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El Tribunal Supremo considera delito difundir imágenes obtenidas con el permiso de la víctima que afectan gravemente a su intimidad

27 de febrero de 2020 Noticias

El tribunal se pronuncia por primera vez sobre el artículo 197.7 del Código Penal, introducido tras la reforma de 2015. Dicho artículo establece que se castigará con una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses al que, sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de aquélla que hubiera obtenido con su anuencia en un domicilio o en cualquier otro lugar fuera del alcance de la mirada de terceros, cuando la divulgación menoscabe gravemente la intimidad personal de esa persona.

La AEPD sanciona a Whatsapp y Facebook por ceder y tratar datos personales de los usuarios sin su consentimiento

15 de marzo de 2018 Noticias Protección de datos

La Agencia Española de Protección de Datos ha impuesto una sanción a las redes sociales por infringir la Ley Orgánica de Protección de Datos. La multa a Whatsapp tiene como motivo haber comunicado datos a Facebook sin haber obtenido un consentimiento válido de los usuarios, y la de Facebook por tratar esos datos para sus propios fines sin consentimiento.

Multa millonaria a Facebook por facilitar información engañosa sobre la adquisición de WhatsApp

18 de mayo de 2017 Noticias INFRACCIÓN DERECHO UE

La Comisión Europea ha impuesto a Facebook una multa de 110 millones de euros por proporcionar información incorrecta o engañosa durante la investigación de la adquisición de Whatsapp por parte de Facebook. Dijo a la Comisión que no podría establecer una correspondencia automatizada y fiable entre las cuentas de los usuarios,y posteriormente actualizó los términos del servicio para incluir la posibilidad de vincular los números de teléfono y las cuentas de los usuarios. Esta es la primera multa a una empresa por haber proporcionado información incorrecta o engañosa desde la entrada en vigor del Reglamento de control de concentraciones entre empresas de 2004.

Mobbing a través del Whatsapp: la nueva forma de violencia en el trabajo

28 de abril de 2017 Noticias LABORAL

La intimidación, la persecución o el acoso psicológico en el entorno laboral puede resultar más dañino para la salud que la violencia física. Las nuevas formas de acoso llegan a invadir las 24 horas del día de los trabajadores ¿Qué podemos hacer? Los tribunales admiten como prueba la transcripción de conversaciones privadas mediante Whatsapp, incluso si estas se producen a altas horas de la madrugada.

La prueba digital en el II Congreso de la Abogacía Madrileña

WhatsApp, e-mails, imágenes digitales, audiciones, archivos o documentos electrónicos están cada vez más presentes en los juzgados. La problemática legal en torno a la legitimación en su obtención como prueba, su pertinencia, utilidad o autenticidad, serán objeto de debate en el II Congreso de la Abogacía Madrileña que se celebrará los próximos días 25 y 26 de abril. Tienes que estar.