Orden de 2 de febrero de 2011 de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, por la que se habilita la tramitación telemática ante las consejerías en materia de Agricultura y Agua y de Sanidad y Consumo de dos nuevos trámites (Vigente hasta el 19 de Diciembre de 2011).
- Órgano CONSEJERIA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIONES PUBLICAS
- Publicado en BORM núm. 38 de 16 de Febrero de 2011
- Vigencia desde 17 de Febrero de 2011. Esta revisión vigente desde 17 de Febrero de 2011 hasta 19 de Diciembre de 2011
Sumario
Téngase en cuenta que la O [REGIÓN DE MURCIA] 14 junio 2006, modificada por la presente Orden, ha sido derogada por el número 1 de la disposición derogatoria única del D [REGIÓN DE MURCIA] 302/2011, de 25 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Gestión Electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 29 noviembre).
La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, reconoce a los ciudadanos el derecho a relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos y regula los aspectos básicos de la utilización de las tecnologías de la información en la actividad administrativa, en las relaciones entre las Administraciones Públicas, así como en las relaciones de los ciudadanos con las mismas con la finalidad de garantizar sus derechos, un tratamiento común ante ellas y la validez y eficacia de la actividad administrativa en condiciones de seguridad jurídica.
En el ámbito regional, la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el apartado 2 de la Disposición Transitoria Segunda, atribuye a la Consejería competente en materia de organización administrativa la facultad, en tanto realice su dicho desarrollo reglamentario, de dictar las normas de coordinación precisas en orden a determinar, con carácter general, la adecuada uniformidad en el funcionamiento de los registros de entrada y salida de documentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, así como hacer públicas las oficinas de registro propias de dicha Administración, sus sistemas de acceso y horarios de funcionamiento.
En virtud lo anterior, y en concordancia con lo establecido en el Decreto 32/2006, de 21 de abril por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda, cuyo artículo 15 y siguientes encomienda a este Departamento la competencia en materia de Registro y Organización Administrativa, se dictó la Orden de 14 de junio de 2006, ( BORM nº 157, de 10 de julio), por la que se crea un Registro telemático auxiliar del Registro General de la Comunidad Autónoma de Murcia, para la presentación de escritos, solicitudes y comunicaciones y se establecen los criterios generales de tramitación telemática de determinados procedimientos.
El Decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma 17/2010, de 3 de septiembre, de Reorganización de la Administración Regional, atribuye a la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas las competencias en materia de función pública, organización administrativa e inspección y calidad de los servicios.
Asimismo, el Decreto 241/2010, de 10 de septiembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, atribuye a la Dirección General de Calidad e Innovación de los Servicios Públicos las competencias en materia de calidad e innovación de los servicios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Por otra parte, la Orden de 4 de noviembre de 2008, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, de delegación de competencias en los titulares de los órganos directivos de la Consejería, en su artículo primero, apartado 7, b) 2, atribuye al Director General de Calidad e Innovación de los Servicios Públicos la inclusión de nuevos trámites y procedimientos telemáticos y los correspondientes nuevos modelos normalizados a los que será de aplicación lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, de 14 de junio de 2006, así como para actualizar los requerimientos técnicos comprendidos en el anexo II de la referida Orden.
En su virtud,
De conformidad con la solicitud formulada por el Secretario General de la Consejería afectada y vista la comunicación del órgano competente de la validación de los desarrollos electrónicos precisos, con el grupo experto de administración electrónica, (GeA) de la Dirección General de Informática y Comunicaciones.
Dispongo
Primero.- Ampliar el Anexo I de la Orden de 14 de junio de 2006, por la que se crea un Registro Telemático auxiliar del Registro General de la Comunidad Autónoma de Murcia para la presentación de escritos, solicitudes y comunicaciones y se establecen los criterios generales de tramitación telemática de determinados procedimientos, con los trámites que a continuación se relacionan, con indicación de la Consejería que tiene atribuida su competencia:
Ante la Consejería competente en materia de Agricultura y Agua, el siguiente trámite:
- * Presentación de ficheros del sistema integrado de verificación de los operadores en el ámbito de la alimentación animal (SIVA).
Ante la Consejería competente en materia de Sanidad y Consumo, el siguiente trámite:
- * Comunicación al registro de altas y bajas de médicos especialistas que lleven a cabo procedimientos de radiología intervencionista en instituciones sanitarias del ámbito público o privado.

Segundo.- La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.