Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 7/2015, de 27 de enero, por el que se modifican y actualizan los precios de plazas residenciales para personas mayores dependientes con relación a las ayudas económicas individuales concedidas al amparo del Decreto Foral 63/2001, de 3 de abril, y se actualizan los precios de las plazas en centros para personas mayores dependientes de titularidad de Azpiegiturak, S.A.U
- Órgano DEPARTAMENTO DE ACCION SOCIAL
- Publicado en BOB núm. 20 de 30 de Enero de 2015
- Vigencia desde 30 de Enero de 2015


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Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
- Artículo único Modificar y actualizar el precio teórico máximo de la plaza residencial destinada a personas mayores dependientes, en estancia permanente, que sirve de base para el cálculo de las ayudas económicas individuales concedidas al amparo del Decreto Foral 63/2001 así como actualizar el precio de las plazas en residencia permanentes o temporales en centros residenciales de Azpiegiturak, S.A.U. y fijarlo con carácter retroactivo a 1 de enero de 2015
- DISPOSICIONES FINALES
- Norma afectada por
-
- 11/6/2018
-
DF 73/2018, de 29 May. Bizkaia (modificación de los precios de plazas residenciales para personas mayores dependientes con relación a las ayudas económicas individuales concedidas al amparo del DF 63/2001, de 3 Abr.)
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Véase D Foral [BIZKAIA] 73/2018, 29 mayo, por el que se modifican los precios de plazas residenciales para personas mayores dependientes con relación a las ayudas económicas individuales concedidas al amparo del D Foral 63/2001, 3 abril, y los precios de las plazas en centros residenciales para personas en situación de dependencia de titularidad de Azpiegiturak, S.A.U. («B.O.B.» 8 junio).

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La situación económica de los últimos años hizo necesario introducir en el Decreto Foral 63/2001, de 3 de abril, una Disposición Transitoria Sexta (Decreto Foral 11/2013, de 29 de enero), por la que se acordaba mantener de forma indefinida los precios fijados para el 2012. En el último párrafo de la citada Disposición se establecía asimismo: «Todo ello, sin perjuicio de que se revisen y actualicen con posterioridad, mediante el correspondiente Decreto Foral».
Durante el ejercicio 2014, mediante el Decreto Foral 108/2014, de 29 de septiembre, se procedió a modificar tanto las cuantías relativas a ayudas económicas reguladas por el Decreto Foral 63/2001 como las fijadas para los centros residenciales y de día de Azpiegiturak S.A.U., quedando las mismas establecidas del siguiente modo:
- - Para las ayudas económicas individuales reguladas por el Decreto 63/2001 y las estancias en residencia permanentes o temporales en centros residenciales de Azpiegiturak S.A.U en ochenta euros y ocho céntimos al día (80,08) (IVA incluido).
- - En lo que se refiere a Centros de Día de Azpiegiturak, S.A.U, el precio queda fijado en cincuenta y siete euros con treinta y dos céntimos al día (57,32), IVA incluido, tanto en el caso de plazas de integración como psicogeriátricas.
De acuerdo con lo previsto en el último párrafo de la Disposición Transitoria Sexta, en el presente ejercicio 2015, para poder hacer frente al incremento de los costes de la actividad, se entiende que procede una nueva modificación de las cuantías actuales arriba indicadas, tanto relativas a ayudas económicas reguladas por el Decreto Foral 63/2001 como las fijadas para los centros residenciales y de día de Azpiegiturak S.A.U., quedando, en consecuencia, establecidas del siguiente modo, con efectos desde el 1 de enero de 2015:
- - Para las ayudas económicas individuales reguladas por el Decreto 63/2001 y las estancias en residencia permanentes o temporales en centros residenciales de Azpiegiturak, S.A.U en ochenta y un euros al día (81,00) (IVA incluido).
- - En lo que se refiere a Centros de Día de Azpiegiturak, S.A.U, el precio queda fijado en cincuenta y siete euros con noventa y siete céntimos al día (57,98), IVA incluido, tanto en el caso de plazas de integración como psicogeriátricas.
Todo ello, sin perjuicio de que se revisen y actualicen con posterioridad, mediante el correspondiente Decreto Foral.
En su virtud y en uso de las facultades conferidas por los artículos 17 y 64.3 de la Norma Foral número 3/1987, de 13 de febrero sobre Elección, Organización, Régimen y Funcionamiento de las Instituciones Forales del Territorio Histórico de Bizkaia, a propuesta de la Diputada Foral de Acción Social y previa deliberación y aprobación por el Consejo de Gobierno de la Diputación Foral de Bizkaia, en su reunión de fecha de 27 de enero de 2015,
DISPONGO:
Artículo único Modificar y actualizar el precio teórico máximo de la plaza residencial destinada a personas mayores dependientes, en estancia permanente, que sirve de base para el cálculo de las ayudas económicas individuales concedidas al amparo del Decreto Foral 63/2001 así como actualizar el precio de las plazas en residencia permanentes o temporales en centros residenciales de Azpiegiturak, S.A.U. y fijarlo con carácter retroactivo a 1 de enero de 2015
- - Para las ayudas económicas individuales reguladas por el Decreto 63/2001 y las estancias en residencia permanentes o temporales en centros residenciales de Azpiegiturak S.A.U. en ochenta y un euros al día (81,00) (IVA incluido).
- - En lo que se refiere a Centros de Día de Azpiegiturak, S.A.U., el precio queda fijado en cincuenta y siete euros con noventa y siete céntimos al día (57,98), IVA incluido, tanto en el caso de plazas de integración como psicogeriátricas.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto Foral entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial de Bizkaia», extendiendo sus efectos económicos con efecto retroactivo a 1 de enero de 2015.