Real Decreto 110/1990, de 26 de enero. Se establecen los requisitos sanitarios que han de cumplir las carnes frescas de las especies bovina, ovina, caprina, porcina y solípedos domésticos, objeto de intercambios intracomunitarios e importadas de terceros países, así como los mataderos, salas de despiece y almacenes frigoríficos autorizados para su comercio.

Ficha:
  • Órgano MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION
  • Publicado en BOE núm. 28 de
  • Vigencia desde 02 de Febrero de 1990. Esta revisión vigente desde 16 de Octubre de 2004.
Versiones/revisiones: