Reglamento Delegado (UE) 2015/1187 de la Comisi髇, de 27 de abril de 2015, por el que se complementa la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al etiquetado energ閠ico de calderas de combustible s髄ido y equipos combinados compuestos por una caldera de combustible s髄ido, calefactores complementarios, controles de temperatura y dispositivos solares

Ficha:
  • 觬ganoCOMISION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL n鷐. 193 de 21 de Julio de 2015
  • Vigencia desde 10 de Agosto de 2015. Revisi髇 vigente desde 07 de Marzo de 2017
Versiones/revisiones:
(1)

DO L 153 de 18.6.2010, p. 1.

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(2)

Reglamento Delegado (UE) n 811/2013 de la Comisi髇, de 18 de febrero de 2013, por el que se complementa la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al etiquetado energ閠ico de aparatos de calefacci髇, calefactores combinados, equipos combinados de calefactor, control de temperaturas y dispositivo solar (DO L 239 de 6.9.2013, p. 1).

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(3)

Directiva 2009/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, relativa al fomento del uso de la energ韆 procedente de fuentes renovables (DO L 140 de 5.6.2009, p. 16).

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(4)

Reglamento (UE) n 1025/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre la normalizaci髇 europea (DO L 316 de 14.11.2012, p. 12).

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(5)

Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energ閠ica, por la que se modifican las Directivas 2009/125/CE y 2010/30/UE, y por la que se derogan las Directivas 2004/8/CE y 2006/32/CE (DO L 315 de 14.11.2012, p. 1).

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(6)

Reglamento (CE) n 66/2010 del Parlamento europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la etiqueta ecol骻ica de la UE (DO L 27 de 30.1.2010, p. 1).

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(7)

Los valores intermedios se calculan por interpolaci髇 lineal entre los dos valores adyacentes.

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(8)

Pr se refiere a la caldera primaria de combustible s髄ido.

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(9)

Los valores intermedios se calculan por interpolaci髇 lineal entre los dos valores adyacentes.

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(10)

Pr se refiere a la caldera primaria de combustible s髄ido.

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(11)

Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por la que se instaura un marco para el establecimiento de requisitos de dise駉 ecol骻ico aplicables a los productos relacionados con la energ韆 (DO L 285 de 31.10.2009, p. 10).

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(12)

Volumen del dep髎ito = 45 Pr (1 – 2,7/Pr ) o 300 litros, el mayor de ambos, con Pr indicado en kW

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(13)

Volumen del dep髎ito = 20 Pr con Pr indicado en kW

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(14)

En el caso del combustible preferido, Pn es igual a Pr

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