Orden de 2 de febrero de 1994. Se aclara el alcance de la exención en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles prevista en el art. 11.3, A) de los Acuerdos de Cooperación del Estado con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, con la Federación de Comunidades Israelitas de España y con la Comisión Islámica de España.