
- g) 114002-11300-6020-923100, denominada «Edificios y obras de nueva instalación, remodelación y amueblamiento del patrimonio inmobiliario».
- h) 114002-11300-8500-923100, denominada «Adquisiciones de acciones del sector público».
- i) 114002-11300-8600-923100, denominada «Adquisición de acciones y participaciones de fuera del sector público».
- j) 114003-11300-6092-467900, denominada «Proyectos técnicos».
- k) 140001-16000-4400-469100, denominada «Transferencias corrientes a la Agencia Navarra de Innovación y Tecnología, S.A.»
- l) 151000-17330-2273-467900, denominada «Servicios para la recepción e integración de los datos fiscales en los sistemas de información tributaria»
- m) 155003-17144-2272-932103, denominada «Adquisición de cargas sobre bienes de deudores fiscales».
- n) 160000-16100-2269-941100, denominada «Gastos derivados de la asunción de nuevas transferencias».
3. Las siguientes partidas del Departamento de Administración Local:
- a) 211002-21400-4609-456200, denominada «Apoyo para la puesta en funcionamiento del Consorcio para el tratamiento de residuos sólidos urbanos de Navarra».
- b) 211002-21400-7609-456200, denominada «Apoyo para la implantación y establecimiento del Consorcio para el tratamiento de R.S.U. de Navarra o a las entidades consorciadas para este fin».
- c) 211003-21300-7609-456100, denominada «Plan director de depuración y saneamiento de ríos. FEDER. Objetivo 2», en la cuantía necesaria para financiar la anualidad correspondiente al año 2008 según los proyectos acogidos al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
4. Las siguientes partidas del Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio:
- a) 320000-32200-4809-261202, denominada «Gastos fiscales por alquiler de vivienda».
- b) 320000-32200-6020-261200, denominada «Ejercicio de los derechos de tanteo y retracto y adquisición de viviendas».
- c) 320000-32200-4809-261400, denominada «Subvenciones para arrendatarios de vivienda».
- d) 320000-32200-7800-261400, denominada «Subvenciones y subsidios para actuaciones en vivienda. Programa Foral».
- e) 320000-32200-7800-261403, denominada «Gastos fiscales por inversión en vivienda habitual».
5. Las siguientes partidas del Departamento de Educación:
- a) 400000-41000-1310-321100 «Retribuciones del personal contratado temporal centros».
- b) 400000-41000-1600-321100 «Seguridad Social».
- c) 410002-41140-4609-322D00 «Subvención para el funcionamiento de concentraciones escolares y edificios municipales».
- d) 410004-41150-2210-324100 «Comedores».
- e) 410004-41150-2230-324100 «Transporte escolar».
- f) 411000-41700-1239-321100 «Previsión para el reconocimiento de servicios, nuevos complementos, antigüedad, ayuda familiar, reingreso de excedencias y otros del personal funcionario».
- g) 410001-41810-7609-325102 «Convenios con ayuntamientos para obras de escolarización de 0 a 3 años».
- h) 423001-42210-4809-322400 «Becas y ayudas a la educación especial».
- i) 423001-42210-4811-322000 «Ayudas a centros concertados para necesidades educativas específicas».
- j) 431000-43100-6001-325100«Expropiaciones para la Universidad Pública de Navarra».
6. Las siguientes partidas del Departamento de Salud:
- a) Las partidas de código económico 1241, destinadas a retribuciones de sanitarios municipales transferidos, en la cuantía necesaria para cubrir las retribuciones de los funcionarios de la Administración Foral al servicio de la Sanidad Local, que sean transferidos en aplicación de la Ley Foral 22/1985, de 13 de noviembre, de Zonificación Sanitaria de Navarra, y de la Ley Foral 11/1992, de 20 de octubre reguladora del régimen específico del personal adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
- b) Las destinadas a la adquisición de fármacos, con código económico 2215, ubicadas en los programas de gasto 540, 541, 542, 543, 544, 545, 546, 547 y 548, en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
- c) La partida 540000-52000-1239-311100, denominada «Previsión para el reconocimiento de servicios, nuevos complementos, ayuda familiar, grado, antigüedad y otros del personal funcionario».
- d) La partida 540000-52000-1309-311100, denominada «Previsión para el reconocimiento de servicios, antigüedad, nuevos complementos, ayuda familiar y otros».
- e) La partida 541006-52205-2500-311106, denominada «Trasplantes de órganos».
- f) La partida 547001-52310-2500-312200, denominada «Programa de salud bucodental», en la cuantía necesaria para ampliar la asistencia bucodental a la población beneficiaria de forma paulatina hasta los 18 años de edad, conforme a lo establecido en el Decreto Foral 69/2003, de 7 de abril, por el que se modifica el Programa de Atención Dental a la población Infantil y Juvenil.
- g) La partida 547002-52370-4809-313100, denominada «Prestaciones farmacéuticas».
- h) La partida 547002-52370-4809-313102, denominada «Absorbentes y otros productos sanitarios».
7. Las siguientes partidas del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones:
- a) 610004-61300-6019-453102, denominada «Construcción del corredor navarro del tren de alta velocidad».
- b) 621001-61200-2030-453200, denominada «Canon de la autovía A-12 Pamplona-Logroño».
8. Las siguientes partidas del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente:
- a) 700000-71000-4700-411100, denominada «Compensación primas de seguros».
- b) 720000-72130-2276-417100, denominada «Actuaciones para la promoción de regadíos del Canal de Navarra».
- c) 720000-72130-4700-417100, denominada «Canon de los riegos del Canal de Navarra».
- d) 720001-72120-6019-414300, denominada «Obras de reordenación de la propiedad y concentración parcelaria. PDR FEADER».
- e) 721000-72210-7701-413102, denominada «Subvenciones para inversiones en industrialización y comercialización agrarias. PDR FEADER».
- f) 721002-72230-7700-412100, denominada «Mejora de la eficacia de las explotaciones agrarias. PDR FEADER».
- g) 721002-72230-7700-412103 «Subvención para maquinaria y medios de producción».
- h) 730000-72400-6090-412100 «Compra de derechos de viñedo».
9. Las siguientes partidas del Departamento de Innovación, Empresa y Empleo:
- a) 810001-81130-6015-458100, denominada «Inversiones en infraestructura industrial».
- b) 830001-81120-7701-422202, denominada «Subvenciones a fondo perdido por inversión y empleo».
- c) 840001-81210-7709-467303, denominada «Subvenciones a empresas por proyectos de I+D+i, patentes y estudios de viabilidad. FEDER».
- d) 840001-81210-7819-467302, denominada «Subvenciones para la consolidación de centros tecnológicos. FEDER».
- e) 881001-84100-4709-241109, denominada «Transferencias a centros especiales de empleo para operaciones corrientes».
- f) 881001-84100-4819-241104, denominada «Programas para la reinserción laboral de colectivos con mayor dificultad en el empleo PO/3 FSE Navarra».
- g) 881001-84100-7709-241100, denominada «Subvenciones a autónomos para inversiones PO/3 FSE Navarra».
- h) 881001-84100-7709-241200, denominada «Subvenciones a cooperativas y sociedades laborales para apoyo al empleo».
- i) 830001-81120-4709-422200, denominada «Gastos fiscales por creación de empleo».
- j) 830001-81120-7709-422200, denominada «Gastos fiscales por inversión».
- k) 830001-81120-7709-422202, denominada «Gastos fiscales por inversión. Plan Prever».
- l) 840001-81210-7709-467307, denominada «Gastos fiscales por inversión en I+D+i».
10. Las siguientes partidas del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte:
- a) Las de código económico 2279, destinadas a financiar las prestaciones garantizadas que se establezcan en la Cartera de Servicios Sociales de ámbito general prevista en la Ley (sic) 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales, ubicadas en los proyectos 900003, 920004, 920005 y 920006. Si no existe una partida específica para tal fin podrá habilitarse, para conseguir su correcta aplicación.
- b) 900001-91200-4819-143103, denominada «Ayudas para emergencias nacionales e internacionales».
- c) 900002-91600-4809-212100, denominada «Pensiones no contributivas».
- d) 900003-91600-4809-231500, denominada «Ayudas a familias navarras sin medios de subsistencia».
- e) 900003-91700-4609-231500, denominada «Servicios Sociales de Base».
- f) 920006-91830-4809-231402, denominada «Ayudas para la atención de servicios personales en domicilio».
- g) 920006-91830-4809-231403, denominada «Ayudas para asistente personal y mínimos garantizados».
- h) 950002-92300-4809-231704, denominada «Cuotas de niños en centros ajenos».
- i) 920006-91830-4809-231400, denominada «Ayudas para centros ajenos de tercera edad».
- j) 920006-91830-4809-231300, denominada «Ayudas para centros ajenos de personas con discapacidad».
- k) 900003-91600-4809-231502, denominada «Gastos fiscales derivados de las deducciones por pensiones de viudedad».
- l) 900003-91600-4809-231503, denominada «Gastos fiscales, derivados de las deducciones por cotizaciones de personas cuidadoras».
- m) 900002-91600-4809-212103, denominada «Gastos fiscales por aportaciones a sistemas de previsión social».
11. Las siguientes partidas del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana:
- a) A20002-A2500-7800-331100, denominada «Gastos fiscales por inversión en bienes de interés cultural».
- b) A20003-A2310-4819-333100, denominada «Centro de Arte Contemporáneo de Huarte. Gastos de funcionamiento».
12. La siguiente partida del Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno:
Artículo 5 Destino de excedentes de crédito por vacantes
Los excedentes previsibles de créditos por vacantes podrán destinarse a la financiación de contratos temporales, cuando sea necesario para el buen funcionamiento de los servicios, habilitándose al efecto los créditos en el programa correspondiente.
Artículo 6 Gestión de las partidas de gastos de personal pendientes de asignación
1. Dentro del capítulo de gastos de personal, se faculta al Consejero de Presidencia, Justicia e Interior para la gestión de las partidas denominadas «Gastos de personal pendientes de asignación», al objeto de atender nuevas necesidades de personal que se produzcan en el ámbito de la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos.
2. Los movimientos de fondos dentro del capítulo de gastos de personal que afecten a las partidas señaladas en el punto anterior no tendrán la consideración de modificaciones presupuestarias a los efectos de lo dispuesto en la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra.