Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1142 de la Comisión, de 13 de julio de 2016, por el que se añaden a las cuotas de pesca de 2016 determinadas cantidades retenidas en el año 2015 de conformidad con el artículo 4, apartado 2, del Reglamento (CE) nº 847/96 del Consejo

Ficha:
  • Órgano COMISION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL núm. 189 de
  • Vigencia desde 21 de Julio de 2016
Versiones/revisiones:
(1)

DO L 115 de 9.5.1996, p. 3.

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(2)

Reglamento (UE) n.º 1221/2014 del Consejo, de 10 de noviembre de 2014, por el que se establecen, para 2015, las posibilidades de pesca para determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces aplicables en el mar Báltico y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 43/2014 y (UE) n.º 1180/2013 (DO L 330 de 15.11.2014, p. 16).

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(3)

Reglamento (UE) n.º 1367/2014 del Consejo, de 15 de diciembre de 2014, por el que se fijan para los buques pesqueros de la Unión las posibilidades de pesca en 2015 y 2016 de determinadas poblaciones de peces de aguas profundas (DO L 366 de 20.12.2014, p. 1).

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(4)

Reglamento (UE) 2015/104 del Consejo, de 19 de enero de 2015, por el que se establecen, para 2015, las posibilidades de pesca para determinadas poblaciones de peces y grupos de poblaciones de peces, aplicables en aguas de la Unión y, en el caso de los buques de la Unión, en determinadas aguas no pertenecientes a la Unión, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 43/2014 y se deroga el Reglamento (UE) n.º 779/2014 (DO L 22 de 28.1.2015, p. 1).

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(5)

Reglamento (UE) 2015/106 del Consejo, de 19 de enero de 2015, por el que se establecen, para 2015, las posibilidades de pesca aplicables a determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces en el Mar Negro (DO L 19 de 24.1.2015, p. 8).

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(6)

Reglamento (UE) 2015/2072 del Consejo, de 17 de noviembre de 2015, por el que se establecen, para 2016, las posibilidades de pesca para determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces aplicables en el mar Báltico y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1221/2014 y (UE) 2015/104 (DO L 302 de 19.11.2015, p. 1).

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(7)

Reglamento (UE) 2016/72 del Consejo, de 22 de enero de 2016, por el que se establecen, para 2016, las posibilidades de pesca para determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces, aplicables en aguas de la Unión y, en el caso de los buques pesqueros de la Unión, en determinadas aguas no pertenecientes a la Unión, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2015/104 (DO L 22 de 28.1.2016, p. 1).

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(8)

Reglamento (UE) 2016/73 del Consejo, de 18 de enero de 2016, por el que se fijan, para 2016, las posibilidades de pesca de determinadas poblaciones de peces aplicables en el mar Negro (DO L 16 de 23.1.2016, p. 1).

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(9)

Cuotas disponibles para un Estado miembro con arreglo a los correspondientes reglamentos relativos a las posibilidades de pesca, una vez tenidos en cuenta los intercambios de posibilidades de pesca de conformidad con el artículo 16, apartado 8, del Reglamento (UE) n.º 1380/2013 (DO L 354 de 28.12.2013, p. 22), las transferencias de cuotas de conformidad con el artículo 4, apartado 2, del Reglamento (CE) n.º 847/96 del Consejo y/o la reasignación y deducción de posibilidades de pesca de conformidad con los artículos 37 y 105 del Reglamento (CE) n.º 1224/2009 del Consejo (DO L 343 de 22.12.2009, p. 1).

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