Domicilio

20 entradas

Comienza la desescalada: condiciones de apertura de comercios y de establecimientos de hostelería

04 de mayo de 2020 Noticias DESESCALADA

Cita previa, distancia de seguridad interpersonal y estrictas medidas higiénicas son las condiciones que la Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, impone a locales y establecimientos de comercio para su reapertura al público en la fase inicial del Plan de transición, que comienza el 4 de mayo. En las actividades de hostelería y restauración, además del servicio de entrega a domicilio, ya permitido, se autoriza ahora la recogida en el propio establecimiento, con las medidas de higiene, prevención y aforo que se disponen.

Se autorizan los desplazamientos para el cuidado de huertos durante el estado de alarma

01 de mayo de 2020 Noticias ESTADO DE ALARMA

La Orden SND/381/2020, de 30 de abril, permite el desplazamiento para el cuidado y recolección de los huertos que se hallen en el mismo término municipal que el domicilio o en uno adyacente. Este requisito de proximidad podrá exceptuarse para el cuidado y alimentación de animales y el cuidado o recolección de huertos de autoconsumo. Los trabajos se realizarán de forma individual y por el tiempo indispensable.

Analizamos la Orden que regula los paseos de los menores de 14 años para aliviar su confinamiento

25 de abril de 2020 Noticias ESTADO DE ALARMA

La Orden SND/370/2020, de 25 de abril, permite a los menores de 14 años un paseo diario de una hora como máximo y a una distancia de su domicilio no superior a un kilómetro, entre las 9 de la mañana y las 9 de la noche. Deberán ir acompañados de un adulto responsable y no podrán acceder a espacios recreativos infantiles ni a instalaciones deportivas.  

Modificaciones en el real decreto de declaración del estado de alarma por coronavirus

18 de marzo de 2020 Noticias LEGISLACIÓN

El Consejo de Ministros ha corregido este martes alguno de los errores que contenía el decreto inicial de estado de alarma. Entre otras medidas, el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, amplía la limitación de la libertad de circulación por las vías de uso público a otros espacios de uso público, como por ejemplo las playas. La circulación de personas permitida deberá realizarse de manera individual, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores o personas mayores y se limita la actividad de peluquería a los servicios a domicilio. La suspensión de los trámites administrativos no afectará a los de afiliación, liquidación y cotización de la Seguridad Social, ni a los plazos tributarios, en particular a los de presentación de declaraciones y autoliquidaciones.