Resoluci髇 de 10 de abril de 2006, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de la Administraci髇 Tributaria, en la que se recogen las instrucciones para la formalizaci髇 del Documento 趎ico Administrativo

Ficha:
  • 觬gano MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA
  • Publicado en BOE n鷐. 103 de
  • Vigencia desde 01 de Mayo de 2006. Revisi髇 vigente desde 01 de Mayo de 2006
Versiones/revisiones:
(1)

En Espa馻, Canarias; en la Rep鷅lica Francesa, los Departamentos de ultramar y en la Rep鷅lica Hel閚ica, Monte Athos.

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(2)

Por ejemplo: pesca de altura no incluida en la exenci髇 prevista en el art. 59 de la Ley 37/92.

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(3)

Las personas que presenten declaraciones de mercanc韆 expedida desde otra parte del territorio nacional, actuando por cuenta ajena, tanto mediante representaci髇 directa o como indirecta, deber醤 hacerlo mediante transmisi髇 electr髇ica de datos (EDI). No estar醤 obligados a ello si el volumen de sus declaraciones por a駉 no supera las 100.

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(4)

Cuando se trate de mercanc韆 exportada desde la Pen韓sula, Baleares o de las Islas Canarias, v閍se el Ap閚dice VIII de esta Resoluci髇

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(5)

En cumplimiento del Reglamento CE 2254/93 de la Comisi髇, de 2-07-93, (DOCE N L-253/93), los intercambios de mercanc韆s comunitarias que circulen desde o hacia una parte del territorio comunitario excluido del 醡bito de aplicaci髇 de la Directiva 77/388/CEE deber醤 efectuarse al amparo del procedimiento de tr醤sito comunitario fiscal (T2F o documento equivalente) o un justificante del car醕ter comunitario (T2LF).

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(6)

C骴igo a efectos de la grabaci髇 de las garant韆s presentadas en el Departamento de Aduanas

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(7)

Esta clave de r間imen no est prevista en Espa馻.

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(8)

Claves que solo pueden ser utilizadas como r間imen precedente.

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