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Los sistemas de videovigilancia de viviendas particulares, que graban también la vía pública, están sometidos a la normativa sobre protección de datos

12 de diciembre de 2014 Noticias Protección de datos

Según el TJUE,  la utilización de un sistema de videovigilancia en la vivienda familiar de una persona física, con el fin de proteger los bienes, la salud y la vida de los propietarios de la vivienda, y cuya vigilancia cubre también el espacio de la vía pública, está incluido dentro del ámbito del tratamiento automatizado de datos personales, pues no puede considerarse como una actividad exclusivamente personal o doméstica excepcionada del mismo.

El administrador de una comunidad de propietarios no tiene la consideración de administrador social a efectos del delito de administración desleal

04 de noviembre de 2014 Jurisprudencia Administración desleal

Un administrador de fincas es un profesional liberal que tiene por cometido prestar los servicios correspondientes a comunidades de propietarios y vecinos, con los que les une un arrendamiento de servicios, por lo que en modo alguno puede considerarse que las comunidades de propietarios sean sociedades --ni mercantiles ni civiles--, ni el administrador de las mismas puede ser estimado como administrador de la sociedad a efectos del art. 297 CP.

Obligación de los locales comerciales de contribuir al pago de la instalación de rampas salva escaleras acordada por la junta de propietarios

El propietario de un local comercial debe contribuir, con arreglo a su cuota, a los gastos derivados de la instalación por la comunidad de propietarios de una plataforma elevadora «salva escaleras» para la supresión de barreras arquitectónicas en el inmueble, incluso si existe una previsión estatutaria en la que se le eximía de contribuir a los gastos de ascensor.

La declaración de nulidad por abusiva de una cláusula penal para el caso de desistimiento de un contrato de servicios, no permite la moderación judicial

El TS fija como doctrina jurisprudencial que la declaración de abusividad de las cláusulas predispuestas bajo condiciones generales de un contrato que expresamente prevean una pena convencional para el caso de desistimiento unilateral de las partes, no permite la facultad judicial de moderación equitativa de la pena. Por tanto, una comunidad de propietarios no está obligada a pagar indemnización por la cláusula penal por desistimiento unilateral prevista en un contrato de mantenimiento de ascensores, declarada nula por abusiva.

No pueden denegarse por la junta de propietarios unas obras que faciliten la accesibilidad a la finca de un minusválido si no son dañinas para los demás propietarios

18 de noviembre de 2013 Jurisprudencia Propiedad horizontal

El carácter mayoritario del acuerdo de la junta de propietarios no es motivo bastante para negar la autorización para unas obras que no se ha demostrado --ni siquiera alegado-- que fueran perjudiciales o dañinas para los demás propietarios. La normativa vigente impone unos límites a la propiedad privada, en interés del derecho de los discapaces a poder usar los inmuebles en igualdad de oportunidades y sin discriminación.

Condenados los tres propietarios de un piso por mobbing inmobiliario a su inquilina

29 de febrero de 2012 Jurisprudencia MOBBING INMOBILIARIO

Sentencia del Juzgado de lo Penal de Barcelona. Se condena como autor de un delito de coacciones a uno de los acusados a la pena de dos años de prisión; y a los otros dos a un año y nueve meses de prisión por el mismo delito. La sentencia recuerda que los actos de violencia en las personas o cosas, en el ámbito del mobbing inmobiliario, no son exclusivos de los titulares o dueños, sino cualquiera que los cometa con la finalidad de impedir el disfrute de la vivienda.

El Tribunal Supremo fija doctrina para que pueda dividirse una finca sin permiso de los vecinos

23 de enero de 2012 Jurisprudencia DOCTRINA

La Sala Primera del Tribunal Supremo ha resuelto un recurso de casación por interés casacional en el que fija como doctrina jurisprudencial la siguiente: «la validezde las segregaciones o divisiones autorizadas por los estatutos de la comunidad de propietarios, sin necesidad de posterior acuerdo adoptado en junta de propietarios, siempre que las mismas se realicen según la previsión contenida en aquellos y no comporten alteración de las cuotas de participación».

El administrador de una comunidad de propietarios no tiene la consideración de administrador social a efectos del delito de administración desleal

04 de noviembre de 2014 Jurisprudencia Administración desleal

Un administrador de fincas es un profesional liberal que tiene por cometido prestar los servicios correspondientes a comunidades de propietarios y vecinos, con los que les une un arrendamiento de servicios, por lo que en modo alguno puede considerarse que las comunidades de propietarios sean sociedades --ni mercantiles ni civiles--, ni el administrador de las mismas puede ser estimado como administrador de la sociedad a efectos del art. 297 CP.

Obligación de los locales comerciales de contribuir al pago de la instalación de rampas salva escaleras acordada por la junta de propietarios

El propietario de un local comercial debe contribuir, con arreglo a su cuota, a los gastos derivados de la instalación por la comunidad de propietarios de una plataforma elevadora «salva escaleras» para la supresión de barreras arquitectónicas en el inmueble, incluso si existe una previsión estatutaria en la que se le eximía de contribuir a los gastos de ascensor.

La declaración de nulidad por abusiva de una cláusula penal para el caso de desistimiento de un contrato de servicios, no permite la moderación judicial

El TS fija como doctrina jurisprudencial que la declaración de abusividad de las cláusulas predispuestas bajo condiciones generales de un contrato que expresamente prevean una pena convencional para el caso de desistimiento unilateral de las partes, no permite la facultad judicial de moderación equitativa de la pena. Por tanto, una comunidad de propietarios no está obligada a pagar indemnización por la cláusula penal por desistimiento unilateral prevista en un contrato de mantenimiento de ascensores, declarada nula por abusiva.

No pueden denegarse por la junta de propietarios unas obras que faciliten la accesibilidad a la finca de un minusválido si no son dañinas para los demás propietarios

18 de noviembre de 2013 Jurisprudencia Propiedad horizontal

El carácter mayoritario del acuerdo de la junta de propietarios no es motivo bastante para negar la autorización para unas obras que no se ha demostrado --ni siquiera alegado-- que fueran perjudiciales o dañinas para los demás propietarios. La normativa vigente impone unos límites a la propiedad privada, en interés del derecho de los discapaces a poder usar los inmuebles en igualdad de oportunidades y sin discriminación.

Condenados los tres propietarios de un piso por mobbing inmobiliario a su inquilina

29 de febrero de 2012 Jurisprudencia MOBBING INMOBILIARIO

Sentencia del Juzgado de lo Penal de Barcelona. Se condena como autor de un delito de coacciones a uno de los acusados a la pena de dos años de prisión; y a los otros dos a un año y nueve meses de prisión por el mismo delito. La sentencia recuerda que los actos de violencia en las personas o cosas, en el ámbito del mobbing inmobiliario, no son exclusivos de los titulares o dueños, sino cualquiera que los cometa con la finalidad de impedir el disfrute de la vivienda.

El Tribunal Supremo fija doctrina para que pueda dividirse una finca sin permiso de los vecinos

23 de enero de 2012 Jurisprudencia DOCTRINA

La Sala Primera del Tribunal Supremo ha resuelto un recurso de casación por interés casacional en el que fija como doctrina jurisprudencial la siguiente: «la validezde las segregaciones o divisiones autorizadas por los estatutos de la comunidad de propietarios, sin necesidad de posterior acuerdo adoptado en junta de propietarios, siempre que las mismas se realicen según la previsión contenida en aquellos y no comporten alteración de las cuotas de participación».

El administrador de una comunidad de propietarios no tiene la consideración de administrador social a efectos del delito de administración desleal

04 de noviembre de 2014 Jurisprudencia Administración desleal

Un administrador de fincas es un profesional liberal que tiene por cometido prestar los servicios correspondientes a comunidades de propietarios y vecinos, con los que les une un arrendamiento de servicios, por lo que en modo alguno puede considerarse que las comunidades de propietarios sean sociedades --ni mercantiles ni civiles--, ni el administrador de las mismas puede ser estimado como administrador de la sociedad a efectos del art. 297 CP.

Obligación de los locales comerciales de contribuir al pago de la instalación de rampas salva escaleras acordada por la junta de propietarios

El propietario de un local comercial debe contribuir, con arreglo a su cuota, a los gastos derivados de la instalación por la comunidad de propietarios de una plataforma elevadora «salva escaleras» para la supresión de barreras arquitectónicas en el inmueble, incluso si existe una previsión estatutaria en la que se le eximía de contribuir a los gastos de ascensor.

La declaración de nulidad por abusiva de una cláusula penal para el caso de desistimiento de un contrato de servicios, no permite la moderación judicial

El TS fija como doctrina jurisprudencial que la declaración de abusividad de las cláusulas predispuestas bajo condiciones generales de un contrato que expresamente prevean una pena convencional para el caso de desistimiento unilateral de las partes, no permite la facultad judicial de moderación equitativa de la pena. Por tanto, una comunidad de propietarios no está obligada a pagar indemnización por la cláusula penal por desistimiento unilateral prevista en un contrato de mantenimiento de ascensores, declarada nula por abusiva.

No pueden denegarse por la junta de propietarios unas obras que faciliten la accesibilidad a la finca de un minusválido si no son dañinas para los demás propietarios

18 de noviembre de 2013 Jurisprudencia Propiedad horizontal

El carácter mayoritario del acuerdo de la junta de propietarios no es motivo bastante para negar la autorización para unas obras que no se ha demostrado --ni siquiera alegado-- que fueran perjudiciales o dañinas para los demás propietarios. La normativa vigente impone unos límites a la propiedad privada, en interés del derecho de los discapaces a poder usar los inmuebles en igualdad de oportunidades y sin discriminación.