Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, por la que se regulan los aspectos curriculares, los requisitos generales y los efectos de las actividades de formación deportiva, a los que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre

Ficha:
  • ÓrganoMINISTERIO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTE
  • Publicado en BOE núm. 34 de 08 de Febrero de 2014
  • Vigencia desde 08 de Mayo de 2014
Versiones/revisiones:
(1)

Solamente se otorgará la correspondencia formativa de las pruebas de acceso de carácter específico o, en su caso, el mérito deportivo, en una modalidad o especialidad deportiva, cuando se acredite la superación de la totalidad de las formaciones de nivel I.

En caso contrario, el interesado podrá solicitar la correspondencia formativa mediante solicitud dirigida al Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes.

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(2)

Solamente se otorgará la correspondencia formativa de las pruebas de acceso de carácter específico o, en su caso, el mérito deportivo, en una modalidad o especialidad deportiva, cuando se acredite la superación de la totalidad de las formaciones de nivel I.

En caso contrario, el interesado podrá solicitar la correspondencia formativa mediante solicitud dirigida al Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes.»

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