El Consejo de Ministros ha dado luz verde este martes, en primera vuelta, al anteproyecto de Ley de Consumo Sostenible impulsado por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. Esta nueva normativa introduce un amplio paquete de medidas que buscan frenar los abusos contra los consumidores y contribuir a una economía más justa y ecológica. Entre sus puntos clave, el texto contempla la prohibición de la publicidad de combustibles fósiles, limita la reventa de entradas con precios inflados, regula la “publicidad del miedo” y establece controles contra la obsolescencia programada, el 'greenwashing' y la reduflación.
El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, encargado de presentar la norma tras el Consejo de Ministros, explicó que con esta ley se transpone la normativa europea sobre empoderamiento del consumidor para la transición ecológica, así como la directiva del derecho a reparar. “Es una ley ambiciosa que incluye muchísimas medidas”, señaló.
Bustinduy también subrayó el impacto desigual del cambio climático en la sociedad española: “En España, el 1% de la población contamina más que 12 millones de personas”. Añadió que “el negacionismo climático del señor (Alberto Núñez) Feijóo y de la ultraderecha es una cuestión de clase social porque son los ricos quienes más contaminan, pero son los pobres quienes más pagan los efectos del cambio climático”.
Restricción de publicidad a sectores contaminantes
El anteproyecto veta la promoción de productos energéticos que dependan exclusivamente de derivados fósiles, como la gasolina o el diésel, si no incorporan componentes renovables. Esta limitación afectará principalmente a las compañías del sector petrolero y del carbón, aunque el gas natural queda fuera de esta prohibición. También se impide la publicidad de vuelos peninsulares de corta distancia si existen alternativas más sostenibles y que no supongan un aumento de más de dos horas y media de viaje, así como la de vehículos que funcionen exclusivamente con combustibles fósiles.
Cuestionado sobre los efectos de estas restricciones en la ciudadanía, el ministro afirmó que “actuando sobre la publicidad de los vehículos más contaminantes y de los combustibles fósiles es acelerar la transición industrial y productiva para hacer que sea más competitiva y que pueda garantizar la accesibilidad y la justicia social en esta transformación”.
Regular la manipulación emocional
Uno de los ámbitos que se pretende controlar es la llamada “publicidad del miedo”, que recurre a escenarios improbables como robos violentos o desastres para provocar ansiedad y fomentar el consumo. La nueva ley exigirá que estos mensajes incluyan datos estadísticos o cuantitativos que permitan valorar el riesgo real. “Hay ejemplos notorios en nuestro país de algunas industrias publicitarias que trabajan de manera sistemática estas sensaciones”, advirtió Bustinduy.
Contra el 'ecopostureo' o 'greenwashing'
Por otro lado, la norma prevé medidas contra el 'ecopostureo' o 'greenwashing', es decir, las técnicas de comunicación engañosas o alegaciones medioambientales utilizadas por algunas empresas para publicitar sus productos o servicios como sostenibles sin que esas supuestas cualidades tengan un respaldo científico. "Cualquier consumidor o consumidora conoce esta realidad. Hoy en día, todo es bio, eco, sostenible, bueno para el planeta", ha afirmado Bustinduy.
En este sentido, la ley prohibirá que las empresas realicen afirmaciones genéricas y no comprobables sobre la sostenibilidad de sus productos o en su etiquetado, afirmaciones como "respetuoso con el medio ambiente", "amigo del medio ambiente", "verde", "biodegradable", entre otras; y aquellas que estén basadas en la compensación de las emisiones de gases de efecto invernadero. También se va a establecer un sistema para certificar, de manera objetiva, aquellas valoraciones que se hagan sobre las cualidades o virtudes de un producto.
Asimismo, se prohíbe el registro de denominaciones de sociedades que induzcan a error sobre su desempeño medioambiental y se incluye la posibilidad de anulación de una marca ya inscrita cuando su tipografía pueda llevar a engaño a los consumidores sobre el desempeño medioambiental de la misma.
Obsolescencia programada
Respecto a la obsolescencia programada –práctica con la que las empresas reducen intencionalmente la vida útil de productos como los electrodomésticos para que sean reemplazados antes de tiempo–, la ley fomenta la reparación de productos durante el plazo legal de garantía, aumentando este plazo en doce meses adicionales cuando se opta por la reparación en lugar de la sustitución al hacer uso de la garantía.
Según la nueva normativa, el productor, el comercializador o el importador cuando el productor esté fuera de la Unión Europea, deberán asumir el 20% del coste de reparación durante los dos primeros años tras el fin del plazo de garantía legal. Esta obligación se sitúa en el 10% en el tercer año y en el 5% en el cuarto. El anteproyecto prevé implementar una plataforma en línea donde los consumidores puedan acceder de forma gratuita a reparadores solventes a los que pedir presupuestos y solicitar reparaciones.
Se prohíbe, además, ocultar información al consumidor sobre actualizaciones de software que afecten negativamente al funcionamiento de bienes con elementos digitales; presentar como necesaria una actualización de software que solo mejore características de funcionalidad y, entre otras, cualquier comunicación comercial en relación con un bien que contenga una característica introducida para limitar su durabilidad.
"Esto es una situación que sucede de manera cotidiana. Se nos plantea la necesidad de actualizar un software y luego esa actualización nos impide abrir ciertos programas o hace que nuestros equipos funcionen peor", ha manifestado el titular de la cartera de Consumo.
Fin a la reventa especulativa y a la reduflación
Otra de las medidas clave del texto es la prohibición de la reventa de entradas a precios superiores al IPC, con el objetivo de cortar el beneficio económico de plataformas y revendedores que encarecen el acceso a eventos culturales y de ocio. “Es una práctica abusiva, especulativa, que no aporta ningún valor a la industria cultural, pero que sí hace que se establezcan barreras de clase para el acceso y el disfrute de la cultura”, afirmó el ministro. Consumo tendrá potestad para sancionar e incluso bloquear páginas web dedicadas a esta práctica.
Además, la ley pondrá freno a la reduflación, obligando a las empresas a informar claramente si reducen la cantidad de producto o número de unidades en un paquete sin modificar su precio. Esta notificación deberá hacerse visible y legible durante los 90 días posteriores a la puesta en el mercado del nuevo formato.
Tras su aprobación inicial, el anteproyecto entra ahora en fase de consulta pública. Una vez concluido este periodo, volverá al Consejo de Ministros antes de iniciar su trámite parlamentario en el Congreso.









