Resolución de 28 de noviembre de 2014, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se actualiza el anexo incluido en la de 5 de septiembre de 2014, por la que se define el principio de prudencia financieraaplicable a las operaciones de endeudamiento de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de autonomía que se acojan al Fondo de Liquidez Autonómico.