Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Euskera
- Órgano PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE NAVARRA
- Publicado en BON núm. 154 de 17 de Diciembre de 1986
- Vigencia desde 18 de Diciembre de 1986. Revisión vigente desde 07 de Julio de 2017
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- PREÁMBULO
- TITULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
- TITULO PRIMERO. Del uso normal y oficial
- TITULO II. De la enseñanza
- TITULO III. De los medios de comunicación social
- DISPOSICIONES ADICIONALES
- DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- DISPOSICIONES FINALES
- Norma afectada por
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- 7/7/2017
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LF 9/2017 de 27 Jun. CF Navarra (modificación del título y el articulado de LF 18/1986 de 15 Dic., del Vascuence)
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Título redactado por el artículo 1 de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
Letra a) del artículo 5 redactada por el artículo 2 de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio) y su corrección de errores («B.O.N.» 14 agosto).
Letra b) del artículo 5 redactada por el artículo 3 de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio) y sus correcciones de errores («B.O.N.» 12 julio y 14 agosto).
Disposición adicional primera numerada por el artículo 4 de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio), su contenido literal se corresponde con la anterior Disposición adicional.
Disposición adicional segunda introducida por el artículo 5 de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
La expresión «euskera» ha sido introducida, en sustitución de la anterior «vascuence», conforme establece la disposición adicional de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence («B.O.N.» 6 julio).
- 11/3/2015
- 1/1/2010
Preámbulo
Dentro del patrimonio cultural de las Comunidades, las lenguas ocupan un lugar preeminente. Su carácter instrumental de vehículo de comunicación humana por excelencia, hace de ellas soporte fundamental de la vida social, elemento de identificación colectiva y factor de convivencia y entendimiento entre los miembros de las sociedades. Al mismo tiempo, las lenguas son símbolo y testimonio de la historia propia, en la medida que recogen, conservan y transmiten a lo largo de las generaciones la experiencia colectiva de los pueblos que las emplean.
La condición dinámica del fenómeno lingüístico y la complejidad y variedad de los factores que en él intervienen, han dado lugar históricamente a continuas fluctuaciones en lo que a la implantación de las lenguas en las Comunidades se refiere: La expansión de unas y el retroceso de otras, forzados en ocasiones por motivos de orden extralingüístico, son sin duda las más significativas. En estos cambios han intervenido frecuentemente actitudes opuestas a las que fundamentan el hecho comunicativo, propiciadas por quienes atribuyen erróneamente a las lenguas, un poder disgregador o no alcanzan a ver la riqueza última que esconde la pluralidad de lenguas.
Aquellas Comunidades que, como Navarra, se honran en disponer en su patrimonio de más de una lengua, están obligadas a preservar ese tesoro y evitar su deterioro o su pérdida. Mas la protección de tal patrimonio no puede ni debe ejercerse desde la confrontación u oposición de las lenguas, sino como establece el artículo 3.º 3 de la Constitución, reconociendo en ellas un patrimonio cultural que debe ser objeto de especial respecto y protección.
Sobre estos principios se asienta esta Ley Foral que viene a dar cumplimiento al referido mandato constitucional y desarrollar las previsiones contenidas en el artículo 9.º de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra.