Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2021/546 de la Comisi髇, de 29 de marzo de 2021, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de extrusiones de aluminio originarias de la Rep鷅lica Popular China

Ficha:
  • 觬ganoCOMISION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL n鷐. 109 de 30 de Marzo de 2021
  • Vigencia desde 31 de Marzo de 2021. Revisi髇 vigente desde 25 de Junio de 2022
Versiones/revisiones:
(1)

DO L 176 de 30.6.2016, p. 21, modificado.

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(2)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2020/1215 de la Comisi髇, de 21 de agosto de 2020, por el que se someten a registro las importaciones de extrusiones de aluminio originarias de la Rep鷅lica Popular China (DO L 275 de 24.8.2020, p. 16).

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(3)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2020/1428 de la Comisi髇, de 12 de octubre de 2020, por el que se establece un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de extrusiones de aluminio originarias de la Rep鷅lica Popular China (DO L 336 de 13.10.2020, p. 8).

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(4)

Reglamento n. 1 por el que se fija el r間imen lingstico de la Comunidad Econ髆ica Europea (DO 17, de 6.10.1958, p. 385/58).

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(5)

V閍se, a este respecto, la sentencia del Tribunal General de 13 de julio de 2011, ThyssenKrupp Liften Ascenseurs y otros/Comisi髇, asuntos T-144/07, T-147/07, T-148/07, T-149/07, T-150/07 y T-154/07, ECLI:EU:T:2011:364, apartado 86. V閍se tambi閚 el art韈ulo 2 del Reglamento n. 1/1958.

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(6)

Reglamento Delegado (UE) 2020/1173 de la Comisi髇, de 4 de junio de 2020, por el que se modifican el Reglamento (UE) 2016/1036 relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de pa韘es no miembros de la Uni髇 Europea y el Reglamento (UE) 2016/1037 sobre la defensa contra las importaciones subvencionadas originarias de pa韘es no miembros de la Uni髇 Europea en lo que respecta a la duraci髇 del per韔do de comunicaci髇 previa (DO L 259 de 10.8.2020, p. 1).

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(7)

Decisi髇 de la Defensora del Pueblo Europeo en el asunto 924/2020/TE, de 20 de octubre de 2020.

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(8)

Reglamento (CE) n. 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del p鷅lico a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisi髇 (DO L 145 de 31.5.2001, p. 43).

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(9)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2017/1480 de la Comisi髇, de 16 de agosto de 2017, por el que se establece un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de determinados art韈ulos de hierro de fundici髇 originarios de la Rep鷅lica Popular China (DO L 211 de 17.8.2017, p. 14).

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(10)

V閍se el anuncio de inicio en el Diario Oficial de la Uni髇 Europea (DO C 268 de 14.8.2020, p. 5).

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(11)

Reglamento (CE) n. 553/2006 de la Comisi髇, de 23 de marzo de 2006, por el que se establece un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de determinado calzado con parte superior de cuero procedentes de la Rep鷅lica Popular China y de Vietnam (DO L 98 de 6.4.2006, p. 3). Reglamento (CE) n. 1472/2006 del Consejo, de 5 de octubre de 2006, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de determinado calzado con parte superior de cuero procedentes de la Rep鷅lica Popular China y de Vietnam (DO L 275 de 6.10.2006, p. 1).

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(12)

V閍se la sentencia del Tribunal General de 13 de septiembre de 2010, Whirlpool Europe/Consejo, T-314/06, ECLI:EU:T:2010 II-05005, apartado 138.

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(13)

V閍se, por ejemplo, la sentencia del Tribunal General de 28 de febrero de 2018 en el asunto C-301/16P, Comisi髇/Xinyi PV Products (Anhui), ECLI:EU:C:2018:132, apartado 56.

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(14)

V閍se el sitio web de Haomei, en el que se describe un concurso de construcci髇 del partido en diciembre de 2019: http://www.haomei-alu.com/Newsview.aspx?i=1179 (consultado el 17 de noviembre de 2020).

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(15)

V閍se el sitio web de la Asociaci髇 de la Industria del Perfil de Aluminio Foshan Nanhai, en el que se describe un acto de construcci髇 del partido que tuvo lugar en septiembre de 2020: http://www.napa.org.cn/news_detail.php?id=1878 (consultado por 鷏tima vez el 17 de noviembre de 2020).

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(16)

Principio general del Derecho de la Uni髇 Europea (v閍nse la sentencia de 3 de diciembre de 1998, Belgocodex SA, C-381/97, ECLI:EU:C:1998:589, y la sentencia de 26 de abril de 2005, Stichting 獹oed Wonen, C-376/02, ECLI:EU:C:2005:251).

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(17)

V閍se el aviso de OPI de Guangdong Haomei (marzo de 2019): http://pdf.dfcfw.com/pdf/H2_AN201904121318887721_1.pdf (consultado por 鷏tima vez el 17 de noviembre de 2020).

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(18)

V閍se el sitio web del Gobierno municipal de Qingyuan, http://www.gdqy.gov.cn/gdqy/zxzx/bmdt/content/post_1171116.html (consultado por 鷏tima vez el 17 de noviembre de 2020).

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(19)

V閍se el sitio web de la NDRC, Haomei New Materials se menciona con el n鷐ero 1197 en la lista oficial de empresas con la condici髇 de Centro Nacional de Tecnolog韆 Empresarial: https://www.ndrc.gov.cn/xxgk/zcfb/tz/202001/P020200109540064113144.pdf

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(20)

Seg鷑 la OPI de Haomei: 玔Haomei] fue reconocida como Centro Nacional de Tecnolog韆 Empresarial y como base experimental de Guangdong para la innovaci髇 y la industrializaci髇 de las pymes, y recibi el apoyo normativo nacional y local pertinente. Disponible en http://www.csrc.gov.cn/pub/zjhpublic/G00306202/201910/P020191015564364143717.pdf

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(21)

V閍se el sitio web de la NDRC https://www.ndrc.gov.cn/xxgk/zcfb/tz/202001/t20200109_1218736.html

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(22)

V閍nse las medidas de gesti髇 para el reconocimiento como Centro Nacional de Tecnolog韆 Empresarial disponibles en http://www.gov.cn/xinwen/2016-03/24/5057350/files/3d4f511db7454c06a20ece567157662a.pdf (consultado por 鷏tima vez el 23 de noviembre de 2020).

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(23)

Documento de trabajo de los servicios de la Comisi髇 sobre las distorsiones significativas en la econom韆 de la Rep鷅lica Popular China a efectos de las investigaciones de defensa comercial, de 20 de diciembre de 2017, SWD(2017) 483 final/2.

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(24)

www.turkstat.gov.tr

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(25)

Los vol鷐enes de las importaciones procedentes del pa韘 afectado se establecieron provisionalmente de la siguiente manera. Se tuvieron en cuenta todos los vol鷐enes clasificados en los c骴igos NC 7604 21 00, 7604 29 10, 7604 29 90, 7608 20 81 y 7608 20 89, ya que todos los productos clasificados en ellos est醤 incluidos en el producto afectado; el 95 % de los vol鷐enes correspondientes al c骴igo NC 7610 90 90 tambi閚 se consideraron como parte del producto objeto de investigaci髇 鷑icamente para el pa韘 afectado; las importaciones del producto afectado clasificadas en los c骴igos NC ex 7604 10 10, 7604 10 90 y 7608 10 00 se consideraron insignificantes.

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(26)

Los precios del producto afectado para el per韔do de investigaci髇 se obtuvieron a partir de los datos aduaneros nacionales. Estos precios fueron un 14 % superiores al precio de los cinco c骴igos NC. Esta diferencia se utiliz para fijar el precio para los a駉s 2016 a 2018.

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(27)

Datos basados en las importaciones notificadas por ocho Estados miembros que representaban el 84 % de las importaciones durante el per韔do de investigaci髇. Los vol鷐enes se extrapolaron a las importaciones de todos los Estados miembros

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(28)

Los ocho c骴igos NC son ex 7604 10 10, ex 7604 10 90, 7604 21 00, 7604 29 10, 7604 29 90, ex 7608 10 00, 7608 20 81 y 7608 20 89.

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(29)

Los ocho c骴igos NC son ex 7604 10 10, ex 7604 10 90, 7604 21 00, 7604 29 10, 7604 29 90, ex 7608 10 00, 7608 20 81 y 7608 20 89.

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(30)

Los datos de Eurostat se extrajeron en noviembre de 2020 y, por consiguiente, contienen peque馻s diferencias en comparaci髇 con los datos presentados en el Reglamento provisional.

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(31)

Los precios del producto afectado para el per韔do de investigaci髇 se obtuvieron a partir de los datos aduaneros nacionales. Estos precios fueron un 11 % superiores al precio de los cinco c骴igos NC. Esta diferencia se utiliz para fijar el precio para los a駉s 2016 a 2018.

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(32)

Datos basados en las importaciones notificadas por siete Estados miembros que representaron el 83 % de las importaciones durante el per韔do de investigaci髇. Los vol鷐enes se extrapolaron a las importaciones para todos los Estados miembros.

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(33)

Los ocho c骴igos NC son ex 7604 10 10, ex 7604 10 90, 7604 21 00, 7604 29 10, 7604 29 90, ex 7608 10 00, 7608 20 81 y 7608 20 89.

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(34)

Igual que anteriormente.

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(35)

dado el escaso impacto de las ventas al Reino Unido, seg鷑 se describe m醩 adelante, el consumo de la Uni髇 se basa parcialmente en las cifras relativas a la EU-28, que se consideran representativas para la EU-27).Fuente: European Aluminium y Eurostat.

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(36)

dado el escaso impacto de las ventas al Reino Unido, tal como se describe m醩 abajo, la cuota de mercado de la industria de la Uni髇 se basa parcialmente en las cifras relativas a la EU-28, que se consideran representativas para la EU-27).Fuente: European Aluminium y Eurostat.

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(37)

Los datos de Eurostat fueron extra韉os en noviembre de 2020 y, por consiguiente, contienen peque馻s diferencias en comparaci髇 con los datos presentados en el Reglamento provisional.ESDiario Oficial de la Uni髇 Europea L 109/42 30.3.2021

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(38)

OCDE: 玀easuring distortions in international markets: the aluminium value chain, OECD Trade Policy Papers, n. 218, OECD Publishing, Par韘, 2019. (Disponible en la siguiente direcci髇: http://dx.doi.org/10.1787/c82911ab-en).

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(39)

Comunicaci髇 de la Comisi髇 獷l Pacto Verde Europeo, COM(2019) 640 final.

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(40)

V閍se el Reglamento (UE) 2019/2220 del Consejo, de 19 de diciembre de 2019, por el que se modifica el Reglamento (UE) n. 1388/2013 relativo a la apertura y modo de gesti髇 de contingentes arancelarios aut髇omos de la Uni髇 para determinados productos agr韈olas e industriales (DO L 333 de 27.12.2019, p. 33), que prev dos contingentes arancelarios aut髇omos de i) 2 000 toneladas de barras de aleaci髇 de aluminio con un di醡etro superior o igual a 200 mm, pero inferior a 300 mm y de ii) 1 000 toneladas de barras de aleaci髇 de aluminio con un di醡etro superior o igual a 300,1 mm, pero inferior a 533,4 mm.

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(41)

V閍se el Reglamento (UE) 2019/2197 del Consejo, de 19 de diciembre de 2019, que modifica el Reglamento (UE) n. 1387/2013 por el que se suspenden los derechos aut髇omos del arancel aduanero com鷑 sobre algunos productos agr韈olas e industriales (DO L 335 de 27.12.2019, p. 1) y siguientes.

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(42)

Comisi髇 Europea, Direcci髇 General de Comercio, Direcci髇 G, Rue de la Loi 170, 1040 Bruselas (B閘gica).

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(43)

Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Uni髇, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n. 1296/2013, (UE) n. 1301/2013, (UE) n. 1303/2013, (UE) n. 1304/2013, (UE) n. 1309/2013, (UE) n. 1316/2013, (UE) n. 223/2014 y (UE) n. 283/2014 y la Decisi髇 n. 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n. 966/2012 (DO L 193 de 30.7.2018, p. 1).

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