DECRETO 13/2021, de 25 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se declaran las Zonas de Especial Conservación en Aragón, y se aprueban los planes básicos de gestión y conservación de las Zonas de Especial Conservación y de las Zonas de Especial Protección para las Aves de la Red Natura 2000 en Aragón
- ÓrganoDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y MEDIO AMBIENTE
- Publicado en BOA núm. 24 de 05 de Febrero de 2021
- Vigencia desde 06 de Febrero de 2021


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Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- Artículo 1 Objeto
- Artículo 2 Declaración de las Zonas de Especial Conservación
- Artículo 3 Límites de las Zonas de Especial Conservación y de las Zonas de Especial Protección para las Aves
- Artículo 4 Alteración de la delimitación de las Zonas de Especial Conservación
- Artículo 5 Aprobación de los Planes Básicos de Gestión y Conservación
- Artículo 6 Finalidad de los Planes Básicos de Gestión y Conservación
- Artículo 7 Tipología, definición y alcance de los Planes Básicos de Gestión y Conservación
- Artículo 8 Contenido de los Planes Básicos de Gestión y Conservación
- Artículo 9 Ámbito de aplicación de los Planes Básicos de Gestión y Conservación
- Artículo 10 Vigencia y revisión de los planes básicos de gestión y conservación
- Artículo 11 Sistema de Información y Planificación de Red Natura 2000
- DISPOSICIONES ADICIONALES
- DISPOSICIONES FINALES
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
En aplicación de la Directiva 92/43/CEE, de 21 de mayo de 1992, del Consejo, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (Directiva Hábitats), se creó una red ecológica europea denominada Natura 2000 que tiene como objetivo contribuir a garantizar el mantenimiento, o en su caso el restablecimiento, en un estado de conservación favorable de determinados tipos de hábitats y especies en sus áreas de distribución natural.
Componen la Red Natura 2000 las Zonas de Especial Conservación (ZEC), que son lugares que albergan tipos de hábitats naturales que figuran en el anexo I y de hábitats de especies que figuran en el anexo II de la Directiva Hábitats, y las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) declaradas para la conservación de las especies de aves silvestres y las aves migratorias de presencia regular en aplicación de la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres (Directiva Aves).
Como paso previo a la declaración de las Zonas de Especial Conservación, y en cumplimiento de los establecido en el artículo 4 de la Directiva Hábitats, la Comunidad Autónoma de Aragón propuso 156 espacios para su designación como Lugares de Importancia Comunitaria (LIC), correspondientes a las dos regiones biogeográficas presentes en su territorio: alpina y mediterránea. Dicha propuesta fue aprobada mediante Decisión 2004/69/CE de la Comisión de 22 de diciembre de 2003, por la que se adopta la lista de Lugares de Importancia Comunitaria de la región biogeográfica alpina y Decisión 2006/613/CE de la Comisión, de 19 de julio de 2006, por la que se adopta la lista de Lugares de Importancia Comunitaria de la región biogeográfica mediterránea. Dichas listas han sido actualizadas posteriormente, siendo las listas base para este Decreto las aprobadas mediante la Decisión de Ejecución (UE) 2020/100 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2019, por la que se adopta la decimotercera lista actualizada de Lugares de Importancia Comunitaria de la región biogeográfica alpina, y la Decisión de Ejecución (UE) 2020/96 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2019, por la que se adopta la decimotercera lista actualizada de Lugares de Importancia Comunitaria de la región biogeográfica mediterránea.
Por otro lado, y de acuerdo con el artículo 4 de la Directiva Aves, la Comunidad Autónoma de Aragón ha designado un total de 48 Zonas de Especial Protección para las Aves, en un proceso gradual comprendido entre los años 1988 a 2016. Por diversos acuerdos de Consejo de Gobierno, de 1988 a 1999 se declararon en cuatro fases un total de 11 ZEPA. Posteriormente, mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 24 de julio de 2001, se declararon 34 nuevas ZEPA y se ampliaron cuatro de las ya existentes. Finalmente, por Decreto 90/2016, de 28 de junio, del Gobierno de Aragón, se declararon 3 nuevas ZEPA.
La Constitución española establece en su artículo 149.1 apartado 23 que corresponde al Estado la competencia exclusiva sobre la legislación básica respecto de la protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las comunidades autónomas de establecer normas adicionales de protección.
En ejercicio de esta competencia, se aprobó la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, que establece el marco regulador general del patrimonio natural y de la biodiversidad en España, en la que se procede a la correcta transposición de las Directivas Hábitats y Aves, así como a la incorporación de diversos convenios internacionales en la materia suscritos por España.
El Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado mediante Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, en su artículo 71. 21.ª atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia exclusiva en materias de espacios naturales protegidos, que incluye la regulación y declaración de las figuras de protección, la delimitación, la planificación y la gestión de los mismos y de los hábitats protegidos situados en Aragón. Igualmente, el apartado 22 de este mismo precepto añade que es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma las "normas adicionales de la legislación básica sobre protección del medio ambiente y del paisaje".
Por su parte el artículo 75.3 indica que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida que, en todo caso, incluye la regulación del sistema de intervención administrativa de los planes, programas, proyectos, instalaciones y actividades susceptibles de afectar al medio ambiente; así como la regulación de los recursos naturales, la flora y fauna y la biodiversidad.
Bajo este marco constitucional y estatutario, se dictó el Decreto Legislativo 1/2015, de 29 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Espacios Protegidos de Aragón.
Conforme a lo establecido en su artículo 50.3, la declaración y gestión de las Zonas de Especial Conservación y de las Zonas de Especial Protección para las Aves corresponden al Gobierno de Aragón, con el alcance y las limitaciones establecidas en esa ley, en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, y en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental.
Incide igualmente el artículo 52 que, una vez aprobados los Lugares de Importancia Comunitaria por la Comisión Europea y en los plazos establecidos por la normativa en vigor, éstos serán declarados por Decreto del Gobierno de Aragón como Zonas de Especial Conservación, junto con la aprobación simultánea del correspondiente plan o instrumento de gestión.
Asimismo, en el artículo 55 de la ley se establece que respecto de las Zonas de Especial Conservación y de Zonas de Especial Protección para las Aves se deben adoptar adecuados planes o instrumentos de gestión, específicos de los lugares o integrados en otros planes de desarrollo que incluirán, al menos, los objetivos de conservación del lugar y las medidas apropiadas para mantener los espacios en un estado de conservación favorable. Los planes de gestión serán aprobados mediante Decreto del Gobierno de Aragón, previa información pública y contando con informe preceptivo del Consejo de Protección de la Naturaleza y del Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón. El contenido de los mismos responderá a lo indicado en el artículo 57 de la ley citada.
Para dar cumplimiento a lo establecido en el mencionado artículo, se dispuso un enfoque de marco lógico en dos etapas: la primera fue la elaboración de los Planes Básicos de Gestión y Conservación de los Valores, esto es, los hábitats y especies presentes en los espacios Red Natura 2000 en Aragón y que por tanto son objeto de conservación y gestión en ellos. Estos planes se basan en la información de inventario y estado de conservación oficial, a partir de la cual se establecen unos objetivos de conservación. Para la consecución de los mismos se identifican en primer lugar a partir del diagnóstico las presiones y amenazas que operan sobre los valores de conservación, con base en la lista de presiones y amenazas establecidas por la Agencia Europea de Medioambiente (AEMA) para las comunicaciones de hábitats y especies de la Directiva Hábitats (artículo 17), y especies de aves de la Directiva Aves (artículo 12). Para minimizar o eliminar su efecto se proponen las correspondientes medidas de gestión, basadas a su vez en el listado de medidas propuestas por la Agencia Europea de Medio Ambiente a través del Portal de referencia para la presentación de informes con arreglo al artículo 17 de la Directiva sobre hábitats. Asimismo, se proponen un conjunto de indicadores de seguimiento para evaluar el efecto de la aplicación de medidas de gestión.
El segundo paso fue la elaboración de los Planes Básicos de Gestión y Conservación, específicos para cada Espacio Protegido de Red Natura 2000: ZEC y ZEPA. En ellos se identifican los valores de conservación que son objeto de gestión por ser elemento clave para la preservación en buen estado de conservación del Espacio Protegido, así como aquellos valores para los cuales el Espacio Protegido resulta esencial para su preservación.
Para estos valores y procediendo del mismo modo que en los Planes Básicos de Gestión y Conservación de los valores, se establece la lista de presiones y amenazas que operan sobre ellos, y que constituye una enumeración jerarquizada de actividades o circunstancias ambientales que comprometen o pueden llegar a comprometer el mantenimiento de su adecuado estado de conservación, sin implicar per se una regulación de aquellas. Frente a tales presiones y amenazas se establecen medidas de gestión, priorizando su necesidad de aplicación, según los objetivos de conservación establecidos para cada valor.
En estos Planes Básicos de Gestión y Conservación, además de la relación lógica establecida entre las presiones y amenazas, las medidas y los objetivos de conservación de cada valor objeto de gestión, se distinguen una serie de presiones y amenazas horizontales que afectan al conjunto de valores del Espacio Protegido, proponiéndose asimismo medidas horizontales para su gestión, favoreciendo de este modo una gestión integrada de los valores de gestión en la red.
Para el resto de valores presentes en cada uno de los Espacios Protegidos, que no son considerados ni elemento clave ni esenciales, las medidas de gestión y los objetivos de conservación, serán los establecidos en los correspondientes Planes Básicos de Gestión y Conservación de los valores, que tienen la consideración de complementarios a los Planes Básicos de Gestión y Conservación de los Espacios.
El presente Decreto viene, por tanto, y en primer lugar, a declarar las ZEC incluidas como LIC en las Decisiones de la Comisión Europea antes citadas, a aprobar consecuentemente los planes de gestión de las Zonas de Especial Conservación y a aprobar además los planes de gestión de las Zonas de Especial Protección para las Aves de la Red Natura 2000 en Aragón.
El Decreto 25/2020, de 26 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente establece como competencia de este departamento "la conservación de la biodiversidad, de la Red Natura 2000, y de la flora y fauna silvestres", y en concreto encomienda al Servicio de Espacios Naturales y Red Natura 2000 de la Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal, la planificación general y la elaboración de los planes e instrumentos de gestión de la Red Natura 2000.
La presente disposición ha sido sometida al trámite de audiencia e información pública de acuerdo con lo señalado en el artículo 55 del texto refundido de la Ley de Espacios Protegidos de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 29 de julio, del Gobierno de Aragón.
Asimismo, el texto ha sido sometido a informe del Consejo de Protección de la Naturaleza y del Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día de 25 de enero de 2021
DISPONGO
Artículo 1 Objeto
Constituye el objeto del presente Decreto:
- a) La declaración como Zonas de Especial Conservación de los Lugares de Importancia Comunitaria designados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- b) La aprobación de los Planes Básicos de Gestión y Conservación de las Zonas de Especial Conservación y de las Zonas de Especial Protección para las Aves de la Red Natura 2000 en Aragón definidos en el artículo 7, estableciendo el desarrollo y alcance del contenido aludido en el artículo 57.3 del texto refundido de la Ley de Espacios Protegidos de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 29 de julio, del Gobierno de Aragón.
Artículo 2 Declaración de las Zonas de Especial Conservación
Se declaran como Zonas de Especial Conservación los 156 espacios designados como Lugares de Importancia Comunitaria en la Comunidad Autónoma de Aragón y que se relacionan en el anexo I.
Artículo 3 Límites de las Zonas de Especial Conservación y de las Zonas de Especial Protección para las Aves
Los límites de Zonas de Especial Conservación y de las Zonas de Especial Protección para las Aves son los que figuran en los servicios de datos espaciales del Gobierno de Aragón.
Artículo 4 Alteración de la delimitación de las Zonas de Especial Conservación
La modificación del ámbito territorial de las Zonas de Especial Conservación se realizará de acuerdo con lo previsto en el artículo 54.1 del texto refundido de la Ley de Espacios Protegidos de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 29 de julio, del Gobierno de Aragón.
Artículo 5 Aprobación de los Planes Básicos de Gestión y Conservación
Se aprueban los Planes Básicos de Gestión y de Conservación de los Espacios Protegidos Red Natura 2000 que se relacionan en el anexo II así como los Planes Básicos de Gestión y Conservación de los Valores Red Natura 2000 que se relacionan en el anexo III.



















Artículo 6 Finalidad de los Planes Básicos de Gestión y Conservación
Los Planes Básicos de Gestión y Conservación tienen como finalidad el establecimiento de medidas de conservación de la Red Natura 2000 a fin de dar cumplimiento a las obligaciones derivadas del artículo 46 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, y del artículo 55 del texto refundido de la Ley de Espacios Protegidos de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 29 de julio, del Gobierno de Aragón.
Artículo 7 Tipología, definición y alcance de los Planes Básicos de Gestión y Conservación
1. Los Planes Básicos de Gestión y Conservación de la Red Natura 2000 en Aragón se clasifican en:
- a) Los Planes Básicos de Gestión y Conservación de los Espacios Protegidos Red Natura 2000.
- b) Los Planes Básicos de Gestión y Conservación de los Valores Red Natura 2000.
2. Se entiende por Planes Básicos de Gestión y Conservación de los Espacios Protegidos Red Natura 2000 aquellos que establecen los objetivos y medidas necesarios para garantizar el mantenimiento o, en su caso, el restablecimiento de un estado de conservación favorable de los valores por los que se ha declarado el espacio protegido Red Natura 2000.
3. Los Planes Básicos de Gestión y Conservación de los Valores Red Natura 2000 se elaboran de forma individual para cada uno de los valores Red Natura 2000 presentes en territorio de Aragón y en ellos se establecen los objetivos y medidas necesarios para garantizar el mantenimiento o, en su caso, el restablecimiento de un estado de conservación favorable de los valores Red Natura 2000. Son instrumentos cuyo ámbito territorial corresponde al del conjunto de los espacios de la Red Natura 2000 en Aragón y tienen un carácter complementario y subsidiario de los anteriores, así como respecto de los planes de recuperación o conservación aprobados en virtud del Decreto 49/1995, de 28 de marzo, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón.
4. Son Valores de la Red Natura 2000 los hábitats de interés comunitario y las especies de interés comunitario establecidas como tales en virtud de la aplicación de la Directiva Hábitats, así como las especies de aves silvestres y las aves migratorias de presencia regular en aplicación de la Directiva Aves.
Artículo 8 Contenido de los Planes Básicos de Gestión y Conservación
1. Los Planes Básicos de Gestión y Conservación de Espacios Protegidos Red Natura 2000 contienen los elementos especificados en el artículo 57.3 del Decreto Legislativo 1/2015, de 29 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Espacios Protegidos de Aragón y tienen los siguientes objetivos:
- a) Identificar sus valores esenciales y los condicionantes para su gestión.
- b) Establecer prioridades y objetivos de conservación.
- c) Proponer el marco de gestión necesario para el cumplimiento de estos objetivos.
2. Los Planes Básicos de Gestión y Conservación de Valores Red Natura 2000 contienen, para cada valor los siguientes contenidos:
- a) Describen los requerimientos ecológicos, las presiones y amenazas identificadas para cada valor y los condicionantes para su gestión.
- b) Establecen prioridades y objetivos de conservación y gestión y proponen medidas a escala regional para el cumplimiento de estos objetivos.
- c) Especifican también qué Espacios Protegidos Red Natura 2000 son fundamentales para la conservación de dichos valores Red Natura 2000.
Artículo 9 Ámbito de aplicación de los Planes Básicos de Gestión y Conservación
El ámbito de aplicación de los Planes Básicos de Gestión y Conservación corresponde a la delimitación oficial de los respectivos espacios protegidos Red Natura 2000 determinada en su norma de declaración.
Artículo 10 Vigencia y revisión de los planes básicos de gestión y conservación
1. Los Planes Básicos de Gestión y Conservación de los Espacios Protegidos Red Natura 2000 y los Planes Básicos de Gestión y Conservación de los Valores Red Natura 2000 tendrán una vigencia de seis años, si bien deberán ser evaluados en una fase intermedia de este periodo, con base en el mejor conocimiento científico y técnico de ese momento. El resultado de la evaluación deberá explicitar si el plan debe ser revisado o mantenido en sus mismos términos.
2. Sin perjuicio de las revisiones que se pudieran derivar de las evaluaciones periódicas, los planes básicos podrán ser revisados en cualquier momento, previa evaluación y de forma coherente con los resultados de la misma. La revisión de cualquiera de estos documentos se aprobará mediante Decreto del Gobierno de Aragón.
3. En los supuestos de actualización de límites geográficos de espacios de la Red Natura 2000 incluidos en los planes de gestión, y una vez aceptada y adoptada ésta por la Comisión Europea, la modificación del ámbito de aplicación de los planes de gestión afectados se realizará mediante Orden del Consejero con competencias en materia de conservación de la naturaleza.
4. La actualización de la información oficial de los espacios protegidos Red Natura 2000 que no implique una alteración sustancial de los objetivos de conservación, prioridades o estrategias de gestión no tiene la consideración de revisión ni afecta a la vigencia de los mismos.
5. Los Planes Básicos de Gestión y Conservación de Espacios Protegidos y Valores de la Red Natura 2000 deberán actualizarse con base en el mejor conocimiento científico y técnico de cada momento.
Artículo 11 Sistema de Información y Planificación de Red Natura 2000
1. El Sistema de Información y Planificación de Red Natura 2000 integra los datos sobre las especies y hábitats de interés comunitario, y de los espacios protegidos Red Natura 2000 de Aragón, así como las medidas de planificación, gestión y seguimiento adoptadas por el órgano competente.
2. La información almacenada y gestionada en el Sistema de Información y Planificación de Red Natura 2000 será la mejor disponible de acuerdo con el mejor conocimiento científico y técnico en cada momento y constituirá el mecanismo para la comunicación de datos e información sobre las especies y hábitats de interés comunitario, y de los espacios protegidos Red Natura 2000 de Aragón.
3. La gestión y el mantenimiento del Sistema de Información y Planificación de Red Natura 2000 corresponde al Servicio competente en materia de planificación y gestión de la Red Natura 2000.
4. El Sistema de Información y Planificación de Red Natura 2000 tendrá como objetivos:
- a) Mejorar la calidad y el nivel de cobertura de la información referida a la Red Natura 2000 en Aragón.
- b) Impulsar los medios de difusión de la información relativa a la Red Natura 2000 en Aragón.
- c) Facilitar el mantenimiento y seguimiento de los planes de gestión de la Red Natura 2000.
- d) Facilitar la gestión y control de la Red Natura 2000 en Aragón.
- e) Facilitar la comunicación de datos e información sobre las especies y hábitats de interés comunitario, y de los espacios protegidos Red Natura 2000 de Aragón.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Disposición adicional primera Comunicación a la Comisión Europea
Se faculta al titular del Departamento competente en materia de medio ambiente para dar cuenta del presente Decreto al Ministerio competente en materia de medio ambiente, a efectos de su comunicación a la Comisión Europea, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.
Disposición adicional segunda Información y consulta
El contenido de cada uno de los Planes Básicos de Gestión y Conservación de Espacios Protegidos Red Natura 2000 y de los Planes Básicos de Gestión y Conservación de Valores Red Natura 2000 está disponible para su consulta en el portal web del Gobierno de Aragón https://www.aragon.es/-/red-natura-2000
DISPOSICIONES FINALES
Disposición final primera Habilitación normativa
Se autoriza al titular del Departamento competente en materia de medio ambiente a dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.
Disposición final segunda Entrada en vigor
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".
Disposición final tercera Publicación de los Planes
Dado el volumen de la documentación que integra cada uno de Planes Básicos de Gestión y Conservación de los Espacios Protegidos Red Natura 2000, así como de los Planes Básicos de Gestión y Conservación de los Valores Red Natura 2000, una vez publicado el presente Decreto en el "Boletín Oficial de Aragón", se procederá a la publicación sucesiva en el mismo de los diferentes Planes.


ANEXO I
Zonas de Especial Conservación. Listado de Zonas de Especial Conservación (ZEC) que se declaran
CÓDIGO
ZEC NOMBRE ZEC
ES2410011 Cabecera del río Aguas Limpias
ES2410003 Los Valles
ES2410154 Turberas del Macizo de los Infiernos
ES2410002 Pico y turberas del Anayet
ES2410040 Puertos de Panticosa, Bramatuero y Brazatos E
S2410010 Monte Pacino
ES2410031 Foz de Escarrilla - Cucuraza
ES2410001 Los Valles - Sur
ES2410006Bujaruelo - Garganta de los Navarros
ES2410023 Collarada y Canal de Ip
ES2410155 Turberas de Acumuer
ES2410052 Alto Valle del Cinca
ES2410022 Cuevas de Villanúa
ES2430007 Foz de Salvatierra
ES0000149 Posets – Maladeta
ES2410029 Tendeñera
ES2410019 Río Cinca (Valle de Pineta)
ES2410021 Curso alto del río Aragón
ES2410057 Sierras de Los Valles, Aísa y Borau
ES0000016 Ordesa y Monte Perdido
ES2410027 Río Aurín
ES2410014 Garcipollera - Selva de Villanúa
ES2410012 Foz de Biniés
ES2430047 Sierras de Leyre y Orba
ES2410024 Telera - Acumuer
ES2410044 Puerto de Otal – Cotefablo
ES2410053 Chistau
ES2410058 Río Veral
ES2410046 Río Ésera
ES2410018 Río Gállego (Ribera de Biescas)
ES2410150 Cueva de los Moros
ES2410051 Cuenca del río Airés
ES2410060 Río Aragón - Canal de Berdún
ES2410062 Río Gas
ES2410045 Sobrepuerto
ES2410048 Río Ara
ES2410017 Río Aragón (Jaca)
ES2410013 Macizo de Cotiella
ES2410050 Cuenca del río Yesa
ES2410056 Sierra de Chía - Congosto de Seira
ES2410061 Sierras de San Juan de la Peña y Peña Oroel
ES2410049 Río Isábena
ES2410009 Congosto de Ventamillo
ES2410004 San Juan de la Peña
ES2410054 Sierra Ferrera
ES2410016 Santa María de Ascaso
ES2430063 Río Onsella
ES2410068 Silves
ES2410008 Garganta de Obarra
ES2410059 El Turbón
ES2410055 Sierra de Arro
ES2410067 La Guarguera
ES2410064 Sierras de Santo Domingo y Caballera
ES2410026 Congosto de Sopeira
ES2430065 Río Arba de Luesia
ES2410069 Sierra de Esdolomada y Morrones de Güel E
S2410015 Monte Peiró - Arguís
ES2410005 Guara Norte
ES2430066 Río Arba de Biel
ES2410025 Sierra y Cañones de Guara
ES2410070 Sierra del Castillo de Laguarres
ES2410071 Congosto de Olvena
ES2410042 Sierra de Mongay
ES2430079 Loma Negra
ES2410072 Lagunas de Estaña
ES2410074 Yesos de Barbastro
ES2430078 Montes de Zuera
ES2430081 Sotos y mejanas del Ebro
ES2430077 Bajo Gállego
ES2430085 Laguna de Plantados y Laguna de Agón
ES2430080 El Castellar
ES2410073 Ríos Cinca y Alcanadre
ES2430087 Maderuela
ES2430086 Monte Alto y Siete Cabezos
ES2410076 Sierras de Alcubierre y Sigena
ES2430028 Moncayo
ES2430088 Barranco de Valdeplata
ES2410075 Basal de Ballobar y Balsalet de Don Juan
ES2430090 Dehesa de Rueda - Montolar
ES2430089 Sierra de Nava Alta - Puerto de la Chabola
ES2430098 Cueva Honda
ES2430083 Montes de Alfajarín - Saso de Osera
ES2430152 Galachos de La Alfranca de Pastriz, La Cartuja y El Burgo de Ebro
ES2430151 Cueva del Muerto
ES2430143 Cueva del Mármol
ES2430082 Monegros
ES2430144 Cueva del Sudor
ES2430091 Planas y estepas de la margen derecha del Ebro
ES2410084 Liberola - Serreta Negra
ES2430127 Sima del Árbol
ES2410030 Serreta Negra
ES2430100 Hoces del Jalón
ES2430153 La Lomaza de Belchite
ES2430032 El Planerón
ES2430103 Sierras de Algairén
ES2430094 Meandros del Ebro
ES2430104 Riberas del Jalón (Bubierca - Ateca)
ES2430034 Puerto de Codos - Encinacorba
ES2430102 Sierra Vicort
ES2420092 Barranco de Valdemesón – Azaila
ES2420093 Salada de Azaila
ES2430101 Muelas del Jiloca: El Campo y La Torreta
ES2430095 Bajo Martín
ES2430041 Complejo lagunar de la Salada de Chiprana
ES2430096 Río Guadalope, Val de Fabara y Val de Pilas
ES2430033 Efesa de la Villa
ES2430110 Alto Huerva - Sierra de Herrera
ES2430097 Río Matarranya
ES2420112 Las Planetas - Claverías
ES2430105 Hoces del río Mesa
ES2420099 Sierra de Vizcuerno
ES2430106 Los Romerales - Cerropozuelo
ES2430035 Sierra de Santa Cruz - Puerto de Used
ES2430107 Sierras de Pardos y Santa Cruz
ES2420118 Río Algars
ES2420114 Saladas de Alcañiz
ES2430109 Hoces de Torralba - Río Piedra
ES2430108 Balsa Grande y Balsa Pequeña
ES2420115 Salada de Calanda
ES2420111 Montes de la Cuenca de Gallocanta
ES2420113 Parque Cultural del Río Martín
ES2430043 Laguna de Gallocanta
ES2420120 Sierra de Fonfría
ES2420116 Río Mezquín y Oscuros
ES2420121 Yesos de Barrachina y Cutanda
ES2420122 Sabinar de El Villarejo
ES2420117 Río Bergantes
ES2420036 Puertos de Beceite
ES2420145 Cueva de Baticambras
ES2420119 Els Ports de Beseit
ES2420123 Sierra Palomera
ES2420148 Cueva del Recuenco
ES2420149 Sima del Polo
ES2420146 Cueva de la Solana
ES2420124 Muelas y Estrechos del río Guadalope
ES2420141 Tremedales de Orihuela
ES2420125 Rambla de las Truchas
ES2420142 Sabinar de Monterde de Albarracín
ES2420038 Castelfrío - Mas de Tarín
ES2420131 Los Yesares y Laguna de Tortajada
ES2420140 Estrechos del Guadalaviar
ES2420126 Maestrazgo y Sierra de Gúdar
ES2420139 Alto Tajo y Muela de San Juan
ES2420039 Rodeno de Albarracín
ES2420137 Los Cuadrejones - Dehesa del Saladar
ES2420134 Sabinar de San Blas
ES2420030 Sabinares del Puerto de Escandón
ES2420136 Sabinares de Saldón y Valdecuenca
ES2420138 Valdecabriel - Las Tejeras Altos de Marimezquita, Los Pinarejos y Muela de
ES2420132 Cascante
ES2420135 Cuenca del Ebrón
ES2420147 Cueva de la Humera
ES2420128 Estrechos del río Mijares
ES2420133 Loma de Centellas
ES2420037 Sierra de Javalambre
ES2420129 Sierra de Javalambre II
ANEXO II



















Planes Básicos de Gestión y Conservación de los Espacios Protegidos Red Natura 2000.
CÓDIGO
ZEC NOMBRE ZEC
ES2410011 Cabecera del río Aguas Limpias
ES2410003 Los Valles
ES2410154 Turberas del Macizo de los Infiernos
ES2410002 Pico y turberas del Anayet
ES2410040 Puertos de Panticosa, Bramatuero y Brazatos
ES2410010 Monte Pacino
ES2410031 Foz de Escarrilla - Cucuraza
ES2410001 Los Valles - Sur
ES2410006 Bujaruelo - Garganta de los Navarros
ES2410023 Collarada y Canal de Ip
ES2410155 Turberas de Acumuer
ES2410052 Alto Valle del Cinca
ES2410022 Cuevas de Villanúa
ES2430007 Foz de Salvatierra
ES2410029 Tendeñera
ES2410019 Río Cinca (Valle de Pineta)
ES2410021 Curso alto del río Aragón
ES2410057 Sierras de Los Valles, Aísa y Borau
ES2410027 Río Aurín
ES2410014 Garcipollera - Selva de Villanúa
ES2410012 Foz de Biniés
ES2430047 Sierras de Leyre y Orba
ES2410024 Telera - Acumuer
ES2410044 Puerto de Otal - Cotefablo
ES2410053 Chistau
ES2410058 Río Veral
ES2410046 Río Ésera
ES2410018 Río Gállego (Ribera de Biescas)
ES2410150 Cueva de los Moros
ES2410051 Cuenca del río Airés
ES2410060 Río Aragón - Canal de Berdún
ES2410062 Río Gas
ES2410045 Sobrepuerto
ES2410048 Río Ara
ES2410017 Río Aragón (Jaca)
ES2410013 Macizo de Cotiella
ES2410050 Cuenca del río Yesa
ES2410056 Sierra de Chía - Congosto de Seira
ES2410061 Sierras de San Juan de la Peña y Peña Oroel
ES2410049 Río Isábena
ES2410009 Congosto de Ventamillo
ES2410004 San Juan de la Peña
ES2410054 Sierra Ferrera
ES2410016 Santa María de Ascaso
ES2430063 Río Onsella
ES2410068 Silves
ES2410008 Garganta de Obarra
ES2410059 El Turbón
ES2410055 Sierra de Arro
ES2410067 La Guarguera
ES2410064 Sierras de Santo Domingo y Caballera
ES2410026 Congosto de Sopeira
ES2430065 Río Arba de Luesia E
ES2410015 Monte Peiró - Arguís
ES2410005 Guara Norte
ES2430066 Río Arba de Biel
ES2410025 Sierra y Cañones de Guara
ES2410070 Sierra del Castillo de Laguarres
ES2410071 Congosto de Olvena
ES2410042 Sierra de Mongay
ES2430079 Loma Negra
ES2410072 Lagunas de Estaña
ES2410074 Yesos de Barbastro
ES2430078 Montes de Zuera
ES2430081 Sotos y mejanas del Ebro
ES2430077 Bajo Gállego
ES2430085 Laguna de Plantados y Laguna de Agón
ES2430080 El Castellar
ES2410073 Ríos Cinca y Alcanadre
ES2430087 Maderuela
ES2430086 Monte Alto y Siete Cabezos
ES2410076 Sierras de Alcubierre y Sigena
ES2430028 Moncayo
ES2430088 Barranco de Valdeplata
ES2410075 Basal de Ballobar y Balsalet de Don Juan
ES2430089 Sierra de Nava Alta - Puerto de la Chabola
ES2430098 Cueva Honda
ES2430083 Montes de Alfajarín - Saso de Osera
ES2430152 Galachos de La Alfranca de Pastriz, La Cartuja y El Burgo de Ebro
ES2430151 Cueva del Muerto
ES2430143 Cueva del Mármol
ES2430082 Monegros
ES2430144 Cueva del Sudor
ES2430091 Planas y estepas de la margen derecha del Ebro
ES2410084 Liberola - Serreta Negra
ES2430127 Sima del Árbol
ES2410030 Serreta Negra
ES2430100 Hoces del Jalón
ES2430153 La Lomaza de Belchite
ES2430032 El Planerón
ES2430103 Sierras de Algairén
ES2430094 Meandros del Ebro
ES2430104 Riberas del Jalón (Bubierca - Ateca)
ES2430034 Puerto de Codos - Encinacorba
ES2430102 Sierra Vicort
ES2420092 Barranco de Valdemesón - Azaila
ES2420093 Salada de Azaila
ES2430095 Bajo Martín
ES2430041 Complejo lagunar de la Salada de Chiprana
ES2430096 Río Guadalope, Val de Fabara y Val de Pilas
ES2430033 Efesa de la Villa
ES2430110 Alto Huerva - Sierra de Herrera
ES2430097 Río Matarranya
ES2420112 Las Planetas - Claverías
ES2420099 Sierra de Vizcuerno
ES2430106 Los Romerales - Cerropozuelo
ES2430035 Sierra de Santa Cruz - Puerto de Used
ES2430107 Sierras de Pardos y Santa Cruz
ES2420118 Río Algars
ES2420114 Saladas de AlcañIz
ES2430109 Hoces de Torralba - Río Piedra
ES2430108 Balsa Grande y Balsa Pequeña
ES2420115 Salada de Calanda
ES2420111 Montes de la Cuenca de Gallocanta
ES2420113 Parque Cultural del Río Martín
ES2430043 Laguna de Gallocanta
ES2420120 Sierra de Fonfría
ES2420116 Río Mezquín y Oscuros
ES2420121 Yesos de Barrachina y Cutanda
ES2420122 Sabinar de El Villarejo
ES2420117 Río Bergantes
ES2420036 Puertos de Beceite
ES2420145 Cueva de Baticambras
ES2420119 Els Ports de Beseit
ES2420123 Sierra Palomera
ES2420148 Cueva del Recuenco
ES2420149 Sima del Polo
ES2420146 Cueva de la Solana
ES2420124 Muelas y Estrechos del río Guadalope
ES2420141 Tremedales de Orihuela
ES2420125 Rambla de las Truchas
ES2420142 Sabinar de Monterde de Albarracín
ES2420038 Castelfrío - Mas de Tarín
ES2420131 Los Yesares y Laguna de Tortajada
ES2420140 Estrechos del Guadalaviar
ES2420126 Maestrazgo y Sierra de Gúdar
ES2420139 Alto Tajo y Muela de San Juan
ES2420039 Rodeno de Albarracín
ES2420137 Los Cuadrejones - Dehesa del Saladar
ES2420134 Sabinar de San Blas
ES2420030 Sabinares del Puerto de Escandón
ES2420136 Sabinares de Saldón y Valdecuenca
ES2420138 Valdecabriel - Las Tejeras Altos de Marimezquita, Los Pinarejos y Muela de
ES2420132 Cascante
ES2420135 Cuenca del Ebrón
ES2420147 Cueva de la Humera
ES2420128 Estrechos del río Mijares
ES2420133 Loma de Centellas
ES2420037 Sierra de Javalambre
ES2420129 Sierra de Javalambre II
CÓDIGO
ZEC&ZEPA NOMBRE DE ZEC&ZEPA
ES0000016 Ordesa y Monte Perdido
ES0000149 Posets - Maladeta
ES2410069 Sierra de Esdolomada y Morrones de Güel
ES2430090 Dehesa de Rueda - Montolar
ES2430101 Muelas del Jiloca: El Campo y La Torreta
ES2430105 Hoces del río Mesa
CÓDIGO
ZEPA NOMBRE ZEPA
ES0000137 Los Valles
ES0000277 Collarada - Ibón de Ip
ES0000278 Viñamala
ES0000279 Alto Cinca
ES0000282 Salvatierra - Fozes de Fago y Biniés
ES0000283 Sierras de Leyre y Orba
ES0000284 Sotos y carrizales del río Aragón
ES0000280 Cotiella - Sierra Ferrera
ES0000285 San Juan de la Peña y Peña Oroel
ES0000286 Sierra de Canciás - Silves
ES0000281 El Turbón y Sierra de Sís
ES0000287 Sierras de Santo Domingo y Caballera y río Onsella
ES0000015 Sierra y Cañones de Guara
ES0000289 Lagunas y carrizales de Cinco Villas
ES0000290 La Sotonera
ES0000288 Sierra de Mongay
ES0000292 Loma la Negra - Bardenas
ES0000291 Serreta de Tramaced
ES0000293 Montes de Zuera, Castejón de Valdejasa y El Castellar
ES0000294 Laguna de Sariñena y Balsa de la Estación
ES0000295 Sierra de Alcubierre
ES0000296 Embalse del Pas y Santa Rita
ES0000297 Sierra de Moncayo - Los Fayos - Sierra de Armas
ES0000539 Montes de Alfajarín y Saso de Osera Galachos de la Alfranca de Pastriz, La Cartuja y El Burgo
ES0000138 de Ebro
ES0000183 El Basal, Las Menorcas y Llanos de Cardiel
ES0000180 Estepas de Monegrillo y Pina
ES0000299 Desfiladeros del río Jalón
ES0000300 Río Huerva y Las Planas
ES0000136 Estepas de Belchite - El Planerón - La Lomaza
ES0000181 La Retuerta y Saladas de Sástago
ES0000182 Valcuerna, Serreta Negra y Liberola
ES0000298 Matarraña - Aiguabarreix
ES0000017 Cuenca de Gallocanta
ES0000303 Desfiladeros del río Martín
ES0000302 Parameras de Blancas
ES0000307 Puertos de Beceite
ES0000306 Río Guadalope – Maestrazgo
ES0000304 Parameras de Campo Visiedo
ES0000305 Parameras de Alfambra
ES0000308 Parameras de Pozondón
ES0000309 Montes Universales - Sierra del Tremedal
ANEXO III


Planes Básicos de Gestión y Conservación de los Valores Red Natura 2000.
CODIGO HÁBITAT
NOMBRE DE HÁBITAT
1310H Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas
1410H Pastizales salinos mediterráneos (Juncetalia maritimae)
1420H Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosi)
1430H Matorrales halonitrófilos (Pegano-Salsoletea)
1510H Estepas salinas mediterráneas (Limonietalia)
1520H Vegetación gipsícola ibérica (Gypsophiletalia)
3140H Aguas oligomesotróficas calcáreas con vegetación béntica de Chara spp.
3150H Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamion o Hydrocharition
3170H Estanques temporales mediterráneos
3190H Lagos y lagunas kársticas sobre yesos.
3230H Ríos alpinos con vegetación leñosa en sus orillas de Myricaria germanica
3240H Ríos alpinos con vegetación leñosa en sus orillas de Salix elaeagnos
3250H Ríos mediterráneos de caudal permanente con Glaucium flavum
3260H Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion
3270H Rios de orillas fangosas con vegetación de Chenopodion rubri p.p. y de Bidention p.p.
3280H Ríos mediterráneos de caudal permanente del Paspalo-Agrostidion con cortinas vegetales ribereñas de Salix y Populus alba
3290H Ríos mediterráneos de caudal intermitente del Paspalo-Agrostidion
4020H Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix
4030H Brezales secos europeos
4060H Brezales alpinos y boreales
4090H Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga
5110H Formaciones estables xerotermófilas de Buxus sempervirens en pendientes rocosas (Berberidion p.p.)
5120H Formaciones montanas de Cytisus purgans
5210H Matorral arborescente con Juniperus spp.
5330H Matorrales termomediterráneos y pre-estépicos
6110H Prados calcáreos o basófilos de Alysso-Sedion albi
6140H Prados pirenaicos silíceos de Festuca eskia
6160H Prados ibéricos silíceos de Festuca indigesta
6170H Prados alpinos y subalpinos calcáreos
6210H Prados secos seminaturales y facies de matorral sobre sustratos calcáreos (Festuco-
Brometalia) (*parajes con importantes orquídeas)
6220H Zonas subestépicas de gramíneas y anuales de Thero-Brachypodietea
6230H Formaciones herbosas con Nardus, con numerosas especies, sobre sustratos silíceos de zonas montañosas (y de zonas submontañosas de Europa continental)
6410H Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)
6420H Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion
6430H Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino
6510H Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)
6520H Prados de siega de montaña
7140H Mires' de transición
7210H Turberas calcáreas de Cladium mariscus y con especies del Caricion davallianae
7220H Manantiales petrificantes con formación de tuf (Cratoneurion)
7230H Turberas bajas alcalinas
7240H Formaciones pioneras alpinas del Caricion bicoloris-atrofuscae
8110H Desprendimientos silíceos de los pisos montano a nival (Androsacetalia alpinae y Galeopsietalia ladani)
8120H Desprendimientos caLcáreos y de esquistos calcáreos de los pisos montano a nival (Thlaspietea rotundifolii)
8130H Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos
8210H Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica
8220H Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica
8230H Roquedos silíceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii
8310H Cuevas no explotadas por el turismo
8340H Glaciares permanentes
91B0H Fresnedas termófilas de Fraxinus angustifolia
91D0H Bosques turbosos
91E0H Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)
9120H Hayedos acidófilos atlánticos con sotobosque de Ilex y a veces de Taxus (Quercion robori-petraeae o Ilici-Fagenion)
9150H Hayedos calcícolas medioeuropeos del Cephalanthero-Fagion
9180H Bosques de laderas, desprendimientos o barrancos del Tilio-Acerion
92A0H Bosques galería de Salix alba y Populus alba
92D0H Galerías y matorrales ribereños termomediterráneos (Nerio-Tamaricetea and Securinegion tinctoriae)
9230H Robledales galaico-portugeses con Quercus robur y Quercus pyrenaica
9240H Robledales ibéricos de Quercus faginea y Quercus canariensis
9330H Alcornocales de Quercus suber
9340H Bosques de Quercus ilex y Quercus rotundifolia
9430H Bosques montanos y subalpinos de Pinus uncinata (* en sustratos yesosos o calcáreos)
9530H Pinares (sud-) mediterráneos de pinos negros endémicos
9540H Pinares mediterráneos de pinos mesogeanos endémicos
9560H Bosques endémicos de Juniperus spp.
CÓDIGO
ESPECIE NOMBRE DE ESPECIE
1194A Discoglossus galganoi
5292F Parachondrostoma miegii
5293F Parachondrostoma turiense
5302F Cobitis paludica
5303F Cobitis calderoni
6155F Rutilus arcasii
1041I Oxygastra curtisii
1044I Coenagrion mercuriale
1065I Euphydryas aurinia
1074I Eriogaster catax
1075I Graellsia isabellae
1083I Lucanus cervus
1087I Rosalia alpina
1088I Cerambyx cerdo
1092I Austropotamobius pallipes
6199I Callimorpha (Euplagia, Panaxia) quadripunctaria
6966I Osmoderma eremita
1301M Galemys pyrenaicus
1303M Rhinolophus hipposideros
1304M Rhinolophus ferrumequinum
1305M Rhinolophus euryale
1307M Myotis blythii
1308M Barbastella barbastellus
1310M Miniopterus schreibersii
1316M Myotis capaccinii
1321M Myotis emarginatus
1324M Myotis myotis
1337M Castor fiber
1338M Microtus cabrerae
1354M Ursus arctos
1355M Lutra lutra
1356M Mustela lutreola
1386P Buxbaumia viridis
1387P Orthotrichum rogeri
1391P Riella helicophylla
1429P Marsilea strigosa
1451P Petrocoptis pseudoviscosa
1454P Petrocoptis montsicciana
1488P Coronopus navasii
1500P Boleum asperum
1569P Erodium paularense
1598P Lythrum flexuosum
1614P Apium repens
1632P Androsace pyrenaica
1687P Sideritis javalambrensis
1782P Centaurea pinnata
1865P Narcissus asturiensis
1872P Borderea chouardii
1889P Puccinellia pungens
1902P Cypripedium calceolus
1220R Emys orbicularis
1221R Mauremys leprosa
5259R Lacerta bonnali (Lacerta monticola)
A021 B Botaurus stellaris
A022 B Ixobrychus minutus
A023B Nycticorax nycticorax
A024 B Ardeola ralloides
A027 B Grus grus
A029 B Ardea purpurea
A030B Ciconia nigra
A031 B Ciconia ciconia
A032 B Plegadis falcinellus
A034 B Platalea leucorodia
A060 B Aythya nyroca
A072 B Pernis apivorus
A073B Milvus migrans
A074 B Milvus milvus
A076B Gypaetus barbatus
A077 B Neophron percnopterus
A078 B Gyps fulvus
A079 B Aegypius monachus
A080 B Circaetus gallicus
A081 B Circus aeruginosus
A082 B Circus cyaneus
A084 B Circus pygargus
A091 B Aquila chrysaetos
A092 B Hieraaetus pennatus
A094 B Pandion haliaetus
A095 B Falco naumanni
A097 B Falco vespertinus
A098 B Falco columbarius
A100 B Falco eleonorae
A103 B Falco peregrinus
A119 B Porzana porzana
A128 B Tetrax tetrax
A129 B Otis tarda
A131 B Himantopus himantopus
A132 B Recurvirostra avosetta
A133 B Burhinus oedicnemus
A135 B Glareola pratincola
A138 B Charadrius alexandrinus
A140B Pluvialis apricaria
A157 B Limosa lapponica
A166 B Tringa glareola
A189 B Sterna nilotica
A193B Sterna hirundo
A197 B Chlidonias niger
A205B Pterocles alchata
A215B Bubo bubo
A222 B Asio flammeus
A223 B Aegolius funereus
A224 B Caprimulgus europaeus
A229 B Alcedo atthis
A231 B Coracias garrulus
A236 B Dryocopus martius
A239 B Dendrocopos leucotos
A242 B Melanocorypha calandra
A243 B Calandrella brachydactyla
A245 B Galerida theklae
A246 B Lullula arborea
A255 B Anthus campestris
A279 B Oenanthe leucura
A293 B Acrocephalus melanopogon
A294 B Acrocephalus paludicola
A302B Sylvia undata
A338 B Lanius collurio
A339 B Lanius minor
A346 B Pyrrhocorax pyrrhocorax
A379 B Emberiza hortulana
A399B Elanus caeruleus
A405 B Aquila heliaca adalberti
A415 B Perdix perdix hispaniensis
A420 B Pterocles orientalis
A430 B Chersophilus duponti
A480 B Luscinia svecica cyanecula
A661 B Tetrao urogallus aquitanicus
A663 B Phoenicopterus roseus
A697 B Egretta garzetta garzetta
A707 B Aquila fasciatus
A712 B Lagopus muta pyrenaica
A722 B Porphyrio porphyrio
A727 B Charadrius morinellus (Eudromias morinellus)
A734 B Chlidonias hybrida
A773 B Egretta alba (Ardea alba)
A861 B Philomachus pugnax
A862 B Larus minutus
A885 B Sterna albifrons albifrons
A892 B Porzana parva
A893 B Porzana pusilla