Orden de 13 de abril de 2000 por la que se establece el procedimiento para hacer efectiva la práctica de retención al tipo que corresponda en cada caso, o la exclusión de retención, sobre los intereses y los dividendos obtenidos sin mediación de establecimiento permanente por contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes derivados de la emisión de valores negociables, a excepción de los intereses derivados de determinados valores de la Deuda Pública.

Ficha:
  • Órgano MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA
  • Publicado en BOE núm. 93 de
  • Vigencia desde 19 de Abril de 2000
Versiones/revisiones: