Resolución de 13 de septiembre de 2018, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 20 de julio de 2018, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la revisión anual del padrón municipal y el procedimiento de obtención de la propuesta de cifras oficiales de población

Ficha:
  • ÓrganoMINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES E IGUALDAD
  • Publicado en BOE núm. 228 de 20 de Septiembre de 2018
  • Vigencia desde 10 de Octubre de 2018
Versiones/revisiones:
(1)

Incidencias pendientes:

  • – A NA error 72.
  • – B CR pendientes con errores 76, 80,106.
  • – B DE pendiente con error 82.
  • – B DE confirmada con error 77.
  • – B DU pendiente con error 83, 84 X.
  • – Baja confirmada con error 101.
  • – Habitante no contabilizado por caducidad de la inscripción, error 112.
  • – Baja por cambio de residencia por expulsión de extranjero ejecutada, error 115.
  • – Baja por duplicado gestionada por la OCE, error 114.
  • – Baja por cambio de residencia de extranjero (o familiar de) por retorno voluntario a su país de origen, error 116.
  • – Inscripción afectada por la incidencia 135 (habitantes mayores de 16 años sin identificador, para los que el INE ha comunicado el DNI/NIEX mediante esta incidencia).
  • – Inscripción afectada por la incidencia 137 (comunicación del DNI expedido por adquisición de nacionalidad española por el Ministerio del Interior; se trata de inscripciones que constan como extranjeros no actualizadas).
  • – Inscripción afectada por la incidencia 144 (habitante español mayor de 16 años que no figura en la base de DNIs), comunicada antes del 1 de octubre del año anterior.
  • – Inscripción de extranjero NO_ENCSARP afectada por alguna de las incidencias 141, 142 o 143 de comprobación de residencia, comunicadas antes del 1 de octubre del año anterior.
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(2)

Errores de gestión:

  • – 71 Alta ya existente en el municipio.
  • – 78 Modificación no encontrada.
  • – 79 Habitante con movimiento pendiente de confirmación o rechazo.
  • – 89 Habitante fallecido.
  • – 92 Existe par alta-baja con la misma fecha de variación para el mismo habitante.
  • – 99 Habitante con movimiento posterior al comunicado.
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(3)

Error invalidante o de gestión en su caso.

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(4)

Según el 101 proceda de una confirmación de BCR, BDU o BII/BBC respectivamente.

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(5)

Deberá justificarse documentalmente que la baja es errónea.

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(6)

Se ha realizado un contraste entre el registro de alegaciones y el devuelto en el fichero de Reparos. Cualquier cambio en alguno de los campos implica que no se identifiquen, por tanto, con esta clave pueden aparecer alegaciones devueltas en Reparos, para las que se habrá modificado algún campo no incluido en las salvedades previstas.

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(7)

Por ejemplo si se alega con un ANA72 para un nacimiento NO devuelto en Reparos con error 72.

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(8)

Cuando se ha utilizado una CALEG distinta a las contempladas en esta Resolución o en la relación actualizada de IDA-Padrón.

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(9)

En el caso de error 71 porque ya se ha contabilizado en el mismo u otro municipio.

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