Atención norma derogada, ver regulación posterior
Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2385 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2015, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de determinadas hojas de aluminio originarias de la Federación de Rusia

Ficha:
  • ÓrganoCOMISION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL núm. 332 de 18 de Diciembre de 2015
  • Vigencia desde 19 de Diciembre de 2015. Revisión vigente desde 19 de Diciembre de 2015
Versiones/revisiones:
(1)

DO L 343 de 22.12.2009, p. 51.

Ver Texto
(2)

Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1081 de la Comisión, de 3 de julio de 2015, por el que se establece un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de determinadas hojas de aluminio originarias de Rusia (DO L 175 de 4.7.2015, p. 14).

Ver Texto
(3)

Reglamento (UE) nº 973/2012 de la Comisión, de 22 de octubre de 2012, por el que se abre una investigación referente a la supuesta elusión de las medidas antidumping establecidas por el Reglamento (CE) nº 925/2009 del Consejo sobre las importaciones de determinadas hojas de aluminio, originarias de la República Popular China, mediante importaciones de determinadas hojas de aluminio en rollos, sin recocido, de una anchura superior a 650 mm, originarias de la República Popular China, y por el que se someten dichas importaciones a registro (DO L 293 de 23.10.2012, p. 28).

Ver Texto
(4)

Reglamento (CE) nº 925/2009 del Consejo, de 24 de septiembre de 2009, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional impuesto sobre las importaciones de determinadas hojas de aluminio, originarias de Armenia, Brasil y la República Popular China (DO L 262 de 6.10.2009, p. 1).

Ver Texto
(5)

Reglamento (UE) nº 638/2013 de la Comisión, de 2 de julio de 2013, que pone fin a la investigación referente a la supuesta elusión de las medidas antidumping establecidas por el Reglamento (CE) nº 925/2009 del Consejo sobre las importaciones de determinadas hojas de aluminio originarias de la República Popular China, mediante importaciones de determinadas hojas de aluminio en rollos, no recocidas, de anchura superior a 650 mm, originarias de la República Popular China (DO L 184 de 3.7.2013, p. 1).

Ver Texto
(6)

Anuncio de inicio de un procedimiento antidumping relativo a las importaciones de determinadas hojas de aluminio originarias de la República Popular China (DO C 444 de 12.12.2014, p. 13).

Ver Texto
(7)

Decisión de Ejecución (UE) 2015/1928 de la Comisión, de 23 de octubre de 2015, por la que se da por concluido el procedimiento antidumping relativo a las importaciones de determinadas hojas de aluminio originarias de la República Popular China (DO L 281 de 27.10.2015, p. 16).

Ver Texto
(8)

Reglamento (UE) nº 833/2012 de la Comisión, de 17 de septiembre de 2012, por el que se establece un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de determinadas hojas de aluminio en rollos originarias de la República Popular China (DO L 251 de 18.9.2012, p. 29).

Ver Texto
(9)

Anuncio de la expiración inminente de determinadas medidas antidumping (DO C 49 de 21.2.2014, p. 7).

Ver Texto
(10)

Sentencia del Tribunal General de 25 de octubre de 2011 en el asunto T-192/08, Transnational Company «Kazchrome» AO, apartado 221.

Ver Texto