Absuelta la acusada que facilitó el acceso de la señal de «Digital+» que tenía contratada, a todas las viviendas de su Comunidad de Propietarios 27 de noviembre de 2014 Jurisprudencia Delitos contra el mercado La colocación de un potenciador de señal del descodificador de Digital+ en la antena colectiva de un edificio de propietarios, empleando un sistema de cableado, antena y amplificadores de señal no prohibidos en el ámbito de la Unión Europea, determina la atipicidad de la conducta en relación con el delito contra el mercado y los consumidores del art. 286.3 CP.
Se incrementará el papel del notario en el control de las cláusulas abusivas 23 de marzo de 2015 Noticias Notariado Se pretende que, cuando los contratos que contengan condiciones generales sean otorgados o elevados a instrumento público, el notario vele porque se cumpla la obligación de transparencia exigida por la legislación de consumidores.
La relación contractual entre un abogado y sus clientes personas físicas, está sometida a la normativa comunitaria sobre protección de los consumidores 22 de enero de 2015 Noticias Abogacía El TJUE ha establecido que la Directiva 93/13/CEE, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, es aplicable a los contratos tipo de servicios jurídicos concluidos por un abogado con una persona física que actúa con un propósito ajeno a su actividad profesional.
El Notariado abre una página web que ofrece información sobre cláusulas abusivas en materia de consumo 21 de enero de 2015 Noticias Cláusulas abusivas El Órgano de Control de Cláusulas Abusivas del Consejo General del Notariado ha creado la página web http://www.occa.notariado.org, para ofrecer información sobre las cláusulas declaradas abusivas por ley o por una sentencia judicial. Asimismo incluye información específica sobre los medios al alcance de los notarios para proteger jurídicamente los derechos de los consumidores y sobre los servicios notariales útiles para este fin.
Las tasas judiciales: cronología de una figura polémica 16 de marzo de 2015 Noticias La entrada en vigor del Real Decreto Ley 1/2015, el pasado 1 de marzo, vino a poner fin a una de las demandas más unánimes e insistente de todos los profesionales relacionados con el ámbito de la Justicia: la supresión o limitación de las tasas judiciales. Es cierto que con esta norma las tasas no han desaparecido en su totalidad, pues todavía subsiste esta figura para las personas jurídicas que no gocen del beneficio de justicia gratuita. Pero, como ha señalado recientemente el CGAE, la desaparición de las tasas al menos para las personas físicas “es una victoria de los ciudadanos y de la Abogacía que durante tres años ha encabezado el clamor social y la batalla contra las tasas junto a todos los operadores jurídicos, partidos políticos, los sindicatos, las asociaciones de consumidores y asociaciones y colectivos de abogados.” En Noticias Jurídicas os hemos ido dando cuenta puntual de todos los acontecimientos que han tenido lugar alrededor de esta figura, desde su promulgación a su derogación, pasando por su modificación parcial en febrero de 2013 y la dimisión del ministro de Justicia que las impulsó. Por eso creemos que puede ser interesante repasar ahora lo principal de esa cronología, como testimonio de lo que ocurrió y de cómo os lo contamos.
Nulidad por abusivo del aval prestado por unos padres a su hijo en un préstamo hipotecario 14 de octubre de 2014 Jurisprudencia Aval solidario Según una sentencia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de San Sebastián, al concurrir la garantía hipotecaria con la personal del avalista, a la responsabilidad patrimonial universal de "la totalidad del patrimonio del deudor principal", se une "la real sobre el bien hipotecado, y la personal añadida de los avalistas", lo que se considera "abusivo" conforme a la Disp. Adic.l 1ª, ap. 18, de la Ley de Defensa de Consumidores y Usuarios.
Requisitos para considerar abusiva la cláusula de un contrato que permite al vendedor retener las cantidades entregadas a cuenta por el comprador en caso de resolución por incumplimiento de este 26 de junio de 2014 Jurisprudencia Cláusulas abusivas Según el TS, el art. 87.2 del TR de la para la defensa de los consumidores, no es aplicable a la cláusula penal prevista para la resolución por incumplimiento del contrato imputable al consumidor. Para enjuiciar la abusividad de la cláusula conforme a este criterio es preciso comparar la cantidad que resulta de la aplicación de la cláusula penal con el valor de los daños y perjuicios efectivamente causados al predisponente. Y para valorar si la indemnización prevista en la cláusula penal es desproporcionadamente alta, lo procedente es hacer un enjuiciamiento concreto, que compare el importe resultante de la aplicación de la cláusula penal y el importe acreditado de los daños y perjuicios efectivamente sufridos por el predisponente.
Un nuevo auto acuerda la suspensión cautelar del pago de la cláusula suelo de un préstamo hipotecario 14 de marzo de 2014 Jurisprudencia Cláusulas suelo Procedencia de la medida en el caso de una viuda con ingresos mensuales que la sitúan en el umbral de exclusión, por lo que no se resulta justo que siga pagando por cláusulas abusivas. No puede estimarse que se esté ante una situación de hecho consentida por la deudora porque un consumidor medio, como la actora, poca noción tenía de lo que era la cláusula suelo hasta que la opinión pública se hizo eco de las denuncias de las asociaciones de consumidores sobre la abusividad de tales cláusulas y la generalización de la misma derivada de la sentencia del TS de 9 de mayo de 2013.
El TS ratifica la preponderancia de la libertad de información frente al derecho al honor, cuando la información difundida tiene relevancia pública y es veraz 12 de diciembre de 2013 Jurisprudencia Derecho al honor La difusión de la noticia de que una entidad ha sido sancionada administrativamente, excluyéndola del libro registro de Asociaciones de Consumidores del Instituto Nacional del Consumo no constituye una vulneración de su derecho al honor, pues la ponderación de los derechos en conflicto no permite declarar que prevalece el derecho al honor de la demandante sobre la libertad de información de la demandada, ya que no concurriendo la falta de veracidad no cabe enervar la prevalencia que ostenta el derecho a la libertad de información.
Un Juzgado de lo Mercantil de Córdoba obliga a CajaSur a eliminar las cláusulas suelo sin esperar a la sentencia Supremo 05 de noviembre de 2013 Jurisprudencia Cláusulas suelo En virtud de la decisión del juzgado, la entidad ejecutará provisionalmente la sentencia, por lo que dejará de aplicar "temporalmente" algunas cláusulas suelo incluidas en los préstamos suscritos con consumidores. Dicha suspensión "afecta solo a las cláusulas que prevén un suelo del tres o cuatro por ciento y un techo del 12 por ciento".
No se puede exigir el pago de unos supuestos consumos de electricidad atrasados cuando la factura no se emitió en tiempo y forma. 02 de octubre de 2013 Jurisprudencia Consumidores y usuarios Ante el evidente exceso en la factura, el cliente formuló una reclamación ante el servicio de Consumo, a la que la compañía demandada respondió mediante la remisión de un aviso de impago, con el apercibimiento de rescindir el suministro para el caso de no abonarla, pero sin que, en ningún momento, diera ninguna explicación sobre la naturaleza de la factura, y sobre si ésta se refería a un período anterior no cobrado. La sentencia es firme.
Juzgado Mercantil 1 de Bilbao declara abusivo el cobro de ‘comisiones por reclamación de posiciones deudoras’ por los ‘números rojos’ en una cuenta 18 de diciembre de 2012 Jurisprudencia Cláusula abusiva bancaria La sentencia falla que esta comisión supone un abuso de la posición de dominio contractual de la entidad financiera y la declara cláusula abusiva, de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Consumidores y Usuarios (artículo 82).
El Tribunal Supremo rechaza apelación de terceros por no ser consumidores ni concurrir rasgos de usura 08 de octubre de 2012 Jurisprudencia Nulidad de un contrato de préstamo La Sentencia dictada por esta Sala el día 18 de junio de 2012 desestima el recurso de casación en el que, con solicitud de revocación de la Sentencia dictada en apelación, se pretendía la nulidad de un contrato de préstamo por ser contrario a la Ley de represión de la usura o, subsidiariamente, la nulidad de una de sus cláusulas –la tercera- por ser contraria al apartado 1.a) y 2 del artículo 10 de la Ley 26/1984, de 19 de julio General para la defensa de los consumidores y usuarios. La Sentencia de apelación desestimó el recurso de los prestatarios en atención a que no reunían la condición de consumidores y al carácter negociado de las cláusulas contractuales. Rechazó igualmente el pretendido carácter usurario del préstamo por no concurrir los presupuestos para la aplicación de la Ley de represión de la usura.
Un vendedor de viajes aéreos no puede incluir por defecto un seguro de anulación de vuelo en la venta de billetes de avión a través de Internet 05 de septiembre de 2012 Jurisprudencia Seguro de anulación Una asociación alemana de protección de los consumidores demandó a una sociedad que gestiona un portal de Internet a través del cual comercializa viajes aéreos, ante los tribunales alemanes para que abandonara la práctica consistente en incluir por defecto un seguro de anulación en la tarifa aérea. En este contexto, el Oberlandesgericht Köln (Tribunal de apelación de Colonia) preguntó al Tribunal de Justicia si los precios de esos servicios prestados por terceros, facturados al cliente por la sociedad que vende el vuelo junto a la tarifa aérea, en forma de un precio global, constituyen «suplementos opcionales de precio», de manera que los servicios controvertidos deban proponerse sobre una base de opción de inclusión.
Una legislación nacional puede establecer la nulidad de un contrato celebrado entre un consumidor y un profesional que contenga una cláusula abusiva si ello garantiza una mejor protección del consumidor 15 de marzo de 2012 Jurisprudencia DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES La Directiva 93/13 dispone que las cláusulas abusivas de un contrato celebrado entre un consumidor y un profesional formuladas por éste no vinculan al consumidor. A este respecto, una cláusula debe considerarse abusiva si, pese a las exigencias de la buena fe, causa en detrimento del consumidor un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes que se derivan del contrato. No obstante, el contrato que contenga tal cláusula sigue siendo obligatorio para las partes si puede subsistir sin ella.
La Audiencia de Murcia condena a Telefónica por cortar el teléfono a un cliente ante el impago de un ADSL que no había contratado 03 de febrero de 2012 Jurisprudencia DEFENSA A LOS CONSUMIDORES La Audiencia de Murcia ha condenado a la compañía Telefónica de España a indemnizar con 3.000 euros a un cliente al que cortó el servicio general del teléfono y lo incluyó en un registro de morosos ante el impago de un servicio de ADSL que no había solicitado.
El Tribunal Supremo deja sin efecto el archivo de cuatro delitos fiscales imputados a Carlos Fabra 02 de diciembre de 2011 Jurisprudencia TRIBUNAL SUPREMO La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha acordado, en sentencia, estimar el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Fiscal, la Administración Tributaria y la Unión de Consumidores de la Comunidad Valenciana y dejar sin efecto el sobreseimiento decretado por la Audiencia Provincial de Castellón.
Nulidad por abusivo del aval prestado por unos padres a su hijo en un préstamo hipotecario 14 de octubre de 2014 Jurisprudencia Aval solidario Según una sentencia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de San Sebastián, al concurrir la garantía hipotecaria con la personal del avalista, a la responsabilidad patrimonial universal de "la totalidad del patrimonio del deudor principal", se une "la real sobre el bien hipotecado, y la personal añadida de los avalistas", lo que se considera "abusivo" conforme a la Disp. Adic.l 1ª, ap. 18, de la Ley de Defensa de Consumidores y Usuarios.
Requisitos para considerar abusiva la cláusula de un contrato que permite al vendedor retener las cantidades entregadas a cuenta por el comprador en caso de resolución por incumplimiento de este 26 de junio de 2014 Jurisprudencia Cláusulas abusivas Según el TS, el art. 87.2 del TR de la para la defensa de los consumidores, no es aplicable a la cláusula penal prevista para la resolución por incumplimiento del contrato imputable al consumidor. Para enjuiciar la abusividad de la cláusula conforme a este criterio es preciso comparar la cantidad que resulta de la aplicación de la cláusula penal con el valor de los daños y perjuicios efectivamente causados al predisponente. Y para valorar si la indemnización prevista en la cláusula penal es desproporcionadamente alta, lo procedente es hacer un enjuiciamiento concreto, que compare el importe resultante de la aplicación de la cláusula penal y el importe acreditado de los daños y perjuicios efectivamente sufridos por el predisponente.
Un nuevo auto acuerda la suspensión cautelar del pago de la cláusula suelo de un préstamo hipotecario 14 de marzo de 2014 Jurisprudencia Cláusulas suelo Procedencia de la medida en el caso de una viuda con ingresos mensuales que la sitúan en el umbral de exclusión, por lo que no se resulta justo que siga pagando por cláusulas abusivas. No puede estimarse que se esté ante una situación de hecho consentida por la deudora porque un consumidor medio, como la actora, poca noción tenía de lo que era la cláusula suelo hasta que la opinión pública se hizo eco de las denuncias de las asociaciones de consumidores sobre la abusividad de tales cláusulas y la generalización de la misma derivada de la sentencia del TS de 9 de mayo de 2013.