Reglamento Delegado (UE) 2019/2123 de la Comisión de 10 de octubre de 2019 por el que se completa el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las normas para los casos y las condiciones en que pueden efectuarse controles de identidad y físicos a determinadas mercancías en puntos de control, y en que pueden efectuarse controles documentales a distancia de los puestos de control fronterizos

Ficha:
  • ÓrganoCOMISION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL núm. 321 de 12 de Diciembre de 2019
  • Vigencia desde 01 de Enero de 2020. Revisión vigente desde 01 de Enero de 2022
Versiones/revisiones:
(1)

DO L 95 de 7.4.2017, p. 1.

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(2)

Reglamento (CE) n.º 669/2009 de la Comisión, de 24 de julio de 2009, por el que se aplica el Reglamento (CE) n.º 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la intensificación de los controles oficiales de las importaciones de determinados piensos y alimentos de origen no animal y se modifica la Decisión 2006/504/CE (DO L 194 de 25.7.2009, p. 11).

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(3)

Reglamento de Ejecución (UE) n.º 884/2014 de la Comisión, de 13 de agosto de 2014, por el que se imponen condiciones especiales a la importación desde determinados terceros países de piensos y alimentos que pueden estar contaminados por aflatoxinas y se deroga el Reglamento (CE) n.º 1152/2009 (DO L 242 de 14.8.2014, p. 4).

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(4)

Reglamento (CE) n.º 1756/2004 de la Comisión, de 11 de octubre de 2004, por el que se especifican las condiciones detalladas correspondientes a las pruebas y los criterios exigidos para el tipo y nivel de reducción de los controles fitosanitarios de determinados vegetales, productos vegetales y otros objetos enumerados en la parte B del anexo V de la Directiva 2000/29/CE del Consejo (DO L 313 de 12.10.2004, p. 6).

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(5)

Decisión 2010/313/UE de la Comisión, de 7 de junio de 2010, por la que se autoriza la realización de controles físicos con arreglo a lo establecido en el Reglamento (CE) n.º 669/2009 en locales autorizados de explotadores de empresas alimentarias y de piensos en Chipre (DO L 140 de 8.6.2010, p. 28).

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(6)

Decisión 2010/458/UE de la Comisión, de 18 de agosto de 2010, por la que se autoriza la realización de controles físicos con arreglo a lo establecido en el Reglamento (CE) n.º 669/2009 en locales autorizados de explotadores de empresas alimentarias y de piensos en Malta (DO L 218 de 19.8.2010, p. 26).

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(7)

Directiva 2000/29/CE del Consejo, de 8 de mayo de 2000, relativa a las medidas de protección contra la introducción en la Comunidad de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales y contra su propagación en el interior de la Comunidad (DO L 169 de 10.7.2000, p. 1).

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(8)

Directiva 2004/103/CE de la Comisión, de 7 de octubre de 2004, relativa a los controles de identidad y fitosanitarios de vegetales, productos vegetales u otros objetos enumerados en la parte B del anexo V de la Directiva 2000/29/CE del Consejo, que pueden llevarse a cabo en un lugar distinto del punto de entrada en la Comunidad o en un lugar cercano y por la que se determinan las condiciones relacionadas con dichos controles (DO L 313 de 12.10.2004, p. 16).

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(9)

Reglamento (UE) 2016/2031 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016, relativo a las medidas de protección contra las plagas de los vegetales, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 228/2013, (UE) n.º 652/2014 y (UE) n.º 1143/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan las Directivas 69/464/CEE, 74/647/CEE, 93/85/CEE, 98/57/CE, 2000/29/CE, 2006/91/CE y 2007/33/CE del Consejo (DO L 317 de 23.11.2016, p. 4).

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(11)

Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2130 de la Comisión, de 25 de noviembre de 2019, por el que se establecen normas detalladas sobre las operaciones que deben realizarse en el transcurso de los controles documentales, de identidad y físicos, y después de los mismos, realizados a los animales y a las mercancías sujetos a controles oficiales en los puestos de control fronterizos (véase la página 128 del presente Diario Oficial).

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(13)

Reglamento (UE) n.º 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el código aduanero de la Unión (DO L 269 de 10.10.2013, p. 1).

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(15)

Reglamento Delegado (UE) 2019/1012 de la Comisión, de 12 de marzo de 2019, que complementa el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo mediante excepciones de las normas sobre la designación de los puntos de control y de los requisitos mínimos para los puestos de control fronterizos (DO L 165 de 21.6.2019, p. 4).

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