Resolución de 5 de mayo de 2003, de la Dirección General de Trabajo por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de la Revisión Salarial del Convenio Colectivo de Sastrería, Modistería, Camisería y demás actividades afines a medida.

Ficha:
  • Órgano MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
  • Publicado en BOE núm. 123 de
  • Vigencia desde 12 de Junio de 2003
Versiones/revisiones:
(1)

Este Plus sólo se abona a los trabajadores que estuviesen dados de alta en las empresas, con las categorías antiguas de Cortador/a de Primera (Sastrería), Cortador/a de Segunda (Sastrería), Oficial/a Auxiliar Cortador (sastrería y Oficial/a Auxiliar cortador (Modistería), en 1 de Enero de 2001. Los que hayan causado alta en fecha posterior, el salario a aplicar es el de la Columna de Salario día 2002.

Observaciones en la aplicación:

El Plus ad personam y el 1 % equiparación forman la base para el cálculo de la antigüedad y, conjuntamente con ésta, lo son (la base) para el cálculo de la participación en Beneficios.

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