Reglamento (UE) 2017/2158 de la Comisi髇, de 20 de noviembre de 2017, por el que se establecen medidas de mitigaci髇 y niveles de referencia para reducir la presencia de acrilamida en los alimentos

Ficha:
  • 觬gano COMISION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL n鷐. 304 de
  • Vigencia desde 11 de Diciembre de 2017
Versiones/revisiones:
(1)

DO L 139 de 30.4.2004, p. 1.

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(2)

Reglamento (CEE) n. 315/93 del Consejo, de 8 de febrero de 1993, por el que se establecen procedimientos comunitarios en relaci髇 con los contaminantes presentes en los productos alimenticios (DO L 37 de 13.2.1993, p. 1).

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(3)

Recomendaci髇 de la Comisi髇 2013/647/UE, de 8 de noviembre de 2013, relativa a la investigaci髇 de los niveles de acrilamida en los alimentos (DO L 301 de 12.11.2013, p. 15).

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(4)

EFSA Journal 2015; 13 (5) :4104.

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(6)

Reglamento (CE) n. 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre los controles oficiales efectuados para garantizar la verificaci髇 del cumplimiento de la legislaci髇 en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales (DO L 165 de 30.4.2004, p. 1).

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(7)

Reglamento (CE) n. 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y requisitos generales de la legislaci髇 alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria (DO L 31 de 1.2.2002, p. 1).

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(8)

Reglamento (CE) n. 1332/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre enzimas alimentarias y por el que se modifican la Directiva 83/417/CEE del Consejo, el Reglamento (CE) n. 1493/1999 del Consejo, la Directiva 2000/13/CE, la Directiva 2001/112/CE del Consejo y el Reglamento (CE) n. 258/97 (DO L 354 de 31.12.2008, p. 7).

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(9)

Reglamento (CE) n. 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre aditivos alimentarios (DO L 354 de 31.12.2008, p. 16).

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(10)

Reglamento (UE) n. 231/2012 de la Comisi髇, de 9 de marzo de 2012, por el que se establecen especificaciones para los aditivos alimentarios que figuran en los anexos II y III del Reglamento (CE) n. 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 83 de 22.3.2012, p. 1).

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(11)

Reglamento (UE) n. 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre la informaci髇 alimentaria facilitada al consumidor y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n. 1924/2006 y (CE) n. 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan la Directiva 87/250/CEE de la Comisi髇, la Directiva 90/496/CEE del Consejo, la Directiva 1999/10/CE de la Comisi髇, la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/67/CE y 2008/5/CE de la Comisi髇, y el Reglamento (CE) n. 608/2004 de la Comisi髇 (DO L 304 de 22.11.2011, p. 18).

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(12)

Tal como se definen en el Reglamento (UE) n. 609/2013.

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(13)

Tal como se definen en el Reglamento (UE) n. 609/2013.

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(14)

M. Thompson et al., Pure and Applied Chemistry, 2006, p. 78 y pp. 145-196.

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(15)

Editadas por M. Thompson y R. Wood, Pure and Applied Chemistry, 1995, p. 67 y pp. 649-666.

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(16)

Cereales no integrales ni de salvado. La categor韆 se determina en funci髇 del cereal presente en mayor cantidad.

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(17)

El nivel de referencia que debe aplicarse a los suced醤eos compuestos por una mezcla de cereales y achicoria debe tener en cuenta la proporci髇 relativa de estos ingredientes en el producto final.

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(18)

Tal como se definen en el Reglamento (UE) n. 609/2013.

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