Resolución de 26 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se aprueba el Plan de Contabilidad de las entidades sin fines lucrativos.

Ficha:
  • Órgano MINISTERIO DE ECONOMIA Y COMPETITIVIDAD
  • Publicado en BOE núm. 86 de
  • Vigencia desde 11 de Abril de 2013
Versiones/revisiones:
(1)

Su signo puede ser positivo o negativo.

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(2)

Indicar si se trata de una actividad propia o mercantil.

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(3)

En el supuesto de que la entidad acumule un déficit en la aplicación de recursos, en los periodos siguientes las aplicaciones compensarán, en primer lugar, los déficits de ejercicios anteriores, comenzando por el más antiguo, y el exceso se computará como recursos aplicados del ejercicio en curso.

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(4)

Su signo puede ser positivo o negativo.

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(5)

En el supuesto de que la entidad acumule un déficit en la aplicación de recursos, en los periodos siguientes las aplicaciones compensarán, en primer lugar, los déficits de ejercicios anteriores, comenzando por el más antiguo, y el exceso se computará como recursos aplicados del ejercicio en curso.

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