Ley 12/2000, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2001.
- Órgano PRESIDENCIA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEON
- Publicado en BOCL núm. 251 Ext de 30 de Diciembre de 2000 y BOE núm. 17 de 19 de Enero de 2001
- Vigencia desde 01 de Enero de 2001. Esta revisión vigente desde 01 de Enero de 2002
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
- TÍTULO I. De los Créditos Iniciales y su Financiación
-
TÍTULO II.
Del Régimen General de los Créditos
- CAPÍTULO I. Destino de los Créditos
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CAPÍTULO II.
De la Gestión de los Gastos
- Artículo 5 Ayudas gestionadas por el Organismo Pagador de la Comunidad de Castilla y León
- Artículo 6 Subvenciones destinadas a la mejora de las estructuras y otras ayudas agrarias
- Artículo 7 De la Gestión de determinados Créditos
- Artículo 8 Autorización para la concesión de subvenciones
- Artículo 9 Obligaciones y Pagos
- CAPÍTULO III. De la Contratación
- TÍTULO III. De las Modificaciones de Créditos
- TÍTULO IV. De los Créditos de Personal
- TÍTULO V. De las Subvenciones y Otras Transferencias
- TÍTULO VI. De los Créditos de Inversión
- TÍTULO VII. De la Cooperación con las Entidades Locales
- TÍTULO VIII. De las Operaciones Financieras
- TÍTULO IX. De la Administración Institucional
- TÍTULO X. De los Tributos y Otros Ingresos
- TÍTULO XI. De las Cortes de Castilla y León
- DISPOSICIONES ADICIONALES
- DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- DISPOSICIONES FINALES
- PRESUPUESTOS DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEON 2001
Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 16.4 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente LEY
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2001 plantean tres grandes objetivos.
Así, en primer lugar, serán unos Presupuestos inversores en capital humano, impulsores de la cohesión y del bienestar social y solidarios con los más necesitados.
Serán unos Presupuestos que faciliten la incorporación al mercado laboral de los colectivos menos favorecidos, mejorando la educación, tanto la universitaria como la no universitaria, impulsando la creación de un modelo docente propio que tenga como señas de identidad el reforzamiento de las humanidades, el conocimiento de los idiomas y la familiarización de nuestros alumnos con la sociedad de la información.
En segundo lugar, serán unos Presupuestos impulsores del desarrollo tecnológico.
Por este motivo se favorecerá la investigación científica, el desarrollo y la innovación tecnológica, en el convencimiento de que éstas constituyen un elemento de primordial importancia en la construcción de la sociedad moderna, a la vista de la relación directa que existe entre la capacidad de innovación de una región y la competitividad de ésta.
El I+D+I se configura en los Presupuestos de 2001 como una política transversal que puede y debe contribuir al desarrollo del resto de las políticas públicas sectoriales, ayudando a mejorar el bienestar y la calidad de vida de los ciudadanos castellanos y leoneses.
En tercer lugar, los Presupuestos de 2001 serán los primeros Presupuestos que alcancen el equilibrio mediante el déficit cero.
Castilla y León durante el próximo año se ajustará al escenario de convergencia diseñado en el vigente Programa de Estabilidad del Reino de España.
Este equilibrio hunde sus raíces en un riguroso control del gasto público que, sin embargo, permite mediante la contención de los créditos destinados a operaciones corrientes, incrementos significativos en los gastos de inversión.
Por los motivos anteriormente apuntados, los Presupuestos de 2001 se convierten en un instrumento adecuado para consolidar el crecimiento y el empleo en nuestra Comunidad, lo que nos permitirá durante el próximo año situarnos dentro de la denominada «convergencia real».
Los objetivos anteriores se han diseñado dentro de un contexto caracterizado por dos notas fundamentales.
En primer lugar, los Presupuestos de 2001 serán los segundos Presupuestos que se gestionen dentro del nuevo Marco de Apoyo Comunitario 2000-2006 en el que Castilla y León sigue contando con la financiación privilegiada de los Fondos Europeos.
Nuestra Comunidad Autónoma recibirá durante estos siete años un total de 816.000 millones de pesetas (4.904,26 millones de euros), lo que representa el doce por ciento de los Fondos asignados a las Regiones Objetivo 1.
Asimismo debemos destacar que estos Presupuestos se elaboran en una situación caracterizada por el crecimiento económico, por el aumento de las inversiones productivas y por la generación de puestos de trabajo y la reducción de la tasa de paro en Castilla y León.
De conformidad con lo previsto en el Estatuto de Autonomía, la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2001 tiene los mismos límites materiales que la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Por ello, la presente Ley se ha ajustado a los criterios definidos por el Tribunal Constitucional, limitándose a presupuestar las previsiones de ingresos y las autorizaciones de gasto para el ejercicio económico y estableciendo disposiciones de carácter general relacionadas con estas previsiones así como con los criterios de política económica.
A lo largo de los once títulos en que se organiza el texto articulado, se determinan los créditos y sus correspondientes cuantías, que integran los Presupuestos Generales de la Comunidad; se establecen las reglas sobre la limitación y vinculación de los créditos; se. disponen normas sobre la autorización y la gestión de los gastos; se fijan los límites para las modificaciones de los créditos inicialmente previstos y se atribuyen las competencias para su autorización; se establecen normas relativas a la cooperación económica con las Entidades Locales; se fijan los límites de los avales del Tesoro así como de los que puede conceder la Agencia de Desarrollo Económico de Castilla y León, y por último, se señalan los límites del endeudamiento y la actualización de las tarifas de ingresos públicos.