Ley Foral 6/2007, de 23 de marzo, por la que se establecen los requisitos para poder percibir la prima de jubilación voluntaria complementaria del personal docente no universitario que solicite la jubilación voluntaria anticipada, al amparo de la disposición transitoria segunda de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y por la que se fija la cuantía de dicha prima de jubilación voluntaria anticipada.

Ficha:
  • Órgano PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE NAVARRA
  • Publicado en BON núm. 40 de y BOE núm. 100 de
  • Vigencia desde 03 de Abril de 2007. Esta revisión vigente desde 18 de Noviembre de 2008
Versiones/revisiones: