ORDEN APA/273/2002, de 31 de enero, por la que se sustituye el anexo del Real Decreto 1329/1995, de 28 de julio, por el que se fijan l韓eas directrices para la evaluaci髇 de los aditivos en la alimentaci髇 animal.

Ficha:
  • 觬gano MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION
  • Publicado en BOE n鷐. 40 de
  • Vigencia desde 16 de Febrero de 2002
Versiones/revisiones:
(1)

Method Validation-A Laboratory Guide, EURACHEM Secretariat, Laboratory of the Government Chemist, Teddington, UK, 1996.

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(2)

El residuo marcador es un residuo cuya concentraci髇 se encuentra en una relaci髇 conocida con el 韓dice en el que la concentraci髇 total de residuos en el tejido en cuesti髇 sobrepasa el LMR.

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(3)

Los residuos ligados corresponden a la fracci髇 residual de tejido que no se puede extraer con medios fisicoqu韒icos o biol骻icos. Proceden de la uni髇 covalente de un metabolito del compuesto con macromol閏ulas celulares.

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(4)

El tejido diana es el tejido comestible seleccionado para evaluar el conjunto de residuos en el animal diana.

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(5)

Para determinar el tiempo de espera, se sugieren las siguientes cantidades m韓imas de animales sanos muestreados en relaci髇 con cada matanza o momento temporal:

Reses lactantes: Ocho, incluidos los animales de la segunda lactancia y las lactancias subsiguientes (cuatro reses de alto rendimiento en una fase temprana de lactancia y cuatro reses de bajo rendimiento en una fase tard韆 de lactancia),

Otros animales de gran tama駉, cuatro por per韔do de muestreo,

Aves de corral, seis por per韔do de muestreo,

Aves ponedoras, diez huevos cada unidad de tiempo,

Pescados, diez por per韔do de muestreo.

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(6)

M鷖culo y piel en proporciones normales.

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(7)

Para cerdos, 50 g de grasa y piel en proporciones normales.

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(8)

Grasa y piel en proporciones normales.

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(9)

C醠culo propuesto: [500 gramos de carne (que puede ser 300 gramos de m鷖culo, 100 gramos de h韌ado, 50 gramos de ri耋n, 50 gramos de grasa) o 500 gramos de aves de corral (que puede ser 300 gramos de m鷖culo, 100 gramos de h韌ado, 10 gramos de ri耋n, 90 gramos de grasa) o 300 gramos de pescado] + 1.500 gramos de leche + 100 gramos de huevo.

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(10)

De conformidad con el Real Decreto 1111/1991, de 12 de julio, por el que se modifica la Reglamentaci髇 T閏nico-Sanitaria de aditivos alimentarios, aprobada por Real Decreto 3177/1983, de 16 de noviembre, y modificada por el Real Decreto 1339/1998, de 28 de octubre.

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(11)

OECD Guidelines for Testing of Chemicals.

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(12)

V閍nse el Real Decreto 1329/1995, de 28 de julio, por el que se fijan las l韓eas directrices para la evaluaci髇 de los aditivos en la alimentaci髇 animal; el Real Decreto 2599/1998, de 4 de diciembre, sobre aditivos en la alimentaci髇 de los animales; la Orden de 4 de julio de 1994 sobre utilizaci髇 y comercializaci髇 de enzimas, microorganismos y sus preparados en la alimentaci髇 animal, y la Orden de 6 de noviembre de 1995 por la que se modifica el anexo del Real Decreto 1329/1995, por el que se fijan las l韓eas directrices para la evaluaci髇 de los aditivos en la alimentaci髇 animal.

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