Real Decreto 504/2007, de 20 de abril, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. | |
La disposición final séptima de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, faculta al Gobierno para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la citada Ley, con la finalidad principal de hacer efectivo el ejercicio del derecho subjetivo de ciudadanía que se reconoce a todos los españoles en situación de dependencia a través del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
Con independencia de esta habilitación general, la disposición final quinta de la Ley encomienda al Gobierno la aprobación de un reglamento, que establezca el baremo para la valoración de los grados y niveles de dependencia previstos en los artículos 26 y 27. Asimismo, el Gobierno debe dar cumplimiento a la disposición adicional decimotercera de la Ley que establece una valoración específica para los menores de tres años que atienda a las especiales circunstancias que se derivan de su edad.
De acuerdo con el capítulo III, título I, de la Ley, el baremo que se establece en el anexo I de esta norma determina los criterios objetivos para la valoración del grado de autonomía de las personas, en orden a la capacidad para realizar las tareas básicas de la vida diaria, así como la necesidad de apoyo y supervisión a este respecto para personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental.
La valoración tiene en cuenta los informes existentes relativos a la salud de la persona y al entorno en que se desenvuelve. Este instrumento de valoración de la situación de dependencia incluye un protocolo con los procedimientos y técnicas a seguir y la determinación de los intervalos de puntuación que corresponden a cada uno de los grados y niveles de dependencia.
Asimismo, este Real Decreto en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición adicional novena de la Ley 39/2006, posibilita también la efectividad del reconocimiento de la situación de dependencia de quienes tengan reconocida la pensión de gran invalidez o la necesidad de ayuda de tercera persona.
En el supuesto de las personas que tengan reconocido el complemento de gran invalidez, mediante la aplicación del baremo, se establecerá el grado y nivel de dependencia de cada persona, garantizando, en todo caso, el grado I dependencia moderada nivel 1. Y en lo que se refiere a quienes tengan reconocido el complemento de necesidad de tercera persona según el anexo 2 del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de Procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía, se establece la aplicación de la correspondiente tabla de homologación.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 27 y en la disposición final quinta de la Ley 39/2006, el Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención de la Dependencia adoptó el Acuerdo de 23 de marzo de 2007, por el que se aprueban el baremo de valoración de los grados y niveles de dependencia, y la escala de valoración específica para menores de tres años, así como la homologación de los reconocimientos previos para aquellas personas que tengan reconocido el complemento de gran invalidez y para quienes tengan reconocido el complemento de la necesidad del concurso de otra persona.
En cumplimiento de los artículos 40 y 41 de la Ley 39/2006, el proyecto ha sido sometido al Comité Consultivo del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, Consejo Estatal de Personas Mayores, Consejo Nacional de la Discapacidad, Consejo Estatal de Organizaciones no Gubernamentales de Acción Social, así como al Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad, que han emitido informe favorable.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales y, en sustitución de éste y de conformidad con el Real Decreto 502/2007, de 19 de abril, la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de abril de 2007, DISPONGO:
Artículo único. Baremo de valoración de los grados y niveles de dependencia y escala de valoración específica para los menores de tres años.
Se aprueban el baremo de valoración de los grados y niveles de dependencia y la escala de valoración específica para los menores de tres años que figuran como anexos I y II de este Real Decreto.
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Efectividad del reconocimiento de las situaciones vigentes de gran invalidez y de la necesidad del concurso de otra persona.
1. A efectos de lo previsto en la disposición adicional novena de la Ley, a las personas que tengan reconocido el complemento de gran invalidez, se les reconocerá la situación de dependencia, con el grado y nivel que se determine mediante la aplicación del baremo establecido en el artículo anterior, garantizando en todo caso el grado I dependencia moderada, nivel I.
2. Asimismo, a las personas que tengan reconocido el complemento de la necesidad del concurso de otra persona, determinado según el baremo del anexo 2 del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación de grado de minusvalía, se les reconocerá el grado y nivel que les corresponda, en función de la puntuación específica otorgada por el citado baremo, de acuerdo con la siguiente tabla:
De 15 a 29 puntos: Grado I de dependencia, nivel 2.
De 30 a 44 puntos: Grado II de dependencia, nivel 2.
De 45 a 72 puntos: Grado III de dependencia, nivel 2.
3. Las personas que tengan reconocida la necesidad de asistencia de tercera persona, de acuerdo con el anexo 2 del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, continuarán disfrutando de todos los efectos jurídicos de dicho reconocimiento, cuando deban acreditarlo ante cualquier Administración o entidad pública o privada, en tanto no les sea reconocido el grado y nivel de dependencia que le corresponda conforme al presente baremo.
4. En los supuestos recogidos en los números anteriores de esta disposición adicional, el reconocimiento de la situación de dependencia, con el grado y nivel que se determine mediante la aplicación del baremo establecido en este Real Decreto, se realizará por los órganos correspondientes, a instancias de la persona interesada o su representante legal.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Valoración de la necesidad del concurso de otra persona para el reconocimiento de las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social y para el disfrute de cualquier beneficio, servicio o ayuda en los que sea necesaria la acreditación de esta situación.
La determinación de la situación de dependencia y de la necesidad del concurso de otra persona a que se refieren los artículos 145.6, 182 bis 2.c, y 182 ter del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social se realizará mediante la aplicación del baremo aprobado por el presente Real Decreto, con las especificaciones relativas a la edad y tipo de discapacidad que se establecen en el mismo. La determinación de la situación de dependencia, mediante la aplicación de este baremo, servirá también para el disfrute de cualquier beneficio, servicio o ayuda establecidos por cualquier Administración Pública o entidad en los casos en que sea necesaria la acreditación de ayuda de tercera persona.
DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Ampliación de los períodos de descanso por maternidad.
Para la ampliación del período de descanso por maternidad en los supuestos de discapacidad del hijo o menor acogido, la acreditación de la misma también podrá realizarse por la aplicación de la escala de valoración específica para menores de 3 años, considerando que procede la ampliación cuando la valoración sea, al menos, del grado 1 moderado, y ello sin perjuicio de lo establecido en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, sobre procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.
Asimismo, a efectos de la ampliación del período de descanso por maternidad que, de acuerdo con la legislación aplicable, corresponda en los casos en que el neonato deba permanecer hospitalizado a continuación del parto, serán tenidos en cuenta los internamientos hospitalarios iniciados durante los treinta días naturales siguientes al parto.
DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Revisión del baremo.
Transcurrido el primer año de aplicación del baremo de valoración de la situación de dependencia que se establece mediante este Real Decreto, el Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia, realizará una evaluación de los resultados obtenidos y propondrá las modificaciones que, en su caso, estime procedentes.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA. Régimen transitorio para la determinación de ayuda de tercera persona.
El Anexo 2 del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, sobre procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía será de aplicación para la determinación de la necesidad de ayuda de tercera persona hasta la fecha en la que se proceda a la revisión del baremo, conforme a lo previsto en la disposición adicional cuarta de este Real Decreto.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este Real Decreto. En particular, queda expresamente derogado el Anexo 2 del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, sobre procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía, sin perjuicio de lo previsto en la disposición adicional primera, apartado 3, en la disposición adicional tercera, y en la disposición transitoria única.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA. Entrada en vigor.
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Dado en Madrid, el 20 de abril de 2007.
- Juan Carlos R. -
La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia,
María Teresa Fernández de la Vega Sanz.
INTRODUCCIÓN
De acuerdo con el artículo 2.2 de la Ley 39/2006 de 14 de diciembre, la dependencia es el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal.
El Baremo de Valoración de la Dependencia (en adelante, BVD) permite determinar las situaciones de dependencia moderada, dependencia grave y de gran dependencia,
Grado I. Dependencia moderada: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal. Se corresponde a una puntuación final del
BVD de 25 a 49 puntos.
Grado II. Dependencia severa: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no requiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal. Se corresponde a una puntuación final del BVD de 50 a 74 puntos.
Grado III. Gran dependencia: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal. Se corresponde a una puntuación final del BVD de 75 a 100 puntos.
Asimismo, el BVD permite identificar los dos niveles de cada grado en función de la autonomía personal y de la intensidad del cuidado que requiere de acuerdo con lo establecido en el apartado 2 del artículo 26 de la Ley 39/2006. El BVD es aplicable en cualquier situación de discapacidad y en cualquier edad, a partir de los 3 años.
CRITERIOS DE APLICACIÓN
1. La valoración se basa en la aplicación de un cuestionario y en la observación directa de la persona que se valora por parte de un profesional cualificado y con la formación adecuada en el BVD. En el caso de personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, así como en aquellas otras situaciones en que las personas puedan tener afectada su capacidad perceptivo-cognitiva, tales como la sordoceguera y el daño cerebral, el cuestionario se aplicará en forma de entrevista en presencia de la persona a valorar y con la participación de persona que conozca debidamente la situación del solicitante.
2. La valoración se realizará teniendo en cuenta los correspondientes informes sobre la salud de la persona y sobre el entorno en el que viva, y considerando, en su caso, las ayudas técnicas, órtesis y prótesis que le hayan sido prescritas (Art. 27.5 de la Ley). Además, éstas, se deberán poner en relación con las barreras existentes en su entorno habitual.
3. El baremo debe ser aplicado en el entorno habitual de la persona, valorando las siguientes actividades y tareas del entorno habitual dentro y fuera del domicilio: Comer y beber; regulación de la micción/ defecación; lavarse las manos y lavarse la cara; desplazarse fuera del hogar. El resto de actividades y tareas del entorno habitual se corresponden con el domicilio habitual.
4. Se valora la necesidad de apoyo de otra persona en la actividad o tarea aunque la persona valorada lo esté recibiendo actualmente y con independencia de éste.
5. El baremo valorará la capacidad de la persona para llevar a cabo por sí misma las actividades básicas de la vida diaria, así como la necesidad de apoyo y supervisión para su realización por personas con discapacidad intelectual o con enfermedad mental (artículo 27.4 de la Ley), así como en aquellas otras situaciones en que las personas puedan tener afectada su capacidad perceptivo-cognitiva.
6. Para valorar la capacidad de la persona valorada para realizar por sí misma y de forma adecuada las tareas que se describen en el BVD debe tenerse en cuenta tanto su capacidad de ejecución física, como su capacidad mental y/o de iniciativa, siempre y cuando existan deficiencias permanentes (motrices, mentales, intelectuales, sensoriales o de otro tipo). En el caso de las patología que cursan por brotes, la valoración se realizará en la situación basal del paciente, teniendo en cuenta la frecuencia, duración y gravedad de los brotes.
7. La valoración del desempeño de la persona valorada en las distintas tareas se enmarca en la valoración global de la actividad correspondiente. En aquellos casos en que las personas con discapacidad intelectual o con enfermedad mental, así como con afectaciones en su capacidad perceptivo-cognitiva, que son capaces de realizar las tareas de la actividad de un modo aislado, pero que requieren de apoyo y supervisión general para la realización, de un modo comprensivo, de la actividad en su conjunto se valorarán con falta de desempeño en todas las tareas de la actividad correspondiente.
8. El valorador identificará el nivel y los problemas de desempeño que tiene la persona valorada en las tareas que se incluyen en este formulario de acuerdo con los criterios de aplicación mencionados. Así mismo, señalará también el grado de apoyo de otra persona que requiere la persona valorada para llevar a cabo las tareas y actividades.
9. La valoración de actividades y tareas se realiza de acuerdo con los criterios de aplicabilidad que recoge la tabla de grupos de edad y de existencia de discapacidad intelectual o enfermedad mental (DI/EM) u otras situaciones en que las personas puedan tener afectada su capacidad perceptivo-cognitiva (ver la tabla más adelante).
Lea detenidamente las descripciones y claves que aparecen a continuación.
| Niveles de desempeño de tareas: |
| SÍ, la persona valorada es capaz de realizar la tarea sin el apoyo de otra persona. |
| NO, la persona valorada necesita el apoyo de otra persona. |
| NO APLICABLE. |
| Problemas en el desempeño de tareas: |
| F. No ejecuta físicamente la tarea. |
| C (solo aplicable en DI/EM). No comprende la tarea y/o la ejecuta sin coherencia y/o con desorientación. |
| I (solo aplicable en DI/EM). No muestra iniciativa para la realización de la tarea. |
| Grados de apoyo de otra persona en las tareas: |
| SP. Supervisión/ Preparación. La persona valorada sólo necesita que otra persona le prepare los elementos necesarios para realizar la actividad y/o le haga indicaciones o estímulos, sin contacto físico, para realizar la actividad correctamente y/o evitar que represente un peligro. |
| FP. Asistencia física parcial. La persona valorada requiere que otra persona colabore físicamente en la realización de la actividad. |
| FM. Asistencia física máxima. La persona valorada requiere que otra persona le sustituya en la realización física de la actividad |
| ES. Asistencia especial. La persona valorada presenta trastornos de comportamiento y/o problemas perceptivos-cognitivos que dificultan la prestación del apoyo de otra persona en la realización de la actividad. |
En la valoración de la dependencia se consideran las siguientes actividades de autocuidado, movilidad y tareas domésticas que se conceptualizan, de acuerdo con la Clasificación Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud (OMS 2001), tal como se detallan a continuación; así como la actividad de tomar decisiones en el caso de personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental u otras situaciones en que las personas puedan tener afectada su capacidad perceptivo-cognitiva.
| COMER Y BEBER: Llevar a cabo las tareas y acciones coordinadas relacionadas con comer los alimentos servidos, llevarlos a la boca y consumirlos de manera adecuada para la cultura local, cortar o partir la comida en trozos, abrir botellas y latas, usar cubiertos. Sujetar el vaso, llevarlo a la boca y beber de manera adecuada para la cultura local, mezclar, revolver y servir líquidos para beber, beber a través de una ayuda instrumental. |
| REGULACIÓN DE LA MICCIÓN/DEFECACIÓN: Indicar la necesidad, adoptar la postura adecuada, elegir y acudir a un lugar adecuado para orinar/defecar, manipular la ropa antes y después de orinar/defecar, y limpiarse después de orinar/defecar. |
| LAVARSE: Lavarse y secarse todo el cuerpo, o partes del cuerpo, utilizando agua y materiales o métodos apropiados de lavado y secado, como bañarse, ducharse, lavarse las manos y los pies, la cara y secarse con una toalla. |
| OTROS CUIDADOS CORPORALES: Cuidado de partes del cuerpo que requieren un nivel de cuidado mayor que el mero hecho de lavarse y secarse. |
| VESTIRSE: Llevar a cabo las acciones y tareas coordinadas precisas para ponerse y quitarse ropa y el calzado en el orden correcto y de acuerdo con las condiciones climáticas, y las condiciones sociales, tales como ponerse, abrocharse y quitarse camisas, faldas, blusas, pantalones, ropa interior, (...), zapatos, botas, sandalias y zapatillas. |
| MANTENIMIENTO DE LA SALUD: Cuidar de uno mismo siendo consciente de las propias necesidades y haciendo lo necesario para cuidar de la propia salud, tanto para reaccionar frente a los riesgos sobre la salud, como para prevenir enfermedades, tal como buscar asistencia médica; seguir consejos médicos y de otros profesionales de la salud; y evitar riesgos. |
| TRANSFERENCIAS CORPORALES: Agrupa las actividades siguientes. - Sentarse: Adoptar y abandonar la posición de sentado, y cambiar la posición del cuerpo de estar sentado a cualquier otra como levantarse o tumbarse. - Tumbarse: Adoptar y abandonar una posición tumbada o cambiar la posición del cuerpo de la horizontal a cualquier otra, como ponerse de pie o sentarse. - Ponerse de pie: Adoptar y abandonar la posición de estar de pie o cambiar la posición corporal de estar de pie a cualquier otra posición como tumbarse o sentarse. - Transferir el propio cuerpo mientras se está sentado: Moverse, estando sentado, de un asiento a otro, en el mismo o diferente nivel, como moverse desde una silla a una cama. - Transferir el propio cuerpo mientras se está acostado: Moverse estando tumbado de un lugar a otro en el mismo o diferente nivel, como pasar de una cama a otra. |
| DESPLAZARSE DENTRO DEL HOGAR: Andar y/o moverse dentro de la propia casa, dentro de una habitación, entre diferentes habitaciones. |
| DESPLAZARSE FUERA DEL HOGAR: Caminar y/o moverse, cerca o lejos de la propia vivienda, y/o utilización de medios de transporte, públicos o privados. |
| TAREAS DOMÉSTICAS: Agrupa las actividades siguientes. - Preparar comidas: Idear, organizar, cocinar y servir comidas frías y calientes para uno mismo. - Hacer la compra: Conseguir a cambio de dinero bienes y servicios necesarios para la vida diaria, como la selección de alimentos, bebidas, productos de limpieza, artículos para la casa o ropa; comparar la calidad y precio de los productos necesarios, negociar y pagar por los bienes o servicios seleccionados y transportar los bienes. - Limpiar y cuidar de la vivienda: Incluye actividades como ordenar y quitar el polvo, barrer, fregar y pasar la fregona/trapeador a los suelos, limpiar ventanas y paredes, limpiar cuartos de baño e inodoros/excusados, limpiar muebles; así como lavar los platos, sartenes, cazuelas y los utensilios de cocina, y limpiar las mesas y suelos alrededor del área donde se come y cocina - Lavar y cuidar la ropa: Lavar la ropa (a mano o a máquina), secarla (al aire o a máquina), plancharla, y guardarla en el armario o similar. |
| TOMAR DECISIONES. Capacidad de controlar, afrontar y tomar por propia iniciativa, decisiones personales acerca de como vivir de acuerdo con las normas y preferencia propias. Agrupa la toma de decisiones relativas a las actividades de autocuidado, actividades de movilidad, tareas domésticas, interacciones interpersonales básicas y complejas, usar y gestionar el dinero y uso de servicios a disposición del público. |
TABLA DE APLICABILIDAD DE TAREAS Y ACTIVIDADES DEL BVD
A continuación se presenta en forma de tabla los criterios de aplicabilidad de las tareas y actividades del BVD en función del grupo de edad de la persona valorada, así como en función de la presencia de discapacidad intelectual o enfermedad mental u otras situaciones en que las personas puedan tener afectada su capacidad perceptivo-cognitiva. Las tareas o actividades que no son aplicables en el caso de la persona valorada se señalan en la tabla siguiente
NA.
El sistema de ponderación de tareas y actividades del baremo se ajusta en función las tareas y actividades que son aplicables en el caso de la persona valorada, de acuerdo con las tablas de pesos que aparecen en el anexo de este documento.
| Aplicables en todas las situaciones de dependencia | 3 a 6 años | 7 a 10 años | 11 a 17 años | 18 y más años |
| COMER Y BEBER | ||||
| Emplear nutrición y/o hidratación artificial | NA | NA | Sí | Sí |
| Abrir botellas y latas | NA | Sí | Sí | Sí |
| Cortar o partir la carne en trozos | NA | Sí | Sí | Sí |
| Usar cubiertos para llevar la comida a la boca | Sí | Sí | Sí | Sí |
| Sujetar el recipiente de bebida | Sí | Sí | Sí | Sí |
| Acercarse el recipiente de bebida a la boca | Sí | Sí | Sí | Sí |
| Sorber las bebidas | Sí | Sí | Sí | Sí |
| REGULACIÓN DE LA MICCIÓN/DEFECACIÓN | ||||
| Acudir a un lugar adecuado | Sí | Sí | Sí | Sí |
| Manipular la ropa | Sí | Sí | Sí | Sí |
| Adoptar y abandonar la postura adecuada | Sí | Sí | Sí | Sí |
| Limpiarse | NA | Sí | Sí | Sí |
| Continencia micción | Sí | Sí | Sí | Sí |
| Continencia defecación | Sí | Sí | Sí | Sí |
| LAVARSE | ||||
| Lavarse las manos | Sí | Sí | Sí | Sí |
| Lavarse la cara | Sí | Sí | Sí | Sí |
| Lavarse la parte inferior del cuerpo | NA | Sí | Sí | Sí |
| Lavarse la parte superior del cuerpo | NA | Sí | Sí | Sí |
| OTROS CUIDADOS CORPORALES | ||||
| Peinarse | NA | Sí | Sí | Sí |
| Cortarse las uñas | NA | NA | Sí | Sí |
| Lavarse el pelo | NA | Sí | Sí | Sí |
| Lavarse los dientes | NA | Sí | Sí | Sí |
| VESTIRSE | ||||
| Calzarse | NA | Sí | Sí | Sí |
| Abrocharse botones | NA | Sí | Sí | Sí |
| Vestirse prendas de la parte inferior del cuerpo | NA | Sí | Sí | Sí |
| Vestirse prendas de la parte superior del cuerpo | NA | Sí | Sí | Sí |
| MANTENIMIENTO DE LA SALUD | ||||
| Aplicarse medidas terapéuticas recomendadas | NA | Sí | Sí | Sí |
| Evitar riesgos dentro del domicilio | NA | Sí | Sí | Sí |
| Evitar riesgos fuera del domicilio | NA | NA | Sí | Sí |
| Pedir ayuda ante una urgencia | NA | NA | Sí | Sí |
| TRANSFERENCIAS CORPORALES | ||||
| Sentarse | Sí | Sí | Sí | Sí |
| Tumbarse | Sí | Sí | Sí | Sí |
| Ponerse de pie | Sí | Sí | Sí | Sí |
| Transferir mientras sentado | Sí | Sí | Sí | Sí |
| Transferir mientras acostado | Sí | Sí | Sí | Sí |
| DESPLAZARSE DENTRO DEL HOGAR | ||||
| Desplazamientos vinculados al autocuidado | Sí | Sí | Sí | Sí |
| Desplazamientos no vinculados al autocuidado | Sí | Sí | Sí | Sí |
| Accede a todos los elementos comunes de las habitaciones | Sí | Sí | Sí | Sí |
| Aplicables en todas las situaciones de dependencia | 3 a 6 años | 7 a 10 años | 11 a 17 años | 18 y más años |
| Accede a todas las estancias comunes de la vivienda en la que reside | Sí | Sí | Sí | Sí |
| DESPLAZARSE FUERA DEL HOGAR | ||||
| Acceso al exterior | NA | Sí | Sí | Sí |
| Desplazamiento alrededor del edificio | NA | Sí | Sí | Sí |
| Desplazamiento cercano | NA | Sí | Sí | Sí |
| Desplazamiento lejano | NA | NA | Sí | Sí |
| Utilización de medios transporte | NA | NA | Sí | Sí |
| REALIZAR TAREAS DOMÉSTICAS | ||||
| Preparar comidas | NA | NA | NA | Sí |
| Hacer la compra | NA | NA | NA | Sí |
| Limpiar y cuidar de la vivienda | NA | NA | NA | Sí |
| Lavar y cuidar la ropa | NA | NA | NA | Sí |
| Aplicables sólo en situaciones de personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental o con deficiencia en la capacidad perceptivo-cognitiva | 3 a 6 años | 7 a 10 años | 11 a 17 años | 18 y más años |
| TOMAR DECISIONES | ||||
| Actividades de autocuidado | Sí | Sí | Sí | Sí |
| Actividades de movilidad | Sí | Sí | Sí | Sí |
| Tareas domésticas | NA | NA | NA | Sí |
| Interacciones interpersonales | Sí | Sí | Sí | Sí |
| Usar y gestionar el dinero | NA | Sí | Sí | Sí |
| Uso de servicios a disposición del público | NA | NA | Sí | Sí |
VALORACIÓN EN COMER Y BEBER
¿Es capaz de realizar las siguientes tareas relativas a comer y beber sin el apoyo de otra persona en su entorno habitual?
| TAREAS | DESEMPEÑO | Problemas en desempeño | GRADO DE APOYO PERSONAL | |||||||
| F | C | I | ||||||||
| Emplear nutrición y/o hidratación artificial | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Abrir botellas y latas | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Cortar o partir la comida en trozos | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Usar cubiertos para llevar la comida a la boca | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Sujetar el recipiente de bebida | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Acercarse el recipiente de bebida a la boca | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Sorber las bebidas | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
NOTAS DE LA VALORACIÓN DE LA ACTIVIDAD
| 1. Problemas identificados en el informe de condiciones de salud que afectan el desempeño del solicitante en la actividad. | 2. Descripción del funcionamiento del solicitante en la actividad. | 3. Identificación del empleo de ayudas técnicas. |
| 4. Barreras o facilitadores en el entorno. | ||
| 5. Otras observaciones. |
VALORACIÓN EN REGULACIÓN DE LA MICCIÓN/DEFECACIÓN
¿Es capaz de realizar las siguientes tareas relativas a la regulación de la micción/defecación sin el apoyo de otra persona en su entorno habitual?
| TAREAS | DESEMPEÑO | Problemas en desempeño | GRADO DE APOYO PERSONAL | |||||||
| F | C | I | ||||||||
| Acudir a un lugar adecuado | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Manipular la ropa | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Adoptar o abandonar la postura adecuada | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Limpiarse | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Continencia micción | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Continencia defecación | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
NOTAS DE LA VALORACIÓN DE LA ACTIVIDAD
| 6. Problemas identificados en el informe de condiciones de salud que afectan el desempeño del solicitante en la actividad. | 7. Descripción del funcionamiento del solicitante en la actividad. | 8. Identificación del empleo de ayudas técnicas. |
| 9. Barreras o facilitadores en el entorno. | ||
| 10. Otras observaciones. |
VALORACIÓN EN LAVARSE
¿Es capaz de realizar las siguientes tareas relativas a lavarse sin el apoyo de otra persona en su entorno habitual
| TAREAS | DESEMPEÑO | Problemas en desempeño | GRADO DE APOYO PERSONAL | |||||||
| F | C | I | ||||||||
| Lavarse las manos | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Lavarse la cara | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Lavarse la parte inferior del cuerpo | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Lavarse la parte superior del cuerpo | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
NOTAS DE LA VALORACIÓN DE LA ACTIVIDAD
| 11. Problemas identificados en el informe de condiciones de salud que afectan el desempeño del solicitante en la actividad. | 12. Descripción del funcionamiento del solicitante en la actividad. | 13. Identificación del empleo de ayudas técnicas. |
| 14. Barreras o facilitadores en el entorno. | ||
| 15. Otras observaciones. |
VALORACIÓN EN OTROS CUIDADOS CORPORALES
¿Es capaz de realizar las siguientes tareas relacionadas con otros cuidados corporales sin el apoyo de otra persona en su entorno habitual
| TAREAS | DESEMPEÑO | Problemas en desempeño | GRADO DE APOYO PERSONAL | |||||||
| F | C | I | ||||||||
| Peinarse | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Cortarse las uñas | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Lavarse el pelo | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Lavarse los dientes | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
NOTAS DE LA VALORACIÓN DE LA ACTIVIDAD
| 16. Problemas identificados en el informe de condiciones de salud que afectan el desempeño del solicitante en la actividad. | 17. Descripción del funcionamiento del solicitante en la actividad. | 18. Identificación del empleo de ayudas técnicas. |
| 19. Barreras o facilitadores en el entorno. | ||
| 20. Otras observaciones. |
VALORACIÓN EN VESTIRSE
¿Es capaz de realizar las siguientes tareas relacionadas con el vestirse sin el apoyo de otra persona en su entorno habitual?
| TAREAS | DESEMPEÑO | Problemas en desempeño | GRADO DE APOYO PERSONAL | |||||||
| F | C | I | ||||||||
| Calzarse | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Abrocharse botones | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Vestirse las prendas de la parte inferior del cuerpo | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Vestirse las prendas de la parte superior del cuerpo | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
NOTAS DE LA VALORACIÓN DE LA ACTIVIDAD
| 21. Problemas identificados en el informe de condiciones de salud que afectan el desempeño del solicitante en la actividad. | 22. Descripción del funcionamiento del solicitante en la actividad. | 23. Identificación del empleo de ayudas técnicas. |
| 24. Barreras o facilitadores en el entorno. | ||
| 25. Otras observaciones. |
VALORACIÓN EN MANTENIMIENTO DE LA SALUD
¿Es capaz de realizar las siguientes tareas relacionadas con el mantenimiento de la salud sin el apoyo de otra persona en su entorno habitual?
| TAREAS | DESEMPEÑO | Problemas en desempeño | GRADO DE APOYO PERSONAL | |||||||
| F | C | I | ||||||||
| Aplicarse las medidas terapéuticas recomendadas | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Evitar riesgos dentro del domicilio | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Evitar riesgos fuera del domicilio | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Pedir ayuda ante una urgencia | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
NOTAS DE LA VALORACIÓN DE LA ACTIVIDAD
| 26. Problemas identificados en el informe de condiciones de salud que afectan el desempeño del solicitante en la actividad. | 27. Descripción del funcionamiento del solicitante en la actividad. | 28. Identificación del empleo de ayudas técnicas. |
| 29. Barreras o facilitadores en el entorno. | ||
| 30. Otras observaciones. |
VALORACIÓN EN TRANSFERENCIAS CORPORALES
¿Es capaz de realizar las siguientes tareas relacionadas con las transferencias corporales sin el apoyo de otra persona en su entorno habitual?
TAREAS
| TAREAS | DESEMPEÑO | Problemas en desempeño | GRADO DE APOYO PERSONAL | |||||||
| F | C | I | ||||||||
| Sentarse | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Tumbarse | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Ponerse de pie | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Transferise mientras sentado | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Transferise mientras acostado | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
NOTAS DE LA VALORACIÓN DE LA ACTIVIDAD
| 31. Problemas identificados en el informe de condiciones de salud que afectan el desempeño del solicitante en la actividad. | 32. Descripción del funcionamiento del solicitante en la actividad. | 33. Identificación del empleo de ayudas técnicas. |
| 34. Barreras o facilitadores en el entorno. | ||
| 35. Otras observaciones. |
VALORACIÓN EN DESPLAZARSE DENTRO DEL HOGAR
¿Es capaz de realizar las siguientes tareas relacionadas con el desplazarse dentro del hogar sin el apoyo de otra persona en su entorno habitual?
| TAREAS | DESEMPEÑO | Problemas en desempeño | GRADO DE APOYO PERSONAL | |||||||
| F | C | I | ||||||||
| Realizar desplazamientos vinculados al autocuidado | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Realizar desplazamientos no vinculados al autocuidado | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Acceder a todos los elementos comunes de las habitaciones | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Acceder a todas las estancias comunes de la vivienda en la que reside | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
NOTAS DE LA VALORACIÓN DE LA ACTIVIDAD
| 36. Problemas identificados en el informe de condiciones de salud que afectan el desempeño del solicitante en la actividad. | 37. Descripción del funcionamiento del solicitante en la actividad. | 38. Identificación del empleo de ayudas técnicas. |
| 39. Barreras o facilitadores en el entorno. | ||
| 40. Otras observaciones. |
VALORACIÓN EN DESPLAZARSE FUERA DEL HOGAR
¿Es capaz de realizar las siguientes tareas relacionadas con el desplazarse fuera del hogar sin el apoyo de otra persona en su entorno habitual?
| TAREAS | DESEMPEÑO | Problemas en desempeño | GRADO DE APOYO PERSONAL | |||||||
| F | C | I | ||||||||
| Acceder al exterior del edificio | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Desplazarse alrededor del edificio | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Realizar desplazamiento cercano | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Desplazamiento lejano | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Utilización de medios de transporte | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
NOTAS DE LA VALORACIÓN DE LA ACTIVIDAD
| 41. Problemas identificados en el informe de condiciones de salud que afectan el desempeño del solicitante en la actividad. | 42. Descripción del funcionamiento del solicitante en la actividad. | 43. Identificación del empleo de ayudas técnicas. |
| 44. Barreras o facilitadores en el entorno. | ||
| 45. Otras observaciones. |
VALORACIÓN EN REALIZAR TAREAS DOMÉSTICAS
¿Es capaz de realizar las siguientes tareas relacionadas con las tareas domésticas sin el apoyo de otra persona en su entorno habitual?
| TAREAS | DESEMPEÑO | Problemas en desempeño | GRADO DE APOYO PERSONAL | |||||||
| F | C | I | ||||||||
| Preparar comidas | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Hacer la compra | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Limpiar y cuidar la vivienda | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Lavar y cuidar la ropa | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
NOTAS DE LA VALORACIÓN DE LA ACTIVIDAD
| 46. Problemas identificados en el informe de condiciones de salud que afectan el desempeño del solicitante en la actividad. | 47. Descripción del funcionamiento del solicitante en la actividad. | 48. Identificación del empleo de ayudas técnicas. |
| 49. Barreras o facilitadores en el entorno. | ||
| 50. Otras observaciones. |
VALORACIÓN DE LA CAPACIDAD DE TOMAR DECISIONES
¿Es capaz de tomar decisiones relacionadas con las siguientes actividades sin el apoyo de otra persona en su entorno habitual?
| TAREAS | DESEMPEÑO | Problemas en desempeño | GRADO DE APOYO PERSONAL | |||||||
| F | C | I | ||||||||
| Actividades de autocuidado | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Actividades de movilidad | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Tareas domésticas | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Interacciones interpersonales basicas y complejas | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Usar y gestionar el dinero | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
| Uso de servicios a disposición del público | NA | SI | NO | ![]() | ![]() | ![]() | SP | FP | FM | ES |
NOTAS DE LA VALORACIÓN DE LA ACTIVIDAD
| 51. Problemas identificados en el informe de condiciones de salud que afectan el desempeño del solicitante en la actividad. | 52. Descripción del funcionamiento del solicitante en la actividad. | 53. Identificación del empleo de ayudas técnicas. |
| 54. Barreras o facilitadores en el entorno. | ||
| 55. Otras observaciones. |
RESUMEN DE RESULTADOS DE LA VALORACIÓN
| ACTIVIDADES | TAREAS | DESEMPEÑO | PROBLEMAS EN DESEMPEÑO | GRADO DE APOYO | PUNTOS | |||||
| COMER Y BEBER | Emplear nutrición y/o hidratación artifical | F | C | [ | ||||||
| Abrir botellas y latas | F | C | [ | |||||||
| Cortar o partir la carne en trozos | F | C | [ | |||||||
| Usar cubiertos para llevar la comida a la boca | F | C | [ | |||||||
| Sujetar el recipiente de bebida | F | C | [ | |||||||
| Acercarse el recipiente de bebida a la boca | F | C | [ | |||||||
| Sorber las bebidas | F | C | [ | |||||||
| REGULACIÓN DE LA MICCIÓN / DEFECACIÓN | Acudir a un lugar adecuado | F | C | [ | ||||||
| Manipular la ropa | F | C | [ | |||||||
| Adoptar y abandonar la postura adecuada | F | C | [ | |||||||
| Limpiarse | F | C | [ | |||||||
| Continencia micción | F | C | [ | |||||||
| Continencia defecación | F | C | [ | |||||||
| LAVARSE | Lavarse las manos | F | C | [ | ||||||
| Lavarse la cara | F | C | [ | |||||||
| Lavarse la parte inferior del cuerpo | F | C | [ | |||||||
| Lavarse la parte superior del cuerpo | F | C | [ | |||||||
| OTROS CUIDADOS CORPORALES | Peinarse | F | C | [ | ||||||
| Cortarse las uñas | F | C | [ | |||||||
| Lavarse el pelo | F | C | [ | |||||||
| Lavarse los dientes | F | C | [ | |||||||
| VESTIRSE | Calzarse | F | C | [ | ||||||
| Abrocharse botones | F | C | [ | |||||||
| Vestirse prendas de la parte inferior del cuerpo | F | C | [ | |||||||
| Vestirse prendas de la parte superior del cuerpo | F | C | [ | |||||||
| MANTENIMIENTO DE LA SALUD | Aplicarse medidas terapeuticas recomendadas | F | C | [ | ||||||
| Evitar riesgos dentro del domicilio | F | C | [ | |||||||
| Evitar riesgos fuera del domicilio | F | C | [ | |||||||
| Pedir ayuda ante una urgencia | F | C | [ | |||||||
| TRANSFERENCIAS CORPORALES | Sentarse | F | C | [ | ||||||
| Tumbarse | F | C | [ | |||||||
| Ponerse de pie | F | C | [ | |||||||
| Transferir mientras sentado | F | C | [ | |||||||
| Transferir mientras acostado | F | C | [ | |||||||
| DESPLAZARSE DENTRO DEL HOGAR | Realizar desplazamientos vinculados al autocuidado | F | C | [ | ||||||
| Realizar desaplazamientos no vinculados al autocuidado | F | C | [ | |||||||
| Acceder a todos los elementos comunes de las habitaciones | F | C | [ | |||||||
| Acceder a todas las estancias comunes de la vivienda habitual | F | C | [ | |||||||
| DESPLAZARSE FUERA DEL HOGAR | Acceder al exterior del edificio | F | C | [ | ||||||
| Desplazarse alrededor del edificio | F | C | [ | |||||||
| Realizar desplazamientos cercanos | F | C | [ | |||||||
| Realizar desplazamientos lejanos | F | C | [ | |||||||
| Utilizar medios de transporte | F | C | [ | |||||||
| TAREAS DOMÉSTICAS | Preparar comidas | F | C | [ | ||||||
| Hacer la compra | F | C | [ | |||||||
| Limpiar y cuidar de la vivienda | F | C | [ | |||||||
| Lavar y cuidar la ropa | F | C | [ | |||||||
| TOMAR DECISIONES | Actividades de autocuidado | F | C | [ | ||||||
| Actividades de movilidad | F | C | [ | |||||||
| Tareas domésticas | F | C | [ | |||||||
| Relaciones interpersonales | F | C | [ | |||||||
| Gestión del dinero | F | C | [ | |||||||
| Uso de servicios a disposición del público | F | C | [ | |||||||
| PUNTUACIÓN TOTAL | GRADO | NIVEL | ||||||||
DETERMINACIÓN DE LA SEVERIDAD DE LA DEPENDENCIA
La determinación del grado y nivel de la dependencia de la persona valorada se obtiene a partir de la puntuación final obtenida en la aplicación del BVD de acuerdo con la siguiente escala de puntuación:
| Puntos | Puntos | ||
| Grado I | 25-49 | Nivel 1 | 25-39 |
| Nivel 2 | 40-49 | ||
| Grado II | 50-74 | Nivel 1 | 50-64 |
| Nivel 2 | 65-74 | ||
| Grado III | 75-100 | Nivel 1 | 75-89 |
| Nivel 2 | 90-100 |
La puntuación final se obtiene de la suma de los pesos de las tareas (ver anexo A) en que la persona valorada no tiene desempeño ponderada por el coeficiente del grado de apoyo en cada tarea (ver anexo C) y el peso de la actividad correspondiente. En el caso de las personas con discapacidad intelectual o con enfermedad mental, así como con afectaciones en su capacidad perceptivo-cognitiva se empleará además una tabla específica de pesos de las tareas (ver anexo B), seleccionando como puntuación final aquella que resulte más beneficiosa para la persona valorada.
Si la persona valorada emplea nutrición/hidratación artificial y requiere el apoyo de otra persona, se sumará a la puntuación total el equivalente al 25% del peso correspondiente de la actividad de comer y beber (de acuerdo con Anexos A y B. En este caso, la puntuación total obtenida en comer y beber, no podrá superar el peso total correspondiente a esta actividad.
A efectos de la valoración de la discapacidad muy grave, que supone la dependencia de otras personas para realizar las actividades más esenciales de la vida diaria, establecida en el Anexo 1.A. Capítulo 1. Normas Generales del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, (Clase V), se entenderá demostrada siempre que en el Baremo de Valoración de la Dependencia (B.V.D.) se alcance el grado I, Dependencia Moderada, (puntuación igual o superior a 25 puntos).
| ACTIVIDADES / TAREAS | 3-6 AÑOS | 7-10 AÑOS | 11-17 AÑOS | 18+ AÑOS |
| Abrir botellas y latas | NA | 0,10 | 0,10 | 0,10 |
| Cortar o partir la carne en trozos | NA | 0,25 | 0,25 | 0,25 |
| Usar cubiertos para llevar la comida a la boca | 0,38 | 0,25 | 0,25 | 0,25 |
| Sujetar el recipiente de bebida | 0,23 | 0,15 | 0,15 | 0,15 |
| Acercarse el recipiente de bebida a la boca | 0,23 | 0,15 | 0,15 | 0,15 |
| Sorber las bebidas |