Resolución de 20 de septiembre de 2010, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Acuerdo laboral de ámbito estatal para el sector de hostelería

Ficha:
  • ÓrganoMINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACION
  • Publicado en BOE núm. 237 de 30 de Septiembre de 2010
  • Vigencia desde 01 de Enero de 2010. Revisión vigente desde 31 de Diciembre de 2014
Versiones/revisiones:
(1)

Han de tomarse todas las retribuciones percibidas en el año, dividiéndolas por el número de días de permanencia del trabajador o trabajadora, para multiplicarlas por 30 días. Sumadas las cantidades de todos los trabajadores, de una parte, y de las trabajadoras de otra, se dividen por el número de éstos y éstas, obteniéndose el promedio de retribución mensual por sexos.

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(2)

Este apartado únicamente se cumplimentará en los casos que concurra resolución judicial firme que haya reconocido las situaciones de acoso sexual o acoso por razón de sexo.

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